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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 26 de julio de 2008 376956 Que, asimismo, mediante la Resolución de Secretaria de Descentralización Nº 006-2008-PCM/SD, se certifi ca que el Gobierno Regional de Amazonas ha cumplido con los Requisitos Generales para acceder a la transferencia de las funciones sectoriales incluidas en el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2007; Que, a través de la suscripción de las Actas de Entrega y Recepción a cargo del Titular del Pliego y del Presidente del Gobierno Regional de Amazonas, se ha formalizado la transferencia de las funciones sectoriales en salud pública a favor del Gobierno Regional; Que, en consecuencia, resulta conveniente dar por concluido el proceso de transferencia de las funciones sectoriales en materia de salud al Gobierno Regional de Amazonas, comprendidas en el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales 2007; Con la visación de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, de la Responsable de la Ofi cina de Descentralización y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo establecido en el literal l) del artículo 8° de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE:Artículo Único.- Declarar que el Gobierno Regional de Amazonas ha culminado el proceso de transferencia de las funciones sectoriales en materia de salud contenidas en el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2007, aprobado por Decreto Supremo Nº 036-2007-PCM, las cuales se precisan en el “Acta de Entrega y Recepción de funciones sectoriales y recursos” que forma parte de la presente Resolución Ministerial; en tal virtud, el Gobierno Regional de Amazonas es competente para el ejercicio de dichas funciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.HERNÁN GARRIDO LECCA MONTAÑEZ Ministro de Salud 231370-2 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Designan miembro titular de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 219-2008-TR Lima, 25 de julio de 2008 VISTOS: El memorando Nº 765-2008-MTPE/4 del Secretario General del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y el ofi cio Nº 1761-2008-MTPE/4/10.1 de Director General de la Ofi cina de Administración del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, CONSIDERANDO: Que el Decreto Legislativo Nº 276 – Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, señala en su artículo 32º que en las entidades de la Administración Pública se establecerán comisiones permanentes de procesos administrativos disciplinarios; Que asimismo, el Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, en su artículo 165º indica que la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios estará constituida por tres (3) miembros titulares y contará con tres (3) miembros suplentes y será presidida por un funcionario designado por el titular de la entidad e integrado por el Jefe de Personal y un servidor de carrera designado por los servidores; Que por Resolución Ministerial Nº 253-2003-TR y modifi catorias, se constituyó la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que mediante Resolución Ministerial Nº 152-2008-TR se determinó como cargo de confi anza, el cargo de Director de Sistema Administrativo II de la Ofi cina de Personal y el cargo de Director Sistema Administrativo II de la Ofi cina de Abastecimiento y Servicios y Auxiliares; Que mediante Resolución Ministerial Nº 156-2008-TR del 3 de junio de 2008, se designó al ingeniero Luis Fernando Santa Cruz Urbina como Director de Sistema Administrativo II (F-3) de la Ofi cina de Personal de la Ofi cina de Administración del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que en atención a los considerandos expuestos y a la documentación de vistos, corresponde emitir el acto administrativo que designe al ingeniero Luis Fernando Santa Cruz Urbina como miembro titular de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Con la visación del Director General de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º del Decreto Legislativo Nº 276 – Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, el artículo 165º del Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; el numeral 8 del artículo 25º de la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el literal d) del artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR y sus modifi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Designar al ingeniero LUIS FERNANDO SANTA CRUZ URBINA, Director de Sistema Administrativo II (F-3) de la Ofi cina de Personal de la Ofi cina de Administración del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, como miembro titular de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo 2º.- Modifíquese la Resolución Ministerial Nº 253- 2003-TR, en los términos señalados en el artículo anterior. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARIO MARTÍN PASCO COSMÓPOLIS Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 231417-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Otorgan a Empresa y Servicios CECITEL E.I.R.L. la concesión única para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 562-2008-MTC/03 Lima, 21 de julio de 2008 VISTA, la solicitud presentada con Expediente Nº 2008- 015783, por EMPRESA Y SERVICIOS CECITEL E.I.R.L. sobre otorgamiento de concesión única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones, en todo el territorio de la República del Perú; precisando que el servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de cable alámbrico u óptico, será el servicio a prestar inicialmente; CONSIDERANDO:Que, el inciso 3) del artículo 75° del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, señala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el artículo 47° del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, modifi cado por la Ley Nº 28737 señala que la concesión es el acto jurídico mediante el cual Descargado desde www.elperuano.com.pe