Norma Legal Oficial del día 17 de julio del año 2008 (17/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, jueves 17 de MORDAZA de 2008

El Ministro de la Produccion; El Ministro de Educacion; El Ministro de Transportes y Comunicaciones. La Comision Multisectorial debera ser instalada dentro de los diez (10) dias habiles de haber sido publicado el presente Decreto Supremo. Articulo 3º.- Secretario Tecnico El Jefe de la Oficina Nacional de Gobierno Electronico actuara como Secretario Tecnico de la Comision Multisectorial. Articulo 4º.- Reglamento El Reglamento Interno de la Comision Multisectorial debera ser aprobado mediante Resolucion Ministerial de la Presidencia del Consejo de Ministros en el plazo 30 dias calendario contados a partir del dia siguiente a su instalacion. Articulo 5º.- Funciones de la Comision Multisectorial La Comision Multisectorial que se constituye por el presente Decreto Supremo tiene las siguientes funciones: a) Efectuar las acciones para implementar el "Plan de Desarrollo de la Sociedad de la Informacion - La Agenda Digital Peruana" y alcanzar los objetivos estrategicos establecidos en dicho Plan. b) Realizar las coordinaciones necesarias para que las acciones propuestas en el "Plan de Desarrollo de la Sociedad de la Informacion - La Agenda Digital Peruana", se incorporen en los planes operativos y planes estrategicos de los Ministerios y organismos publicos, los que contendran indicadores y metas que permitan evaluar el logro de los resultados esperados del Plan de Desarrollo de la Sociedad de la Informacion - La Agenda Digital Peruana. c) Ejercer la labor de seguimiento y monitoreo del Plan de Desarrollo de la Sociedad de la Informacion - La Agenda Digital Peruana. d) Proponer la reorientacion de las acciones en los casos en los cuales durante la implementacion del Plan ocurran situaciones no previstas con anterioridad. e) Elaborar un informe anual de los avances del Plan de Desarrollo de la Sociedad de la Informacion - La Agenda Digital Peruana, a nivel regional, sectorial y nacional, dicho informe debe ser presentado la MORDAZA semana del mes de junio de cada ano. f) Cumplir con las obligaciones derivadas de los compromisos adquiridos por el MORDAZA en torno al desarrollo de la Sociedad de la Informacion (eLAC, Cumbre Mundial de la Sociedad de la Informacion, entre otros). Para la realizacion del monitoreo, seguimiento e implementacion del Plan de Desarrollo de la Sociedad de la Informacion - La Agenda Digital Peruana, la citada Comision Multisectorial coordina con los Gobiernos Regionales, locales y demas instituciones del Sector Publico nacional, la incorporacion de las metas y objetivos del referido Plan en sus respectivos presupuestos y planes operativos institucionales, y la implementacion de los medios y acciones pertinentes destinados a desarrollar la construccion de la Sociedad de la Informacion en el ambito de sus competencias, en forma coordinada con otras instituciones, evitando duplicidad de gastos de recursos estatales. Asimismo, dicha comision podra buscar y coordinar cooperacion internacional que permita apoyar la ejecucion del Plan en sus diversos MORDAZA, y el apoyo financiero por parte de las organizaciones especializadas que participan en el Plan. Articulo 6º.- Asesoria La Comision Multisectorial para el Seguimiento y Evaluacion del Plan de Desarrollo de la Sociedad de la Informacion - La Agenda Digital Peruana podra contar con el asesoramiento de Grupos de Trabajo, alineados en los Capitulos definidos por eLAC 2010 sobre los siguientes temas: 1. Infraestructura y Acceso. 2. Educacion y mejoramiento humanas. 3. Salud y Desarrollo Social. 4. Produccion y servicios. de capacidades

5. Gobierno Electronico. 6. Instrumentos de Politica y Estrategias.

Los Grupos de Trabajo seran constituidos mediante Resolucion Ministerial de la Presidencia del Consejo de Ministros. Articulo 7º.- Derogacion Deroguese la Resolucion Ministerial Nº 318-2005-PCM modificada por la Resolucion Ministerial Nº 381-2005PCM. Articulo 8º.- Refrendos El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de la Produccion, la Ministra de Transportes y Comunicaciones y el Ministro de Educacion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciseis dias del mes de MORDAZA del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion

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Decreto Supremo que aprueba el "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ano 2008"
DECRETO SUPREMO Nº 049-2008-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO; Que, el articulo 188º de la Constitucion Politica del Peru establece que la descentralizacion es una forma de organizacion democratica y constituye una politica permanente de Estado, de caracter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del MORDAZA y, que el MORDAZA de descentralizacion se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignacion de competencias y transferencia de recursos del Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y Locales; Que, la descentralizacion politica, economica y administrativa para propiciar el desarrollo integral, armonico y sostenido del Peru, constituye la Octava Politica de Estado del Acuerdo Nacional; Que, conforme a los articulos 3º y 4º de la Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27783, la descentralizacion tiene como finalidad el desarrollo integral, armonico y sostenible del MORDAZA, y constituye una politica permanente de Estado, de caracter obligatorio, cuyo efecto vinculante alcanza a todos los Poderes del Estado, Organismos Constitucionales Autonomos y al gobierno en su conjunto; Que, acorde a los Decretos Supremos Nºs. 036-2007PCM, 074-2007-PCM, 025-2008-PCM, y 029-2008-PCM, las transferencias programadas en el "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ano 2007" deben culminar de ejecutarse, a mas tardar el 31 de diciembre de 2008, con excepcion de la transferencia a los Gobiernos Regionales de las funciones previstas en el articulo 62º de la Ley Nº 27867 en el MORDAZA de lo establecido en el Decreto Supremo Nº 025-2008-PCM; las cuales se complementaran con las acciones programadas en el "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales 2008";

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