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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 3 de junio de 2008 373335 Municipal, sin señalar pautas y lineamientos necesarios para la realización de elecciones de los representantes de la sociedad civil que formarán parte del referido Concejo; Que, del análisis y debate de los documentos de vistos, el pleno del Concejo Municipal ha considerado necesario reglamentar el proceso de elección de los representantes de las organizaciones vecinales, sociales de base, asociaciones, organizaciones de productores, gremios empresariales, organizaciones deportivo-culturales, de salud y cualquier otra forma de organización a nivel Distrital, ante el Concejo de Coordinación Local Distrital; Con el voto aprobatorio de los señores regidores y con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal Distrital de la Municipalidad de Independencia, en ejercicio de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado; la ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y estando a las consideraciones expuestas; Aprobó la siguiente Ordenanza: ORDENANZA REGLAMENTO PARA LA ELECCION DE LOS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CONCEJO DE COORDINACION LOCAL DISTRITAL DE INDEPENDENCIA. TÍTULO I GENERALIDADES Artículo 1º.- Finalidad de la Ordenanza La presente Ordenanza tiene por fi nalidad garantizar la plena participación de las/los representantes de las organizaciones de la Sociedad Civil del distrito de Independencia ante el CCLD, en igualdad de oportunidades y equidad de género. Establece y regula los mecanismos y procedimientos a través de los cuales las organizaciones de la Sociedad Civil eligen democráticamente a cinco (05) representantes ante el CCLD de Independencia, según lo establecido en la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783 y la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972. Artículo 2º.- Defi niciones Para la aplicación de la presente Ordenanza se considerará: a) Concejo de Coordinación Local Distrital (CCLD) , es el órgano de coordinación y concertación de la Municipalidad Distrital de Independencia. b) Organizaciones de la Sociedad Civil 1. Las personas jurídicas de derecho privado, sin fi nes de lucro, debidamente inscritas en los registros públicos o municipales, a excepción de las instituciones inscritas o en proceso de inscripción ante el Registro de Organizaciones Políticas. 2. Las organizaciones creadas o reconocidas por ley que cuenten con autonomía organizativa, administrativa y económica y que no estén adscritas a ningún órgano o institución del Estado sea éste de nivel nacional, regional o local. c) Representante de la sociedad civil, es aquella persona natural que, en aplicación de las normas y mecanismos establecidos en la Ley Orgánica de Municipalidades y en la presente Ordenanza, es elegida como miembro del Concejo de Coordinación Local por los delegados de las organizaciones de la sociedad civil inscritas en el Registro de Organizaciones de la Sociedad Civil del Distrito de Independencia y proclamado por el Comité Electoral. d) Delegado-Elector, es aquella persona natural expresamente autorizada por el máximo órgano de cada organización de la Sociedad Civil inscrita en el Registro de Organizaciones de la Sociedad Civil de la Municipalidad Distrital de Independencia, para participar en el proceso electoral en su representación y ejercer el derecho de voto en la elección de los representantes de la sociedad civil. Una misma persona natural no puede tener la representación de dos o más organizaciones. e) Candidato, Es aquel Delegado-Elector nominado para la elección de los representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Concejo de Coordinación Local Distrital.f) Padrón Electoral, es la lista con el contenido del Registro de Organizaciones de la Sociedad Civil del Distrito de Independencia, en el que consta la denominación social, domicilio, el nombre e identifi cación del Delegado - Elector que la representará para efectos del presente Reglamento. g) Libro de Registro, este libro será habilitado por la Municipalidad con el fi n de inscribir a las organizaciones de la sociedad civil interesadas en participar en el proceso electoral regulado en la presente Ordenanza. TÍTULO II DEL REGISTRO DE ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL REPRESENTATIVAS DE NIVEL DISTRITAL CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES Artículo 3º.- Apertura del Registro Apertúrese el registro de Organizaciones de la Sociedad Civil del Distrito de Independencia, en el cual se inscribirán las organizaciones de la sociedad civil que participará, a través del Concejo de Coordinación Local, en la gestión del desarrollo local mediante los mecanismos que para tal fi n establecen la Constitución del Estado, la Ley de Bases de Descentralización, la Ley Orgánica de Municipalidades y la presente Ordenanza. Artículo 4º.- Características del Registro El registro de las Organizaciones de la Sociedad Civil de la Municipalidad no es constitutivo de personería jurídica. Su mantenimiento y actualización está a cargo de la División de Participación Vecinal de la Municipalidad de Independencia. El registro está compuesto de fi chas registrales para cada organización inscrita, debiéndose consignar en cada caso; el nombre o denominación social de la organización; la siglas que la identifi can, de ser el caso; los datos de inscripción de la organización en el Registro Publico respectivo (fi cha o partida registral y fecha de constitución, domicilio social) nombre e identifi cación del o los representantes legales y de la persona designada como delegado-elector. Artículo 5º.- Clasifi cación de las Organizaciones de la Sociedad Civil La clasifi cación por segmentos de las Organizaciones de la Sociedad Civil, se efectuará de acuerdo a la siguiente relación: a) Vecinal: - Asentamientos Humanos - Urbanizaciones Populares- Asociaciones de Vivienda- Cooperativas de vivienda- Junta o Comités Vecinales- Comités de Obra o de Gestión- Asociaciones de Fundadores- Comités Cívicos- Comités de Seguridad Ciudadana- Otras organizaciones afi nes. b) Apoyo Alimentario (OSB) - Vaso de leche - Comedores Populares- Clubes de Madres- Wawa Wasi- Otras organizaciones afi nes. c) Salud y Medio Ambiente- Asociaciones de Discapacitados - OMAPED - Asociaciones de la Tercera Edad o Adulto Mayor- Comités de Salud- Promotoras de Salud- CLAS (Comunidad Local de Administración de Salud) - Comités de Parques- Asociaciones de Ecología y Medio Ambiente- Otras organizaciones afi nes. d) Económico Laboral:- Organizaciones Industriales (Empresa Manufactureras y de Producción)Descargado desde www.elperuano.com.pe