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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 17 de julio de 2008 376299 Con el visto bueno de la División de Revisión de Diseño, del Área Legal y de la Asesoría de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y las Leyes Nº 26878, Ley Nº 27444, Ordenanzas Metropolitanas Nº 912- MML, N° 341-MML, Nº 836-MML, N° 812, N° 916-MML, Decreto de Alcaldía Nº 079 y Resolución Nº 33-2006-MML-GDU; SE RESUELVE: Artículo 1°.- ESTABLECER LA CONFORMIDAD de la Resolución Sub-Gerencial Nº 286-2008-SGLAU- GDU-MSS, de fecha 18 de febrero del 2008, expedida por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, que resuelve aprobar los Proyectos referentes a Trazado, Lotización y Pavimentación de aceras, correspondiente a la Habilitación Urbana Nueva de Lote Único, para Uso Residencial de Densidad Baja “RDB”, del terreno de 2,672.96 m², constituido por el lote 72, de la Manzana D, de la Parcelación Semi-Rústica “Los Granados”, ubicado frente al Jirón Cruz del Sur, en el distrito de Santiago de Surco, Provincia y Departamento de Lima, de acuerdo con los planos signados con el Nº 012.01-2008-SGLAU-GDU-MSS y Nº 012.02-2008-SGLAU-GDU-MSS Artículo 2°.- NOTIFÍQUESE la presente Resolución a la UNIVERSIDAD DE LIMA; y a la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, para su conocimiento y fi nes. Artículo 3°.- DAR por agotada la vía administrativa. Artículo 4°.- OFICIAR con la presente Resolución a la Gerencia de Propiedad Inmueble de la IX Zona Registral Sede-Lima, Ministerio de Educación, SERPAR-LIMA, EMILIMA S.A., Instituto Metropolitano de Planifi cación y División Técnica de la Subgerencia de Adjudicación y Saneamiento Legal de Tierras de la Gerencia de Desarrollo Urbano de esta Corporación, para su conocimiento y fi nes pertinentes Artículo 5°.- PUBLICAR la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, a cargo de la administrada, dentro de los 30 días siguientes de notifi cada la misma. Regístrese, comuníquese y cúmplase. SUSANA RAMIREZ DE LA TORRE SubgerenteSubgerencia de Planeamiento yHabilitaciones UrbanasGerencia de Desarrollo Urbano 226368-1 MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA Disponen el embanderamiento general del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 009-2008-MDPP Puente Piedra, 10 de julio de 2008EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA CONSIDERANDO:Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modifi cado por el artículo único de la Ley N° 27680, (Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del título IV sobre Descentralización), concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 (Ley Orgánica de Municipalidades). Que, estando próxima la Celebración del 187° Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú, se debe incentivar la participación cívica de los vecinos de nuestro distrito, para lo cual se debe afi rmar el respeto a nuestros símbolos patrios; Estando a las facultades conferidas en el inciso 6) del Artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER el embanderamiento general del Distrito de Puente Piedra, desde el día 18 al 31 de julio del presente año, en conmemoración del 187º Aniversario de la Declaración de la Independencia del Perú. Artículo Segundo.- DISPONER la limpieza y pintado de las fachadas de los predios públicos y privados en la jurisdicción de Puente Piedra. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Desarrollo Educativo y Social y a la Sub Gerencia de Comunicaciones, el cumplimiento de lo dispuesto por el presente Decreto. Regístrese, comuníquese y cúmplase.RENNAN S. ESPINOZA ROSALES Alcalde 227297-1 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Autorizan a la Procuraduría Pública Municipal para conciliar, transigir y desistirse en procesos de menor cuantía ORDENANZA Nº 059-2008/MVMT Villa María del Triunfo, 10 de julio del 2008EL CONCEJO DISTRITAL DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO; POR CUANTO: El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo en Sesión Ordinaria de la fecha que se indica; y CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Pública del Estado, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, establece que las municipalidades Provinciales y Distritales son gobiernos locales con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 29º de la Ley Nº 27972-Ley Orgánica de Municipalidades establece que la representación y defensa de los intereses y derechos de las municipalidades en juicio, se ejercita a través del órgano de defensa judicial conforme a Ley, el cual está a cargo de procuradores públicos municipales y el personal de apoyo que requiera; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 en su artículo 9º inciso 8) señala que corresponde al Concejo Municipal, aprobar, modifi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efectos los Acuerdos; Que, de acuerdo al Decreto Ley Nº 17537 “Defensa del Estado en Juicio” en su artículo 1º. Establece que “La defensa de los derechos e intereses del Estado se ejercitan judicialmente por intermedio de los Procuradores Públicos, a cargo de los asuntos de los diferentes ministerios (en èste caso de las diferentes Municipalidades); Que, la Ley Nº 29228 publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 16 de mayo del 2008, autoriza a los Procuradores Públicos encargados de la defensa del Descargado desde www.elperuano.com.pe