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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JULIO DEL AÑO 2008 (25/07/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 4

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 25 de julio de 2008 376822 PODER EJECUTIVO COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de profesional del Viceministerio de Comercio Exterior a Australia para participar en la Primera Reunión Ministerial de Reforma Estructural RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 108-2008-MINCETUR Lima, 24 de julio de 2008CONSIDERANDO:Que, en el marco del Foro de Cooperación Económica Asia Pacífi co (APEC), se llevará a cabo en la ciudad de Melbourne, Australia, del 3 al 5 de agosto de 2008, la Primera Reunión Ministerial de Reforma Estructural; Que, el Perú viene participando activamente en los grupos de APEC relacionados con dicha reforma: Comité Económico (EC), Grupo de Competencia y Desregulación (CPDG) y Grupo de Fortalecimiento de la Infraestructura Económica Legal (SELI); para lo cual se ha conformado un grupo de trabajo multisectorial del que es miembro integrante el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR; Que, por tal razón, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado que se autorice el viaje de la señorita Mariella Amemiya Siu, profesional que presta servicios en la Ofi cina General de Estudios Económicos de dicho Viceministerio, a la ciudad de Melbourne, para que en representación del MINCETUR asista a la Reunión Ministerial de Reforma Estructural antes mencionada; Que, la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, con algunas excepciones, entre ellas, los viajes que se efectúan en el marco de los acuerdos de negociación de tratados comerciales de importancia para el Perú; De conformidad con la Ley Nº 29142 antes citada, la Ley Nº 27790, de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modifi catorias, y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señorita Mariella Amemiya Siu, profesional que presta servicios en el Viceministerio de Comercio Exterior, a la ciudad de Melbourne, Australia, del 1 al 7 de agosto de 2008, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, participe en la Reunión Ministerial de Reforma Estructural a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 3 180,21 Viáticos (US$ 240,00 x 5 días) : US$ 1 200,00Tarifa CÓRPAC : US$ 30,25 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, la profesional cuyo viaje se autoriza por la presente Resolución, deberá presentar a la Ministra de Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas de acuerdo a ley. Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de AgriculturaEncargado del despacho del Ministerio deComercio Exterior y Turismo 231269-16 Establecen relación de Equipos de Canotaje, características técnicas para prestar el servicio y condiciones mínimas para el desarrollo del Curso Técnico - práctico de Rescate en Río RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 057-2008-MINCETUR/VMT Lima, 16 de julio de 2008 Visto el Memorándum Nº 694-2008-MINCETUR/VMT/ DNDT de la Dirección Nacional de Desarrollo Turístico. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2008- MINCETUR, se aprobó el Reglamento de Canotaje Turístico, el mismo que regula la actividad de los prestadores de servicios turísticos en el ámbito del canotaje turístico, a través de las Agencias de Viajes y Turismo; Que, de conformidad con lo establecido en la Tercera Disposición Complementaria y Final del referido Reglamento, mediante Resolución del Viceministerio de Turismo, se debe establecer la relación de Equipos de Canotaje, así como las características técnicas que los mismos deberán cumplir para prestar este servicio; y las condiciones mínimas para el desarrollo del Curso Técnico-práctico de Rescate en Río; Que, luego del proceso de consulta efectuado con las personas naturales y jurídicas vinculadas a esta actividad, la Dirección Nacional de Desarrollo Turístico a través de la Dirección de Normatividad y Supervisión, mediante Informe Nº 045-2008-MINCETUR/VMT/DNDT-DNS ha determinado la relación de Equipos de Canotaje y las características técnicas que deberán cumplir, así como las condiciones mínimas para el desarrollo del Curso Técnico-práctico de Rescate en Río; Estando a la propuesta formulada por la Dirección Nacional de Desarrollo Turístico; De conformidad con lo establecido en la Tercera Disposición Complementaria y Final del Reglamento de Canotaje Turístico, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2008-MINCETUR y el Reglamento de Organización y Funciones del MINCETUR, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR; Descargado desde www.elperuano.com.pe