Norma Legal Oficial del día 05 de julio del año 2008 (05/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 84

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ACUERDA:

NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, sabado 5 de MORDAZA de 2008

Articulo Primero.- APROBAR la adquisicion de 2, 500 frazadas, por el monto de S/. 38, 750.00 (Treinta y ocho mil setecientos cincuenta con 00/100 Nuevos Soles), a razon de S/. 15.50 cada una, y su posterior donacion a favor de las familias de extrema pobreza de nuestro distrito. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administracion y Finanzas, y Gerencia de Participacion Vecinal, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

S/. 44, 164.00 (Cuarenta cuatro mil ciento sesenta y cuatro con 00/100 Nuevos Soles), y su posterior donacion a la Institucion Educativa Nº 5124, ubicada en el Asentamiento Humano Hiroshima, Pachacutec - Ventanilla. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MORDAZA

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Aprueban adquisicion de computadoras para ser donadas a institucion educativa del Asentamiento Humano Hiroshima, Pachacutec - Ventanilla
ACUERDO DE CONCEJO Nº 091-2008/MDV- CDV
Ventanilla, 26 de junio del 2008 EL HONORABLE CONCEJO DISTRITAL DE LA MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA: VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo, de fecha 26 de junio del 2008; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Expediente Nº 17939, la Institucion Educativa Nº 5124 del Asentamiento Humano Hiroshima, Pachacutec - Ventanilla, solicita la donacion de 36 computadoras para la implementacion de la sala de computo, lo que beneficiara a una poblacion escolar de 1 600 alumnos, entre el nivel primario y secundario. Que, mediante Memorando Nº 158-2008/MDV-GPV, la Gerencia de Participacion Vecinal solicita la aprobacion para la adquisicion de 21 computadoras interconectadas a una plataforma de red con servicio de internet, y se done a la Institucion Educativa Nº 5124, ubicada en el Asentamiento Humano Hiroshima - Pachacutec - Ventanilla. Que, mediante Informe Nº 0120-2008/MDV-SGI, la Sub Gerencia de Informatica, alcanza el estudio de MORDAZA correspondiente a la adquisicion de 21 computadoras, cuyo costo total estimado es de S/. 44, 164.00 (Cuarenta cuatro mil ciento sesenta y cuatro con 00/100 Nuevos Soles). Que, mediante Memorando Nº 906-2008-MDV/GPP, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, informa que la adquisicion de dichos bienes (21 computadoras e interconexion de las mismas), se atendera en la asignacion del gasto 6.7.11.51, meta presupuestaria apoyo a organizaciones sociales. Que, las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972Ley Organica de Municipalidades. Que, el articulo 41º de la Ley Nº 27972- Ley Organica de Municipalidades, establece que los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo referidas a asuntos institucionales, que expresan la voluntad del organo de gobierno para practicar un determinado acto; y Estando a lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972, el CONCEJO MUNICIPAL con el MORDAZA POR UNANIMIDAD, y con la dispensa de la lectura y aprobacion del Acta; ACUERDA: Articulo Primero.- APROBAR la adquisicion de 21 computadoras interconectadas a una plataforma de red con servicio de internet, cuyo costo total estimado es de

Declaran en situacion de desabastecimiento inminente la adquisicion de arroz para atender programas de complementacion alimentaria a cargo de la Municipalidad
ACUERDO MUNICIPAL Nº 083- 2008- MPA
MORDAZA, 27 de junio de 2008 VISTO: en Sesion Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 26 de Junio de 2008, los Informes Nros. 183-2008-MPAGGS de la Gerencia de Gestion Social, el Informe Nº 13242008-MPA-/GAF/SGL de la Sub Gerencia de Logistica y el Dictamen Legal Nº 999-2008-MPA/A-GGM-GAJ de la Gerencia de Asesoria Juridica, sobre la declaratoria de desabastecimiento Inminente de arroz corriente mejorado, por la causal de declaratoria de desierto el MORDAZA de Menor Cuantia Nº 03-2008-MPA-27767, y; CONSIDERANDO:

Que, mediante Informe Nº 183-2008-MPA/GGS de fecha 23 de junio del 2008, elaborado por la Gerencia de Gestion Social, se pone en conocimiento que el MORDAZA de Adquisicion de Menor Cuantia Nº 003-2008-MPA-27767, destinado a la adquisicion de Arroz corriente mejorado, ha quedado desierto en razon a que el unico postor inscrito Asociacion de Productores San MORDAZA, no ha cumplido con los requisitos de admisibilidad en la muestra del producto presentado; Que, en tal sentido, la Gerencia de Gestion Social solicita se declare en Situacion de Desabastecimiento Inminente la adquisicion de Arroz corriente mejorado, por cuanto dicho desabastecimiento compromete en forma directa e inminente la continuidad de la atencion a los beneficiarios de los Programas de Complementacion Alimentaria; Que, siendo la finalidad de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, el promover una adecuada prestacion de los servicios locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su jurisdiccion, de acuerdo al Art. IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, constituye una de sus atribuciones la atencion de programas sociales, como es el Programa de Complementacion Alimentaria; Que, las exoneraciones de los procesos de libre concurrencia, son componentes indispensables de toda regulacion, en materia de contrataciones del Estado, en la medida que flexibilizan la regla general, para adecuarla a la realidad, en casos en que la obligacion de llevar a cabo un MORDAZA de Seleccion devenga en ineficiente para el interes publico; Que, las exoneraciones son reconocidas legalmente en funcion de la naturaleza de los hechos que se presentan, es asi que, la situacion de desabastecimiento esta contemplada en el articulo 19, inciso c) de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, que senala que estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de desabastecimiento inminente; Que, el desabastecimiento inminente es aquella situacion extraordinaria e imprevisible, en que la ausencia de determinado bien, compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios o actividades, que tenga a su cargo la entidad, tal como ha ocurrido en el presente caso, lo que faculta a la entidad a adquirir el

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