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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 17 de julio de 2008 376246 Las medidas complementarias para la transferencia de la función n) del art. 51 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - LOGR, a cargo del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, se han dictado mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 028-2008-PCM/SD. Los Sectores responsables de la transferencia de las funciones previstas en este Plan, conjuntamente con la Secretaría de Descentralización, defi nirán los procedimientos y plazos respectivos para su adecuada transferencia a los Gobiernos Regionales. 2.2 Transferencia de Fondos, Programas, Proyectos, Empresas y Activos a transferirse a los Gobiernos Regionales y Locales Ministerio de AgriculturaProyectos EspecialesConforme a lo dispuesto en la Ley de Presupuesto del año 2008, los Proyectos Especiales con cobertura multidepartamental que serán transferidos cuando se conformen las regiones son los siguientes: Cuadro Nº 7: Detalle de Proyectos Especiales Proyecto Especial Gobierno Regional involucrado Jequetepeque – Zaña Cajamarca, La Libertad, Lambayeque Sierra – Centro - Sur Ayacucho, Huancavelica, Cusco, Apurimac. Alto Huallaga Huánuco, San Martín, Ucayali Pichis - Palcazú Junín, Pasco Jaén – Bagua - San Ignacio Cajamarca, Amazonas Como paso previo a la transferencia de los citados Proyectos Especiales y a la conformación de las regiones, el Ministerio de Agricultura, a fi n de asignarles competencias a los Gobiernos Regionales para administrar los citados proyectos, mediante el Decreto Supremo Nº 011-2008-AG, ha constituido un Consejo Directivo en cada uno de los Proyectos Especiales. El Consejo estará conformado por un representante por cada Gobierno Regional comprendido en el Proyecto Especial y un representante del Ministerio de Agricultura; están encargados de: establecer las políticas, planes, objetivos, estrategias, actividades y metas de la institución; designar al Director Ejecutivo y supervisar la administración general y la marcha institucional del Proyecto. La Secretaría de Descentralización coordinará con el Ministerio de Agricultura, el apoyo necesario para el funcionamiento de los citados Consejos Directivos, en el marco del trabajo conjunto para fortalecer competencias a los Gobiernos Regionales al respecto. Ministerio de Economía y Finanzas Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE Conforme a lo señalado en el Decreto Supremo Nº 036-2007-PCM, se ha dispuesto la transferencia de la propiedad de las acciones de las empresas SEAL, Electro Ucayali y Electro Puno, a los Gobiernos Regionales de Arequipa, Ucayali y Puno, respectivamente. Dicha transferencia le corresponde ejecutarla al FONAFE, entidad adscrita al Ministerio de Economía y Finanzas, quien defi nirá las empresas de distribución regional de electricidad a transferirse, dejando constancia en la norma, de la obligación de los directorios constituidos por los Gobiernos Regionales de aplicar las tarifas establecidas nacionalmente y proceder puntualmente a los pagos con las empresas generadoras. Ministerio de EducaciónInstituto Peruano del Deporte - IPDEl Instituto Peruano del Deporte ha programado la transferencia de la siguiente infraestructura: Cuadro Nº 8: Infraestructura Deportiva por Gobierno Local Nº Gobierno Local Infraestructura Deportiva 1 Municipalidad Provincial del Santa- Departamento de AncashEstadio Gómez Arellano2 Municipalidad Provincial San Ignacio- Departamento de CajamarcaColiseo Cerrado San Ignacio 3 Municipalidad Distrital Florencia de Mora- Provincia de Trujillo-Departamento de La LibertadClub del Pueblo Florencia de Mora 4 Municipalidad Provincial de Juliaca- Departamento de PunoEstadio Manuel A. Odría 5 Municipalidad Distrital de Yurimaguas- Provincia de Alto Amazonas-Departamento de LoretoColiseo Cerrado Yurimaguas 6 Municipalidad Provincial de Ilo-Departamento de MoqueguaColiseo Cerrado Mariano Urquieta 7 Municipalidad Provincial de Tocache- Departamento de San MartínComplejo Deportivo de Tocache Plan Piloto de Municipalización de la Gestión Educativa La municipalización de la gestión educativa, que se ejecuta en la etapa de iniciación por medio del Plan Piloto, constituye un avance en el proceso de descentralización, con implicancias innovadoras en la política educativa. En esta nueva propuesta integran esfuerzos coordinadamente la municipalidad distrital y las Instituciones Educativas, a través de la conformación del Consejo Educativo Municipal-CEM y la comunidad educativa, orientando su accionar hacia la implantación de un nuevo estilo de gestión y a la mejora de la calidad del servicio educativo en el ámbito municipal, como célula base del desarrollo en general. El Plan Piloto es implementado por el Ministerio de Educación, con la participación de las Municipalidades, para mejorar la calidad de la gestión educativa. También participan en este proceso los Gobiernos Regionales y las Instancias de Gestión Educativa Descentralizada. En el Plan Piloto del año 2008, participan las Municipalidades del Plan Piloto 2007 y las Municipalidades que se incorporen en el presente año, aprobadas mediante Resolución Ministerial emitida por el Ministerio de Educación. El Plan Piloto 2008 se ejecutará en los distritos con Instituciones Educativas en las que se imparte los niveles educativos de Educación Inicial (incluye PRONOEIs), Educación Primaria, integradas de Educación Inicial y Educación Primaria, integradas de Educación Inicial y Educación Secundaria, integradas de Educación Primaria y Educación Secundaria, e integradas de Educación Inicial, Educación Primaria y Educación Secundaria. Esta estrategia es aplicable para las Municipalidades del Plan Piloto del 2007 y las que se integren en el año 2008. Excepcionalmente, a solicitud de las Municipalidades, el Ministerio de Educación incorporará al Plan Piloto Instituciones Educativas sólo del nivel de Educación Secundaria. El Plan Piloto de Municipalización de la Gestión Educativa del año 2008 incorporará las disposiciones establecidas por el Decreto Supremo Nº 005-2008-ED, en lo referente a las encargaturas de las Direcciones en las Instituciones Educativas, labor de supervisión a cargo de los Alcaldes, elaboración de las planillas de personal, y la incorporación del nivel de Educación Secundaria, de acuerdo a lo señalado en el párrafo anterior. Asimismo, el Ministerio de Educación elaborará los lineamientos del Plan Piloto de Municipalización de la Gestión Educativa que constituirá el marco referencial para su implementación. La transferencia de recursos presupuestales a las Municipalidades del Plan Piloto se hará mediante modifi caciones presupuestales en el marco de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización. Los pilotos cuentan con el acompañamiento de un plan de investigación y un diagnóstico situacional (Línea de Base) de los servicios educativos en los distritos pilotos, a través del cual se evaluará el comportamiento de las variables seleccionadas. El fi nanciamiento del Plan Piloto 2008 provendrá de: los recursos ordinarios resultado de la transferencia de fondos del Ministerio de Educación y de los Gobiernos Regionales; del Ministerio de Educación, para los conceptos de apoyo, capacitación, asistencia técnica y acciones relacionadas con la ejecución del Plan Piloto; recursos de la cooperación no reembolsable de entidades nacionales e internacionales cooperantes; y según sea el caso, de aportes de recursos Descargado desde www.elperuano.com.pe