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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 26 de julio de 2008 376954 Que, la conveniencia de la participación del Perú responde al interés de lograr su inserción efectiva en la política regional del Asia Pacífi co, a partir de iniciativas que refl ejen la voluntad política de acercamiento entre los países miembros del Foro; Que, la idea fuerza para el PERUAPEC 2008, “Un Nuevo Compromiso para el Desarrollo del Asia Pacífi co”, se enmarca en un renovado esquema de la relación entre los gobiernos del Asia Pacífi co, las instituciones fi nancieras internacionales y el sector privado; Teniendo en cuenta el Memorándum (SAP) N° SAP0548/2008, de la Subsecretaría para Asuntos de Asia, Cuenca del Pacífi co, Africa y Medio Oriente, de 11 de julio de 2008; y lo dispuesto en la Hoja de Trámite (GAC) Nº 3734 del Gabinete de Coordinación del Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores, de 10 de julio de 2008; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; los artículos 185º inciso g) y 190º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; en concordancia con el artículo 83º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos; su modifi catoria la Ley Nº 28807, que establece que los viajes ofi ciales al exterior de funcionarios y servidores públicos se realicen en clase económica; su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; la Resolución Suprema Nº 013-2007-PCM, que crea la Comisión Extraordinaria de Alto Nivel (CEAN) APEC-2008; la Resolución Suprema Nº 171-2006-RE, que declara de interés nacional el ejercicio por el Perú de la Presidencia del Foro APEC-2008, el literal i) del inciso a) de la Sétima Disposición Final de la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, que exceptúa de las medidas de austeridad a los eventos programados del Foro APEC-2008; y la Resolución Ministerial Nº 0422-2008-RE, que aprueba la “Directiva aplicable a las contrataciones y adquisiciones vinculadas a la Presidencia PERU APEC-2008”; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Gonzalo Alfonso Gutiérrez Reinel, Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores, a la ciudad de Bangkok, Reino de Tailandia, del 31 de julio al 01 de agosto de 2008, a fi n de que presida la II Comisión Conjunta de Cooperación Bilateral; a la ciudad de Hangzhou, República Popular de China, del 02 al 03 de agosto de 2008, a fi n de participar en la Tercera Reunión del Consejo Asesor Empresarial del Foro de Cooperación Económica Asia–Pacífi co (ABAC); y a la ciudad de Beijing, República Popular de China, el 04 de agosto de 2008, a fi n de realizar una visita de trabajo para que en su calidad de Presidente de la Reunión de los Altos Funcionarios pueda intercambiar opiniones con las autoridades chinas respecto a la cooperación de APEC 2008. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 24052: XVI Cumbre APEC 2008, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes US$Viáticos por día US$Número de díasTotal viáticos US$Tarifa aeropuerto US$ Gonzalo Alfonso Gutiérrez Reinel 8,106.15 260.00 5+2 1,820.00 30.25 Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de las referidas reuniones, el mencionado funcionario diplomático deberá presentar ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores, un informe de las acciones realizadas durante los viajes autorizados. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos de ninguna clase o denominación.Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 230274-1 SALUD Autorizan incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Ministerio para el Año Fiscal 2008 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 520-2008/MINSA Lima, 22 de julio del 2008 Visto, la Resolución Ministerial Nº 448-2008/MINSA de fecha 30 de junio del 2008, mediante el cual se aceptó la donación comprometida por el Fondo General de Contravalor Perú-Japón al Ministerio de Salud en el marco del Convenio Nº 016-2008/MINSA y la Nota Informativa Nº 131-2008-TESORERIA/MINSA; CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y de la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, se expidió la Resolución Ministerial Nº 1061-2007/MINSA, de fecha 28 de diciembre de 2007, que aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Año Fiscal 2008 del Pliego 011 Ministerio de Salud; Que, con fecha 13 de junio de 2008 se suscribió el Convenio de Financiamiento y Ejecución del Proyecto “Adquisición de un Hospital de Campaña para la mejora de la capacidad de respuesta de atención médica especializada en situaciones de Emergencia y Desastres”, entre el Fondo General de Contravalor Perú-Japón y el Ministerio de Salud del Perú; Que, en el marco del citado Convenio el Ministerio de Salud aceptó la donación ofrecida por el Fondo General de Contravalor Perú-Japón por la suma CUATRO MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO CON 00/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 4 598 995,00), destinados a fi nanciar el Proyecto “Adquisición de un Hospital de Campaña para la mejora de la capacidad de respuesta de atención médica especializada en situaciones de Emergencia y Desastres”, que tiene como objetivo general: Garantizar la continuidad de la prestación de salud en la zona de emergencia causada por el sismo del pasado 15 de agosto, en tanto se restablezca la infraestructura hospitalaria de la zona; y disponer de instalaciones que permitan llevar a las zonas de emergencia las prestaciones de salud mínimas necesarias de una manera rápida y fl exible; Que, mediante Nota Informativa del Visto, la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Salud informa que con fecha 18 de julio de 2008 el Fondo General de Contravalor Perú-Japón ha efectuado el depósito en la Cuenta Corriente Nº 06-000-033373 del Banco de la Nación correspondiente al Ministerio de Salud, por la suma de CUATRO MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO CON 00/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 4 598 995,00), equivalentes a TRECE MILLONES SETENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y DOS CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 13 079 542,00); Que, de la fecha de aceptación de la donación a la fecha del depósito de la misma se ha producido una modifi cación del tipo de cambio, por lo que resulta necesario modifi car el Artículo 1º de la Resolución Ministerial del Visto; Que, de acuerdo al artículo 69º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por Resolución del Titular de la Entidad, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos públicos. Asimismo, dispone que dicha Resolución sea publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, cuando el monto de la donación supere las cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias; Descargado desde www.elperuano.com.pe