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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE JUNIO DEL AÑO 2008 (05/06/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 4

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 5 de junio de 2008 373442 de modi fi caciones presupuestarias hasta por el monto señalado en el párrafo anterior. Artículo 3º.- Criterios de selección Las Direcciones Regionales de Vivienda, Construcción y Saneamiento en coordinación con los Comités Distritales de Defensa Civil, son los encargados de focalizar las zonas de intervención, además de la selección de las viviendas bene fi ciarias, en función a: - Centros Poblados ubicados a más de 3,500 metros sobre el nivel del mar. - Características sobre las vías de acceso (rutas conocidas, tiempos de fi nidos, tipo de acceso vehicular, trocha afi rmada, pavimentada peatonal y/o por camino de herradura). - Centros Poblados ubicados en los distritos considerados en el “Mapa de Pobreza de FONCODES” y el Sistema de Selección y Focalización de Hogares - SISFOH, con la califi cación de pobreza y pobreza extrema (quintiles 1 y 2). - Grupos no menores de diez (10) unidades de viviendas próximas y habitadas. - Viviendas que cumplan con las condiciones mínimas establecidas en el expediente técnico elaborado por el Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO, para su correcto funcionamiento. Artículo 4º.- Acciones a cargo de SENCICOEl Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO estará encargado de iniciar las acciones de capacitación y aplicación de las técnicas para la instalación del “Muro Trombe” en las zonas alto andinas debidamente identificadas y focalizadas. En los casos de departamentos que no cuenten con las sedes zonales de SENCICO, dicha institución convocará a la sede zonal más próxima para que realice las citadas funciones. Artículo 5º.- Validación del grado de calefacciónEl Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento coordinará con los organismos especializados, la validación del grado de calefacción logrado con la implementación del “Muro Trombe” en las viviendas beneficiarias. Artículo 6º.- Disposiciones ComplementariasEl Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento dictará las disposiciones complementarias que fueran necesarias para la mejor aplicación del presente Decreto de Urgencia. Los Gobiernos Regionales podrán realizar acciones referidas a la implementación y supervisión de la tecnología alternativa de calefacción “Muro Trombe”. Artículo 7º.- RefrendoEl presente Decreto de Urgencia será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Economía y Finanzas, y por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de junio del año dos mil ocho. ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 209167-1AGRICULTURA Designan Gerente General del INRENA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 419-2008-AG Lima, 3 de junio de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 410-2008- AG se aceptó la renuncia al cargo de Gerente General del Instituto Nacional de Recursos Naturales –INRENA, formulada por Miguel de los Reyes Rosas Silva; Que, encontrándose vacante el mencionado cargo de confi anza, resulta pertinente designar a quien desempeñará las funciones de Gerente General del INRENA; De conformidad con la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, el Decreto Legislativo Nº 997 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por el Decreto Supremo Nº 017-2001-AG; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, con e fi cacia anticipada al 30 de mayo del 2008, a FRANCISCO MARCELINO PALOMINO GARCÍA, en el cargo de Gerente General del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, cargo considerado de con fi anza. Regístrese, comuníquese y publíquese. ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Agricultura 209082-1 Aceptan renuncia y designan Gerente Departamental de Junín del PRONAMACHCS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 420-2008-AG Lima, 3 de junio de 2008 VISTO:El Ofi cio Nº 710-2008-AG-PRONAMACHCS-GG de fecha 22 de mayo del 2008, de la Gerencia General del Programa Nacional de Cuencas Hidrográ fi cas y Conservación de Suelos – PRONAMACHCS, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 254-2007-AG de fecha 20 de marzo del 2007 se designó a Angel Miguel Saldaña Gonzáles, en el cargo de Gerente Departamental de Junín, del PRONAMACHCS, del Ministerio de Agricultura; Que, el citado funcionario presentó su renuncia al cargo con fecha 9 de abril del 2008, la misma que se ha visto por conveniente aceptar, y proceder a designar a quien lo sustituirá en el cargo antes citado; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, Decreto Legislativo Nº 997 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, y el Decreto Supremo Nº 017-2001-AG – Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura; Descargado desde www.elperuano.com.pe