Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2008 (26/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, sabado 26 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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modificado por Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE, contando para ello, con la conformidad de LA FIDUCIARIA S.A. y BANCO DE CREDITO DEL PERU mediante las cartas de fecha 21 de MORDAZA y del 4 de junio del 2008, respectivamente, por lo que procede el cambio de titular de los permisos de pesca y la modificatoria de las resoluciones autoritativas en el extremo referido al nombre y/o matricula de las citadas embarcaciones pesqueras; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante los Informes N° 1042008-PRODUCE/DNEPP-Dchi y Nº 307-2008-PRODUCE/ DGEPP-Dchi y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad a lo establecido en la Ley General de Pesca, Decreto Ley N° 25977, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE y modificado por Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE, los procedimientos administrativos Nº 06 y 19-A del Texto Unico de Procedimientos Administrativos , aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE y publicado por Resolucion Ministerial Nº 341-2005-PRODUCE, asimismo modificado por el Decreto Supremo Nº 015-2007PRODUCE, el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, las Resoluciones Ministeriales Nº 084 -2007-PRODUCE y Nº 086-2007-PRODUCE y el articulo Nº 149º de la Ley N° 27444- Ley del Procedimiento Administrativo General ; y En uso de las atribuciones contenidas en el articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE y por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion , aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1°.Acumular las solicitudes presentadas por TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A., referidas al cambio de titular de los permisos de pesca otorgados para operar las embarcaciones pesqueras "CAJAMARCA 9" de matricula N° CE-00947-PM y "JEQUETEPEQUE 6" con matricula Nº CE-2479-PM, y de modificacion de Resolucion Autoritativa por cambio de nombre y/o matricula (puerto) de las citadas embarcaciones pesqueras, por guardar conexion. Articulo 2°.- Aprobar el cambio de titular de los permisos de pesca otorgados mediante Resolucion Ministerial N°612-95-PE/DGE de fecha 31 de octubre de 1995 y Resolucion Ministerial Nº 164-95-PE del 18 de MORDAZA de 1995, modificadas MORDAZA en su titularidad, por Resolucion Directoral N° 204-2001-PE/DNEPP de fecha 5 de setiembre del 2001, para operar las embarcaciones pesqueras de bandera nacional denominadas "CAJAMARCA 9" con matricula N° CE-0947-PM y "JEQUETEPEQUE 6" con matricula CE-2479-PM, a favor de TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. en la extraccion del recurso anchoveta con destino al consumo humano indirecto y sardina con destino al consumo humano directo. Articulo 3°.- El acceso al recurso sardina, sera ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 001-2002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa seran destinados al consumo humano directo, o las normas establecidas en el Decreto Supremo N° 023-2004-PRODUCE. En este supuesto la totalidad de las bodegas de las embarcaciones deben mantener implementado y operativo el medio o sistema de preservacion a bordo C.S.W o R.S.W, cuyo funcionamiento es obligatorio. Articulo 4°.- Modificar la Resolucion Directoral Nº 612-95-PE/DGE de fecha 31 de octubre de 1995 y Resolucion Ministerial Nº 164-95-PE del 18 de MORDAZA de 1995, modificadas MORDAZA en su titularidad, por Resolucion Directoral N° 204-2001-PE/DNEPP de fecha 5 de setiembre del 2001, en el extremo referido al nombre y /o matricula de la embarcacion pesquera "CAJAMARCA 9" de matricula CE-0947-PM , la misma que en adelante se denominara " TASA 421" con matricula CE-0947-PM y "JEQUETEPEQUE 6" con matricula CE-2479-PM, la misma que en adelante se denominara "TASA 110" con matricula HO-2479-PM, manteniendose las demas caracteristicas tecnicas. Articulo 5°.- Dejar sin efecto la titularidad de los permisos de pesca otorgados mediante Resolucion Ministerial N° 612-95-PE/DGE de fecha 31 de octubre de 1995 y Resolucion Ministerial Nº 164-95-PE del 18 de MORDAZA de 1995, modificadas MORDAZA en su titularidad, por Resolucion Directoral N° 204-2001-PE/DNEPP de fecha 5 de setiembre del 2001, para operar las embarcaciones

pesqueras "CAJAMARCA 9" de matricula N° CE-0947-PM y "JEQUETEPEQUE 6"de matricula Nº CE-2479-PM. Articulo 6°.- Incorporar a TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. como titular de los permiso de pesca otorgados por Resolucion Ministerial N° 612-95-PE/DGE de fecha 31 de octubre de 1995 y Resolucion Ministerial Nº 164-95-PE del 18 de MORDAZA de 1995, modificadas MORDAZA en su titularidad, por Resolucion Directoral N° 204-2001-PE/ DNEPP de fecha 5 de setiembre del 2001, para operar las embarcaciones pesqueras denominadas "TASA 421" con matricula Nº CE-0947-PM y "TASA 110" con matricula Nº HO-2479-PM, asi como la presente Resolucion, al literal A) del Anexo I de la Resolucion Ministerial N° 084-2007PRODUCE y al Anexo II de la Resolucion Ministerial N° 086-2007-PRODUCE, respectivamente, excluyendo a la empresa GRUPO SINDICATO PESQUERO DEL PERU S.A. y a la Resolucion Ministerial N° 204-2001-PE/DNEPP de los indicados anexos con respecto a las citadas embarcaciones pesqueras. Articulo 7°.- La vigencia del permiso de pesca otorgado por la presente Resolucion esta supeditada al cumplimiento de la normatividad en materia de ordenamiento juridico pesquero, de sanidad y de medio ambiente. Articulo 8º .Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

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Otorgan autorizacion de incremento de flota a Inversiones Pesqueras Tacna S.A.C. para la adquisicion de embarcacion pesquera multiproposito
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 334-2008-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 7 de MORDAZA del 2008 Visto el escrito con Registro Nº 00012329 del 13 de febrero del 2008, presentado por la empresa INVERSIONES PESQUERAS TACNA S.A.C. CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 24º del Decreto Ley Nº 259777 ­ Ley General de Pesca, la construccion y adquisicion de embarcaciones pesqueras debera contar con autorizacion previa de incremento de flota otorgada por el Ministerio de la Produccion en funcion de la disponibilidad, preservacion y explotacion racional de los recursos hidrobiologicos. Las nuevas autorizaciones de incremento de flota solo se otorgaran a aquellos armadores cuyas embarcaciones posean sistemas de preservacion a bordo, adecuados artes y aparejos de pesca y su operacion se oriente a la extraccion de recursos hidrobiologicos subexplotados e inexplotados; Que de acuerdo con el numeral 2 del literal a), del Articulo 30º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, constituye extraccion comercial de mayor escala en el ambito MORDAZA la realizada con embarcaciones mayores de 32.6 m3 de capacidad de bodega; Que conforme el numeral 32.1 del Articulo 32º del Reglamento de la Ley General de Pesca, las autorizaciones de incremento para embarcaciones pesqueras de mayor escala en el ambito MORDAZA que se dediquen a la pesca para consumo humano directo, se otorgaran siempre que las embarcaciones dispongan de bodega totalmente insulada y de medios o sistemas de preservacion o conservacion a bordo y cumplan con los requisitos de sanidad e higiene industrial exigidos por las disposiciones vigentes sobre la materia;

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