Norma Legal Oficial del día 05 de julio del año 2008 (05/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 5 de MORDAZA de 2008

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA
Exoneran de procesos de seleccion la contratacion de servicios de maquinaria y reparacion de maquinaria y vehiculo
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 098-2008/MDF-A
MORDAZA, 5 de junio del 2008 CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales son organos promotores del desarrollo local, con personeria juridica de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, desde el mes de enero se ha venido presentando fuertes lluvias y a partir del 15 de febrero de 2008 se han acentuado dichas precipitaciones pluviales, afectando de manera considerable el Distrito de Fritas, y otras del departamento, por lo que mediante Decreto Supremo Nº 016-2008-PCM, se declara el Estado de Emergencia por desastre natural en los departamentos de Tumbes, MORDAZA, MORDAZA y Ucayali, por sesenta (60) dias; posteriormente mediante Decreto Supremo Nº 0322008-PCM, se prorroga el Estado de Emergencia en los departamentos de Tumbes, MORDAZA, MORDAZA y Ucayali; Que, de conformidad con literal c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece que estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de emergencia declaradas segun la citada Ley; Que, de conformidad con el articulo 22º de la mencionada MORDAZA, se entiende como situacion de emergencia aquella en la cual la entidad tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastroficos, quedando la Entidad exonerada de la tramitacion del expediente administrativo, pudiendo ordenar la ejecucion de lo estrictamente necesario para remediar el evento producido y satisfacer la necesidad sobrevenida, sin sujetarse a los requisitos formales de la Ley; Que, el articulo 142º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, senala que la Entidad debe adquirir o contratar en forma directa lo estrictamente necesario para prevenir y atender desastres, asi como para satisfacer las necesidades sobrevivientes, despues de lo cual debera convocar a los procesos de seleccion que correspondan; Que, asimismo el articulo 142º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 137-2007-EF, senala que toda adquisicion o contratacion realizada para enfrentar una situacion de emergencia debera regularizarse dentro de los diez (10) dias habiles siguientes de efectuada la contratacion, incluyendo el MORDAZA en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad, publicando la Resolucion correspondiente, en el sistema electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado SEACE y el Diario Oficial El Peruano, remitiendolo junto con el informe tecnico legal sustentatorio, a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado-CONSUCODE, asi como emitiendo los demas documentos contractuales que correspondan segun el Estado de la ejecucion de las prestaciones; Que mediante informe Nº 0937-2008-MDF-DIDUR-J y el informe respectivo de asesoria legal se recomienda declarar la exoneracion de procesos de seleccion por declaratoria de emergencia de los requerimientos realizados por el area tecnica con el objeto de recuperar la transatibidad en el distrito; en tal sentido, corresponde emitir la correspondiente Resolucion de Aprobacion de la exoneracion de los procesos de seleccion de las adquisiciones y contrataciones realizadas bajo causal de situacion de emergencia, a fin de proceder a la regularizacion correspondiente;

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Con la conformidad de la Gerencia Municipal y la visacion de la Asesoria Legal de la Municipalidad; En merito de los fundamentos expuestos y de conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 137-2007-EF, y a las atribuciones conferidas al Despacho por Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; SE RESUELVE:

Articulo Primero.- APROBAR, la exoneracion de la realizacion de procesos de seleccion para la contratacion de servicios de Maquinaria por causal de emergencia de acuerdo al detalle del anexo adjunto, por el monto de S/. 221,429.37 (DOSCIENTOS VEINTIUN MIL CUATROCIENTOS VEINTINUEVE Y 37/100 NUEVOS SOLES), con cargo a la Fuente de FInanciamiento Donaciones y Transferencias correspondiente a la Unidad Ejecutora Sede Central del Gobierno Regional Piura. Articulo Segundo.- APROBAR la exoneracion de la realizacion de procesos de seleccion para la contratacion de servicios de reparacion de maquinaria, Tractor Oruga Fiat 14CT por causal de emergencia de acuerdo al detalle del anexo adjunto, por el monto de S/. 27,740.00 (VEINTISIETE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES), con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados, proyecto repotenciacion de maquinaria. Articulo Tercero.- APROBAR la exoneracion de la realizacion de procesos de seleccion para la contratacion de servicios de reparacion de camioneta MORDAZA Toyota, placa OB 2030, color MORDAZA, por causal de emergencia de acuerdo al detalle del anexo adjunto, por el monto de S/. 15,000.00 (QUINCE MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES), con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados, proyecto repotenciacion de maquinaria. Articulo Cuarto.- DISPONER, que el area administrativa de la Municipalidad de MORDAZA, efectue la PUBLICACION de la presente Resolucion de Alcaldia en el Diario Oficial El Peruano y en el Sistema Electronico de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - SEACE. Articulo Quinto.- DISPONER, que el area administrativa cumpla con remitir a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado MORDAZA de la presente Resolucion. Articulo Sexto.- ORDENAR, que en caso de incumplimiento de lo dispuesto en los articulos MORDAZA y Tercero de la presente Resolucion, los funcionarios de las areas administrativas respectivas asuman las responsabilidades establecidas en la Ley. Registrese, comuniquese y cumplase MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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CONVENIOS INTERNACIONALES
Entrada en vigencia del "Acuerdo que debe regir las Actividades de los Estados en la MORDAZA y otros Cuerpos Celestes"
De acuerdo a lo dispuesto por el articulo 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante Oficio RE (GAB) Nº 0-3-A/202, comunica que el "Acuerdo que debe regir las Actividades de los Estados en la MORDAZA y otros Cuerpos Celestes", suscrito el 5 de diciembre de 1979, en la MORDAZA de Nueva MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA y ratificado por Decreto Supremo Nº 066-2005-RE, de 10 de agosto de 2005, publicado el 12 de agosto de 2005. Texto del Acuerdo publicado el 13 de agosto de 2005. Entro en vigencia para el Peru el 23 de diciembre de 2005.

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