Norma Legal Oficial del día 17 de julio del año 2008 (17/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA, jueves 17 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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POR CUANTO:

376297

De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 37º inc. a) de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA emite la siguiente; ORDENANZA:

El Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA

El Consejo Regional de MORDAZA, en Sesion Extraordinaria de fecha 13 de junio de 2008, en uso de sus atribuciones aprobo por Unanimidad la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, reformada por Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion, tiene establecido en su Articulo 191º que "los gobiernos regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones"; asimismo que, "la estructura organica basica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional como organo normativo y fiscalizador, el Presidente como organo ejecutivo, y el Consejo de Coordinacion Regional integrado por los alcaldes provinciales y por representantes de la sociedad civil, como organo consultivo y de coordinacion con las Municipalidades, con las funciones y atribuciones que les senala la ley"; Que, en concordancia con los articulos 189º y 197º de la Constitucion Politica del Estado, la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralizacion, en sus articulos 8º y 9º precisa que la autonomia es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno, en sus tres niveles de normar, regular y administrar los asuntos publicos de su competencia; autonomia, sujeta a la Constitucion respectiva; Que la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, establece y MORDAZA la estructura, organizacion, competencias, y funciones de los Gobiernos Regionales, quienes tienen por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversion publica, privada, el empleo y garantizar el ejercicio pleno de sus derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo; Que, en el MORDAZA de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de los Gobiernos Regionales y sus modificatorias, en su articulo 45º, inciso a), se confiere a los Gobiernos Regionales atribuciones de definir, normar, dirigir y gestionar sus politicas regionales y ejercer sus funciones generales y especificas en concordancia con las politicas nacionales y sectoriales. En el inciso b), de la misma ley se le atribuyen las funciones, de elaborar y aprobar normas de alcance regional; de disenar politicas, prioridades, estrategias, programas y proyectos que promuevan el desarrollo regional de manera concertada y participativa conforme a la Ley de Bases de la Descentralizacion; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 009-2008GRL-CR de fecha 15 de MORDAZA de 2008, el Consejo Regional de MORDAZA aprobo la creacion del "Organismo Publico Infraestructura para la Productividad" ­ OPIPP, como un organismo publico ejecutor del Gobierno Regional de MORDAZA, cuya finalidad es de promover y/o ejecutar las acciones correspondientes a la fase del ciclo del proyecto de la obra "Mejoramiento y Ampliacion del Sistema de Alcantarillado e Instalacion del Sistema de Tratamiento de aguas residuales de la MORDAZA de Iquitos", en concordancia con el Decreto Supremo Nº 043-2006-- PCM, que aprueba los lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF, por parte de las entidades de la Administracion Publica; Que, con Acuerdo de Consejo Regional Nº 058-2008SO-GRL de fecha 03 de junio de 2008, el Consejo Regional de MORDAZA acordo por mayoria, aprobar la Estructura Organica del "Organismo Publico Infraestructura para la Productividad" ­ OPIPP; Que, la Oficina Ejecutiva de Desarrollo Institucional e Informatica del Gobierno Regional de MORDAZA, con oficio Nº 223-2008-GRL-GGR/OEDII de fecha 11 de junio de 2008, eleva a la Gerencia General Regional, el Informe Tecnico proponiendo el Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF del "Organismo Publico Infraestructura para la Productividad" ­ OPIPP; Que, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, con oficio Nº 2944-2008-GRL-GRPPAT-SGRP de fecha 11

Articulo Primero.- APROBAR las Normas Tecnicas de las Condiciones ambientales y de cuidado para el adecuado mantenimiento y bienestar de mamiferos acuaticos amazonicos (bufeo colorado Inia geoffrensis, bufeo negro Sotalia fluviatilis y manati amazonico Trichechus inunguis) en cautiverio con fines de rehabilitacion, que en anexo forman parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- Las personas naturales y juridicas que tengan ejemplares de mamiferos acuaticos amazonicos en cautiverio o semi-cautiverio, registrados y supervisados, deberan solicitar en un termino de 60 dias una autorizacion expresa de la Direccion Regional de la Produccion, detallando su propuesta y justificacion de cautiverio con fines de rehabilitacion, adecuandose a las Normas Tecnicas posteriormente a la publicacion de la presente Ordenanza Regional. Articulo Tercero.- El incumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza Regional, sera causal de sancion conforme a lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento (Decreto Supremo Nº 012-2001-PE), Reglamento de Inspecciones y Sanciones Pesqueras y Acuicolas (Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE) y demas disposiciones legales vigentes. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Direccion Regional de la Produccion del Gobierno Regional de MORDAZA, velar por el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza Regional. Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaria del Consejo Regional hacer de conocimiento la presente Ordenanza Regional a las Gerencias Regionales de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente y Desarrollo Economico del Gobierno Regional de MORDAZA, Instituto de Investigaciones de la Amazonia Peruana, Direccion de Guardacostas y Capitania de Puerto de Iquitos, Direccion Territorial de la Policia Nacional del Peru, Ministerio Publico, Municipalidades y Viceministerio de Pesqueria del Ministerio de la Produccion. Articulo Sexto.- AUTORIZAR a la Secretaria del Consejo Regional, disponer la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano, en el Diario de mayor circulacion de la Region y en el MORDAZA Web del Gobierno Regional de Loreto. Articulo Septimo.- La presente Ordenanza Regional, entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: De conformidad con lo establecido en los articulos 16º, 21º inciso o), 37° inc. a) y 38º de la Ley Nº. 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias las Leyes Nºs. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053, concordante con el inciso o) del articulo 15º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional de Loreto. Registrese, publiquese y cumplase. YVAN E. MORDAZA MORDAZA Presidente 226478-1

Aprueban el Reglamento de Organizacion y Funciones del Organismo Publico Infraestructura para la Productividad - OPIPP
ORDENANZA REGIONAL Nº 019-2008-GRL-CR MORDAZA MORDAZA, 13 de junio de 2008

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