Norma Legal Oficial del día 17 de julio del año 2008 (17/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, jueves 17 de MORDAZA de 2008

Estado para transigir, conciliar o desistirse en procesos de menor cuantia; Que, en la Ley acotada establece en su articulo 1º que en los procesos judiciales donde el estado sea parte demandante o demandada y se discuta el cumplimiento de una obligacion de dar suma de dinero, que no sea pago indebido, se autoriza a los procuradores publicos del estado, a transigir o conciliar las pretensiones controvertidas hasta en un 30% del monto del petitorio, siempre que la cuantia en moneda nacional o su equivalente en moneda extranjera, no exceda de 30 Unidades Impositivas Tributarias; Que, en su articulo 2º de la Ley en mencion, establece autorizar al Procurador Publico en los procesos judiciales donde el Estado sea parte demandante y se discuta el cumplimiento de una obligacion da dar suma de dinero que no sea pago indebido, desistirse de las pretensiones controvertidas y/o del MORDAZA, siempre que la cuantia en moneda nacional o su equivalente en moneda extranjera, no exceda de una Unidad Impositiva Tributaria; Que, asimismo, el articulo 3º de la Ley acotada, establece que cuando el Estado MORDAZA celebrado una transaccion o conciliacion judicial en obligacion de dar suma de dinero, sera atendida con cargo al Presupuesto de cada Entidad, conforme a la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley Nº 28411; Que, lo expuesto es de aplicacion a todos los procesos civiles, contencioso administrativo o constitucionales, iniciados hasta el 29 de febrero del 2008; Que, para la aplicacion de la Ley Nº 29228, los Procuradores Publicos seran autorizados mediante Ordenanza Municipal; Que, mediante Informe Nº 024-08-PPM-MDVMT, de fecha 6 de junio del presente ano, la Procuradora Publica Municipal solicita el cumplimiento de lo establecido en la Ley Nº 29228 y solicita se emita la correspondiente Ordenanza Municipal, asimismo, con Informe Nº 8022008-GAJ/MVMT, de fecha 1 de MORDAZA del presente ano, la Gerencia de Asesoria Juridica opina por la procedencia de lo solicitado; Estando a las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y con el MORDAZA Unanime de los senores Regidores se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE AUTORIZA A LA PROCURADURIA PUBLICA MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO ENCARGADA DE LA DEFENSA DE LA MUNICIPALIDAD PARA CONCILIAR, TRANSIGIR Y DESISTIRSE EN PROCESOS DE MENOR CUANTIA Articulo Primero.- AUTORIZAR a la Procuraduria Publica Municipal, en los procesos judiciales de Menor Cuantia - Obligacion de Dar Suma de Dinero, iniciados hasta el 29 de febrero del 2008, cuando el pago no sea indebido a conciliar y transigir hasta un 30% del monto del petitorio, siempre y cuando el monto del petitorio no exceda de 30 UIT. Articulo Segundo.- AUTORIZAR a la Procuraduria Publica Municipal, cuando la Municipalidad sea demandante y el pago no sea indebido a desistirse de las pretensiones controvertidas, siempre y cuando la cuantia demandada no exceda de una (1) UIT. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Procuraduria Publica Municipal el cumplimiento de la presente Disposicion Municipal. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 226487-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO

Regulan procedimiento de renovacion de autorizacion para la prestacion del servicio de transporte publico en rutas interurbanas
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 00035 Callao, 30 de junio de 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO: POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en sesion de fecha 30 de junio de 2008; aprobo la siguiente; Ordenanza Municipal: CONSIDERANDO:

Que, la Constitucion Politica del Peru, en el articulo 194 establece que las municipalidades son organos de gobierno local que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia y el articulo 195 que establece que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economia local, y la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad; Que, el articulo 9 inciso 8 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, le otorga atribuciones al Concejo Municipal para aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos; igualmente, el articulo 81 inciso1, numeral 1, senala como funciones especificas exclusivas de las municipalidades provinciales en materia de MORDAZA, Vialidad y Transporte Publico, la funcion de normar y regular el servicio publico de transporte terrestre MORDAZA e interurbano de su jurisdiccion de conformidad con las leyes y reglamentos nacionales sobre la materia; Que, la Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre Nº 27181, senala en su articulo 17º que las Municipalidades Provinciales tienen competencia normativa, de gestion y de fiscalizacion en materia de transporte y MORDAZA terrestre en su jurisdiccion; Que, el Reglamento Nacional de Administracion de Transporte aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2004MTC, regula en su articulo 16 b.2 que las municipalidades provinciales tienen competencia de gestion en materia de transporte terrestre para otorgar autorizaciones en forma de permisos de operacion, permisos excepcionales y permisos eventuales para la prestacion del servicio de transporte provincial de personas; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 000020-2007MPC, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 28 de MORDAZA de 2007, se aprobo el procedimiento de acceso a otorgamiento de autorizaciones para el servicio de transporte publico en sus diversas modalidades, por el plazo de diez anos; Que, el Concejo Municipal cumple su funcion normativa, entre mecanismos, a traves de ordenanzas, de conformidad con lo previsto en los articulos 39 y 40 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, las cuales son de caracter general; Que, en la sesion de la fecha, se aprobo el Acuerdo de Concejo Nº 000156 el mismo que tiene como antecedentes el Informe Nº 255-2008-MPC/GGTU-SGT, emitido por la Subgerencia de Coordinacion y Apoyo de Transporte de la Gerencia General de Transporte MORDAZA el mismo que opina que encontrandose en evaluacion las normas tecnico - legales necesarias para la implementacion de la Ordenanza Municipal Nº

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