Norma Legal Oficial del día 17 de julio del año 2008 (17/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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POR CUANTO:

NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, jueves 17 de MORDAZA de 2008

El Consejo Regional de MORDAZA en Sesion Ordinaria celebrada a los 16 dias del mes de MORDAZA de 2008, en el Auditorium de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Pangoa, provincia de Satipo, de conformidad con lo previsto en la Constitucion Politica del Peru; en la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 sus modificatorias; y demas Normas Complementarias. CONSIDERANDO: Que, el Capitulo II, del Titulo III de la Constitucion Politica del Peru, se establece que el Estado promueve el uso sostenible de sus recursos naturales, la conservacion de la diversidad biologica, las areas naturales protegidas y el desarrollo sostenible de la amazonia; Que, el articulo 11° de la Ley Organica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales, Ley Nº 26821, prescribe que la Zonificacion Ecologica y Economica (ZEE) del MORDAZA se aprueba a propuesta de la Presidencia del Consejo de Ministros, en coordinacion intersectorial, como apoyo al ordenamiento territorial a fin de evitar conflictos por superposicion de titulos y usos inapropiados, y demas fines; Que, el numeral 1) del articulo 9° de la Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27783, senala que la Autonomia Politica es la facultad de adoptar y concordar las politicas, planes y normas en los asuntos de su competencia, aprobar y expedir sus normas, decidir a traves de sus organos de gobierno y desarrollar las funciones que le son inherentes; Que, el articulo 20° de la Ley General del Ambiente, Ley Nº 28611, prescribe que la planificacion y el ordenamiento territorial tiene por finalidad complementar la planificacion economica, social y ambiental con la dimension territorial, racionalizar las intervenciones sobre el territorio y orientar su conservacion y aprovechamiento sostenible; Que, el articulo 53° de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, establece que son funciones del Gobierno Regional formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas en materia ambiental y de ordenamiento territorial, en concordancia con los planes de los Gobiernos Locales; Que, el inciso h) del articulo 6° de la Ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental, Ley Nº 28245, sobre los Instrumentos de Gestion y Planificacion Ambiental, prescribe el establecimiento de la politica, criterios, metodologias y directrices para el Ordenamiento Territorial Ambiental; Que, el articulo 2° de la Ley Organica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales, Ley Nº 26821, tiene como objetivo promover y regular el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, renovables y no renovables, estableciendo un MORDAZA adecuado para el fomento a la inversion, procurando un equilibrio dinamico entre el crecimiento economico, la conservacion de los recursos naturales y del ambiente y el desarrollo integral de la persona humana; Que, el articulo 1° de la Ley de Areas Naturales Protegidas, Ley Nº 26834, declara que la condicion natural de las ANP deben ser mantenidas a perpetuidad pudiendo permitirse el uso regulado del area y aprovechamiento de recursos o determinarse la restriccion de los usos directos; Que, el Decreto Supremo N° 087-2004-PCM, aprueba el Reglamento de Zonificacion Ecologica y Economica (ZEE), estableciendo que los Gobiernos Regionales y Locales son las entidades encargadas de la ejecucion de la zonificacion ecologica y economica dentro de sus respectivas jurisdicciones. Asimismo, el articulo 16° del citado Decreto Supremo estipula que cada MORDAZA de ZEE desarrollado en el ambito regional y local requiere la conformacion de una Comision Tecnica; Que, la Conformacion de la Comision Tecnica de Zonificacion Ecologica y Economica de la Region MORDAZA, cuenta con el Dictamen favorable de la Comision Permanente de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente del Consejo Regional, de conformidad con las atribuciones conferidas por los articulos 9º. 10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 sus modificatorias; y su Reglamento Interno, el Consejo Regional ha aprobado la siguiente:

"ORDENANZA REGIONAL QUE DECLARA DE NECESIDAD E INTERES REGIONAL LA ZONIFICACION ECOLOGICA Y ECONOMICA, Y EL ORDENAMIENTO TERRITORIAL AMBIENTAL DE LA REGION Y APRUEBA LA CONFORMACION DE LA COMISION TECNICA DE ZONIFICACION ECOLOGICA Y ECONOMICA"

Articulo Primero.- DECLARESE de necesidad y de interes Regional la Zonificacion Ecologica y Economica y el Ordenamiento Territorial Ambiental de la Region Junin. Articulo Segundo.- APRUEBESE la constitucion de la Comision Tecnica Regional de Zonificacion Ecologica y Economica (ZEE) y Ordenamiento Territorial Ambiental (OTA) integrada por:

a) Un representante del Gobierno Regional Junin. b) Representantes de las Municipalidades Provinciales de la Region Junin. c) Un representante de una institucion cientifica del ambito de la Region Junin. d) Representantes de los sectores y de los niveles de Gobierno con competencia en el otorgamiento de autorizaciones sobre el uso del territorio o los recursos naturales existentes en el ambito de la Region Junin. e) Un representante de colegios profesionales. f) Un representante de la empresa privada. g) Un representante de los organismos no gubernamentales. h) Un representante de las Universidades de la Region Junin. La Comision Tecnica de ZEE y OTA tiene estatus de Comite Tecnico Ambiental y estara presidido por la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente del Gobierno Regional Junin. La Comision Tecnica de ZEE y OTA podra convocar a otras instituciones publicas o privadas de acuerdo a las competencias y/o intereses segun los requerimientos especificos. Articulo Tercero.- Son funciones de la Comision Tecnica de ZEE y OTA: a) Proponer, opinar, acompanar y coordinar la ejecucion del MORDAZA de la Zonificacion Ecologica y Economica - ZEE a nivel regional; asi como los aspectos relacionados a la macrozonificacion nacional. b) Proponer los mecanismos de consulta y participacion ciudadana y procesos de difusion y capacitacion; Asimismo, la temporalidad de la Comision Tecnica de ZEE y OTA se sujeta a lo dispuesto en la Ordenanza Regional N° 029-GRJ/CR, Ordenanza Regional que aprueba el Sistema Regional de Gestion Ambiental de Junin. Articulo Cuarto.- ENCARGUESE a la Comision Tecnica Regional de ZEE y OTA que en el plazo de 120 dias contados a partir de su instalacion, eleve a la Presidencia del Gobierno Regional el Plan Regional de ZEE y OTA para su promulgacion mediante Decreto Regional. Comuniquese al Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. Dado en el Auditorium la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Pangoa, provincia Satipo, a los 16 dias del mes de MORDAZA de 2008. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando registrese, publiquese y cumplase. Dado en el Despacho del Presidente del Gobierno Regional MORDAZA a los 23 dias del mes de MORDAZA de 2008. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Gobierno Regional MORDAZA 225086-1

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