Norma Legal Oficial del día 17 de julio del año 2008 (17/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES
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POR CUANTO:

El Peruano MORDAZA, jueves 17 de MORDAZA de 2008

experiencias de los anteriores procesos y recoja los numerosos comentarios y sugerencias recibidos de instituciones del Sector Publico, de la Sociedad Civil, del Sector Privado y otras entidades, orientadas a fortalecer el proceso; Que, el articulo 1º de la Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, Ley Nº 28056, prescribe que: "El MORDAZA del presupuesto participativo es un mecanismo de asignacion equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos publicos, que fortalece las relaciones Estado - Sociedad Civil. Para ello los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participacion en la programacion de sus presupuestos, asi como en la vigilancia y fiscalizacion de la gestion de los recursos publicos"; Que, "La Modificacion y Adecuacion del Reglamento General del MORDAZA de Programacion del Presupuesto Participativo MORDAZA 2009, conforme a la Resolucion Directoral Nº 0212­2008­EF/76.01, que aprueba el Instructivo Nº 002­ 2008­EF/76.01, para el MORDAZA de Presupuesto Participativo", cuentan con el Dictamen favorable de la Comision Permanente de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional, de conformidad con las atribuciones conferidas por los articulos 9º, 10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 sus modificatorias y su Reglamento Interno, el Consejo Regional ha aprobado la siguiente: "ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA MODIFICACION Y ADECUACION DEL REGLAMENTO GENERAL DEL MORDAZA DE PROGRAMACION DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO MORDAZA 2009, CONFORME A LA RESOLUCION DIRECTORAL Nº 0212­2008­EF/76.01, QUE APRUEBA EL INSTRUCTIVO Nº 002­2008­EF/76.01 PARA EL MORDAZA DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO" Articulo Primero.- APROBAR "La Modificacion y Adecuacion del Reglamento General del MORDAZA de Programacion del Presupuesto Participativo MORDAZA 2009, conforme a la Resolucion Directoral Nº 0212-2008-EF/76.01, que aprueba el Instructivo Nº 002-2008-EF/76.01 para el MORDAZA de Presupuesto Participativo, el cual consta de siete (07) Capitulos, veintinueve (29) Articulos, cinco (05) Disposiciones Finales, y un (01) Anexo, el mismo que se adjunta y forma parte de la presente MORDAZA Regional. Comuniquese al Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. Dado en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional MORDAZA, a los 26 dias del mes MORDAZA de 2008. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Delegado POR TANTO: Mando registrese, publiquese y cumplase. Dado en el Despacho de la Presidencia del Gobierno Regional MORDAZA, a los 9 dias del mes de junio de 2008. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 225088-1

El Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA

El Consejo Regional de MORDAZA en Sesion Ordinaria de fecha 09 de junio del 2008, en uso de sus atribuciones aprobo por Unanimidad la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO:

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban Normas Tecnicas de las condiciones ambientales y de cuidado para el mantenimiento y bienestar de mamiferos acuaticos amazonicos en cautiverio con fines de rehabilitacion
ORDENANZA REGIONAL Nº 018-2008-GRL-CR MORDAZA MORDAZA, 9 de junio del 2008

Que, en concordancia con los articulos 189º y 197º de la Constitucion Politica del Estado, la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralizacion, en sus articulos 8º y 9º precisa que la autonomia es el derecho y la capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles de normar, regular y administrar los asuntos publicos de su competencia; autonomia sujeta a la Constitucion respectiva. Que, el articulo 52º de la Ley Nº 27867 - "Ley Organica de Gobiernos Regionales" senala como funciones especificas de los Gobiernos Regionales en materia pesquera, a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas en materia pesquera y produccion acuicola en la Region; b) Administrar, supervisar y fiscalizar la gestion de actividades y servicios pesqueros bajo su jurisdiccion y c) Desarrollar acciones de vigilancia y control para garantizar el uso sostenible de los recursos bajo su jurisdiccion; las funciones senaladas se encuentran enmarcadas en el Decreto Supremo Nº 038-2004-PCM, por la que se aprueba la transferencia de las facultades que corresponden a las funciones especificas de los indicados literales a), b) y c) de la Ley Organica de los Gobiernos Regionales, habiendo adecuado el Gobierno Regional de MORDAZA sus instrumentos institucionales de gestion a fin de ejercer las funciones transferidas, mediante las Ordenanzas Regionales Nº 006-2007-GRLCR y Nº 007-2007-GRL-CR del 11 de MORDAZA de 2007. Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 175-2006PRODUCE, declara que los Gobiernos Regionales de Amazonas, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Cuzco, Ica, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y Ucayali, han concluido el MORDAZA de transferencia de funciones sectoriales en materia de pesqueria, contenidas en el "Plan Anual de Transferencia de competencias sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ano 2004", aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2004-PCM. Que, mediante Ley Nº 26585 ­ Ley que declara a delfines y otros mamiferos marinos como especies legalmente protegidas, de fecha 29 de marzo de 1996 se declaro a las especies de cetaceos menores conocidos como MORDAZA MORDAZA o bufeo colorado (Inia geoffrensis) y bufeo negro o gris (Sotalia fluviatilis), como especies legalmente protegidas. Asi mismo, a traves del Decreto Supremo Nº 002-96-PE de fecha 14 de junio de 1996 se aprobo el Reglamento para la Proteccion y Conservacion de los Cetaceos Menores; y mediante Resolucion Ministerial Nº 588-96-PE de fecha 10 de diciembre de 1996, se establece las Condiciones Ambientales y de Cuidado para el Adecuado Mantenimiento y Bienestar de los Cetaceos Menores en Cautiverio. Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 1472001-PE de fecha de 2001, aprueba el Reglamento de Ordenamiento Pesquero de la Amazonia Peruana, y establece la proteccion del manati amazonico o vaca MORDAZA (Trichechus inunguis). Que, mediante Decreto Supremo Nº 034-2004-AG de fecha 17 de setiembre de 2004, aprueban Categorizacion de Especies Amenazadas de Fauna MORDAZA y Prohiben su Caza, Tenencia, Transporte o Exportacion con Fines Comerciales, estableciendo al manati Trichechus inunguis en la categoria de En Peligro. Que, mediante Informe Nº 008-2007-GRL/DIREPRO/ DMA, se recomienda la necesidad de contar con un dispositivo legal para el mantenimiento y rehabilitacion en cautividad de las especies de mamiferos acuaticos amazonicos de las especies bufeo colorado, bufeo negro y manati amazonico, ante la presencia de estos animales en cautividad de manera ilegal y casos de decomisos efectuados por el sector. Que, acorde con lo previsto por el Articulo 38º de la Ley Nº 27867; "Ley Organica de gobiernos Regionales" MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno regional y Reglamentan materias de su competencia.

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