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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE FEBRERO DEL AÑO 2008 (29/02/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 61

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 29 de febrero de 2008 367539 Artículo 8º.- Funciones y Responsabilidades de la UF 8.1 La UF tiene las siguientes funciones:a. Elabora y suscribe los estudios de preinversión y los registra en el Banco de Proyectos. (…) Artículo 25º.- Verifi cación de viabilidad durante la fase de inversión (…) 25.3 Si los cambios producidos pueden alterar la rentabilidad social del proyecto y por consiguiente su viabilidad, corresponde a la UE, bajo su responsabilidad, informar oportunamente de ello al órgano que declaró la viabilidad o al que resulte competente para la evaluación del proyecto en el momento en que se produzcan tales cambios. Artículo 29º.- Registros en el Banco de Proyectos(…) 29.4 El registro del Responsable de OPI, designado por el Órgano Resolutivo, se solicita a la DGPM mediante Formato SNIP-01. Artículo 30º.- Convenios de Cooperación Interinstitucional para la evaluación de los PIP de un Gobierno Local 30.1 Los Gobiernos Locales sujetos al SNIP pueden celebrar Convenios (Anexo SNIP-11) para la evaluación y de corresponder, declaración de viabilidad de sus proyectos, con el Gobierno Regional en cuya circunscripción territorial se encuentran o con otro Gobierno Local sujeto al SNIP. Para efectos de la aplicación de la presente disposición, el Órgano Resolutivo del Gobierno Local sujeto al SNIP que encarga la evaluación de sus proyectos, informará a la DGPM que no cuenta con OPI y que las funciones de dicho órgano han sido encargadas mediante el Convenio a que se refi ere el presente numeral. 30.2 Los Gobiernos Locales sujetos al SNIP pueden celebrar Convenios con Gobiernos Locales no sujetos al SNIP (Anexo SNIP-16) para la formulación, evaluación y, de corresponder, declaración de viabilidad de los proyectos que estos últimos soliciten. El Gobierno Local sujeto al SNIP deberá dejar constancia de dicho Convenio en la Ficha de Registro del PIP en el Banco de Proyectos. 30.3 En caso que el Gobierno Local no sujeto al SNIP que encargó la formulación y evaluación de sus PIP, se incorpore al Sistema Nacional de Inversión Pública en fecha posterior a la suscripción del Convenio señalado en el numeral precedente, no podrá volver a formular los proyectos que hubieran sido rechazados por el Gobierno Local que se encargó de su formulación y evaluación.” Artículo 2º.- Incorporación de la Décima Disposición Complementaria a la Directiva N° 004-2007-EF/68.01, Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública, aprobada por Resolución Directoral N° 009-2007-EF/68.01 y modifi cada por las Resoluciones Directorales Nos. 010-2007-EF/68.01 y 014-2007-EF/68.01 Incorpórese la Décima Disposición Complementaria a la Directiva N° 004-2007-EF/68.01, Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública, aprobada por Resolución Directoral N° 009-2007-EF/68.01 y modifi cada por las Resoluciones Directorales Nos. 010-2007-EF/68.01 y 014-2007-EF/68.01, con el texto siguiente: “Décima.- Convenios de Asistencia Técnica Los Gobiernos Locales sujetos al SNIP pueden celebrar convenios para contar con asistencia técnica en la evaluación de todos sus proyectos, con el Gobierno Regional en cuya circunscripción territorial se encuentran, con otro Gobierno Local, con universidades, asociaciones municipales u otra entidad especializada sin fi nes de lucro. Del mismo modo y con el mismo fi n, podrán, mediante un contrato, requerir los servicios de una entidad especializada.” Artículo 3 º.- Disposición derogatoria Deróguese la Novena Disposición Complementaria de la Directiva N° 004-2007-EF/68.01, Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública, aprobada por Resolución Directoral N° 009-2007-EF/68.01 y modifi cada por las Resoluciones Directorales Nos. 010-2007-EF/68.01 y 014-2007-EF/68.01. Artículo 4 º.- Aprobación y publicación de Anexos 4.1 Apruébense el nuevo Anexo SNIP 11 – Modelo de Convenio para la Evaluación de PIP de Gobiernos Locales sujetos al SNIP, y el Anexo SNIP 16 – Modelo de Convenio para la Formulación y Evaluación de PIP de GL no sujetos al SNIP, como Anexos de la Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública, los mismos que forman parte integrante de la presente Resolución y que serán publicados en la página web de la DGPM http://www.mef. gob.pe/DGPM . 4.2 Los anexos y formatos de la Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública se actualizan periódicamente y se publican en la página web de la DGPM http://www.mef.gob.pe/DGPM . Regístrese, comuníquese y publíquese.MIGUEL PRIALÉ UGÁS Director GeneralDirección General de ProgramaciónMultianual del Sector Público 170390-1 EDUCACION Autorizan viaje de funcionarios del INC a EE.UU. para participar en reunión de trabajo con representantes de la Universidad de Yale para atender la recepción del inventario de objetos arqueológicos RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 009-2008-ED Lima, 28 de febrero de 2008 CONSIDERANDO:Que, mediante Ofi cio Nº 139-2008-DN/INC la Directora Nacional del Instituto Nacional de Cultura – INC solicita autorización de viaje a la ciudad de New Heaven, Estados Unidos de América, del 29 de febrero al 13 de marzo de 2008, en compañía de funcionarios de dicha institución; con la fi nalidad de tener una segunda reunión de trabajo con los representantes de la Universidad de Yale para atender la recepción del inventario de objetos arqueológicos provenientes de Machu Picchu al Gobierno del Perú; Que, la entrega del citado inventario constituye un tema prioritario dentro de la política cultural del Gobierno Peruano, para la repatriación de este valioso patrimonio arqueológico; y, De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley N° 25762, modifi cado por la Ley N° 26510, la Ley N° 27619, la Ley Nº 29142 y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; y, SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje de la doctora María Cecilia Cresencia Rosa Bákula Budge, Directora Nacional del Instituto Nacional de Cultura – INC; la señora Blanca Margarita Alva Guerrero; la señora Marisol Zumaeta Aurazo, la señora Katie Marlene Navarro Vásquez, el señor Javier Alfredo Vásquez Llanos, el señor Juan Edmir Gamboa Garibay y la señora Rosario Grace Ramírez Zavaleta, funcionarios del Instituto Nacional de Cultura, a la ciudad de New Heaven, Estados Unidos de América, del 29 de febrero al 13 de marzo de 2008, para los fi nes a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán sufragados con cargo al presupuesto especial asignado por el Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: