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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 17 de julio de 2008 376248 - Rehabilitación de Caminos Vecinales, a Gobiernos Locales - IVP para (i) Elaboración de estudios defi nitivos, (ii) Ejecución de obras de rehabilitación y (iii) Supervisión de la ejecución de obras. - Mantenimiento Periódico de Caminos Vecinales, a Gobiernos Locales - IVP para (i) Elaboración de Expedientes Técnicos, (ii) Obras de Mantenimiento Periódico y (iii) Supervisión de ejecución de obras. - Mejoramiento de Caminos de Herradura, a Gobiernos Locales - IVP, para (i) Elaboración de estudios de mejoramiento de caminos de herradura y (ii) Ejecución de obras de mantenimiento de caminos de herradura. ENAPU S.A.Se transferirán 6 terminales portuarios regionales según el cuadro siguiente: Cuadro Nº 11: Terminales portuarios por Gobierno Regional Gobierno Regional Terminal Portuario Ancash Chimbote La Libertad Chicama, Pacasmayo Lima Supe, Huacho Madre de Dios Puerto Maldonado CORPAC S.A. Se transferirán 19 aeródromos según el cuadro siguiente: Cuadro Nº 11: Aeródromos por Gobierno Regional y Local Gobierno Regional Aeródromo Amazonas Ciro Alegría, Galilea, Rodríguez de Mendoza Ancash Chimbote Huanuco Tingo Maria Junín Mazamari Loreto Caballococha, El Estrecho, Gueppi, Yurimaguas Madre de Dios Iñapari Moquegua Ilo San Martín Juanjuí, Rioja, Saposoa, Tocache Ucayali Atalaya, Puerto Esperanza Gobierno Local Aeródromo Municipalidad Distrital de Vista AlegreMaria Reiche Neuman (Nasca) CAPÍTULO III: RÉGIMEN ESPECIAL DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA El artículo 69º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que la transferencia de competencias, funciones y recursos, así como proyectos de inversión, al Régimen Especial de la Municipalidad Metropolitana de Lima, se realiza a través de una Comisión Bipartita de Transferencia, integrada por cuatro (04) representantes de la Municipalidad Metropolitana de Lima y cuatro (04) representantes de la Presidencia del Consejo de Ministros. Esta Comisión se conformó emitiéndose la Resolución de Alcaldía Nº 760 y la Resolución Ministerial Nº 138-2007-PCM. 3.1 Normas especiales de transferencia de funciones sectoriales. La primera actividad encomendada a la Comisión Bipartita de Transferencia, se focalizó en la elaboración de una propuesta normativa que regule el proceso de transferencia de funciones sectoriales a la Municipalidad Metropolitana de Lima, cumpliéndose este encargo mediante acuerdo de fecha 19 de septiembre de 2007 y, posteriormente, se formalizó emitiéndose la Directiva Nº 007-2007-PCM/SD, “Normas para la Ejecución de la Transferencia del año 2007 al Régimen Especial de Lima Metropolitana, de las Funciones Sectoriales incluidas en los Planes Anuales de Transferencia”, aprobada mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 032-2007-PCM/SD.Esta directiva, en el numeral 5.1, sobre el Procedimiento y Plazo para la transferencia de funciones sectoriales, establece que ésta se realizará de Acuerdo al Plan de Acción que para el efecto apruebe la Comisión Bipartita, en coordinación con los Sectores del Gobierno Nacional y la Municipalidad Metropolitana de Lima. En cumplimiento de lo dispuesto en la Directiva Nº 007-2007-PCM/SD, la Municipalidad Metropolitana de Lima presentó la propuesta del “Plan de Acción para la Transferencia de Funciones Sectoriales a la Municipalidad Metropolitana de Lima”, ante la Comisión Bipartita de Transferencia, siendo aprobada por ésta en la sesión de fecha 17 de marzo de 2008 y, posteriormente, formalizada mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 022-2008-PCM/SD. En el artículo 7º de esta norma, se dispone que la Secretaría de Descentralización realice las coordinaciones para la adecuada consideración del Plan de Acción en el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2008”. 3.2 Plan de Acción para la transferencia de funciones sectoriales a la Municipalidad Metropolitana de Lima. En el Plan de Acción para la transferencia de funciones se describe los siguientes rubros: i) Transferencia de Funciones SectorialesComprende las ciento ochenta y cinco (185) funciones de competencia regional, contenidas en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Atendiendo al principio de gradualidad del proceso de descentralización, el Plan de Acción señala que el proceso de transferencia desde los Sectores del Gobierno Nacional a la Municipalidad Metropolitana de Lima se realizará por materias, y se iniciará con 38 funciones, según el cuadro que se presenta a continuación: Cuadro Nº 13: Funciones sectoriales por materia. Sector Funciones MINCETUR 1. Materia: Comercio (Art. 55 LOGR)2. Materia: Turismo (Art. 63 LOGR)3. Materia: Artesanía (Art. 64 LOGR) VIVIENDA-SBN 4. Materia: Administración y adjudicación de terrenos de propiedad del Estado (Art. 62 LOGR)5 1812 3 TOTAL 38 Según se dispone en el Plan de Acción, los Sectores del Gobierno Nacional, en coordinación con la Municipalidad Metropolitana de Lima, podrán proponer a la Comisión Bipartita de Transferencia la adición de otras funciones en atención a las capacidades institucionales que ostenten. ii) Acciones Estratégicas para la implementación del Plan de Acción. Se realizará la adecuación administrativa y organizacional de los Sectores del Gobierno Nacional a la situación generada por la existencia del Régimen Especial de Lima Metropolitana, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 052-2005-PCM. Asimismo, se dispone que la transferencia de funciones sectoriales se ejecutará de acuerdo al Plan de Acción que cada Sector del Gobierno Nacional deberá formular, en coordinación con la Municipalidad Metropolitana de Lima y que será aprobado por la Comisión Bipartita de Transferencia. Estos Planes de Acción Sectoriales incluirán las materias defi nidas en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que correspondan en el ámbito de su competencia, y en los cuales deberán detallarse las actividades necesarias para el cumplimiento de cada etapa y estimar el tiempo requerido para su implementación; su programación deberá identifi car a los participantes de la ejecución de cada actividad. Los Planes de Acción Sectoriales incluirán programas de desarrollo de capacidades, que permitan el fortalecimiento institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Descargado desde www.elperuano.com.pe