Norma Legal Oficial del día 05 de junio del año 2008 (05/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, jueves 5 de junio de 2008

NORMAS LEGALES
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DEFENSA
Asignan nombre, letra de clase, numero de casco e indicativo internacional a canonera fluvial en MORDAZA de construccion en el Servicio Industrial de la MORDAZA - Iquitos
DECRETO SUPREMO N° 008-2008-DE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, en el Planeamiento Estrategico de la MORDAZA de MORDAZA del Peru orientado al fortalecimiento de las Fuerzas Navales al ano 2012, se considera la construccion de DOS (2) Canoneras Fluviales con la finalidad de ampliar el control fluvial en el area de responsabilidad de la Comandancia General de Operaciones de la Amazonia; Que, mediante Resolucion de la Comandancia General de la MORDAZA Nº 0449-2005-CGMG (S) de fecha 25 de MORDAZA 2005, se nombro el Comite Tecnico-Operacional que se encargo de determinar las caracteristicas tecnicas y operacionales especificas que deberan tener las Canoneras Fluviales de largo alcance; las mismas que se encuentran en MORDAZA de construccion en el Servicio Industrial de la MORDAZA - Iquitos; Que, para la viabilizacion de la construccion de las Canoneras Fluviales, se desarrollaron los estudios de preinversion, dentro del MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion, correspondiente al Proyecto de Inversion Publica denominado "Ampliacion de la Capacidad de realizar Operaciones Fluviales en la Amazonia Peruana" codigo SNIP 27203; los mismos que han sido aprobados y declarados viables en el nivel de factibilidad por la Oficina de Programacion e Inversiones del Ministerio de Defensa, mediante Oficio Nº 1772 DGPE/C/03 del Director General de Politica y Estrategia del Ministerio de Defensa de fecha 6 de MORDAZA de 2006; Que, la Ley Nº 27073 ­ Ley de los Servicios Industriales de la MORDAZA S.A. (SIMA PERU S.A.), en su Articulo 4º Inciso (a), establece que el objeto social de dicha empresa comprende efectuar en forma prioritaria, la reparacion, carena, alteracion y construccion de los buques de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, asi como los trabajos que esta le encargue con relacion al mantenimiento de su equipamiento; Que, la Primera Disposicion Especial de la Ley nombrada en el considerando precedente, precisa que SIMA-PERU S.A., tiene como empresa filial a los Servicios Industriales de la MORDAZA ­ Iquitos S.R.Ltda (SIMA-IQUITOS S.R.Ltda.), con domicilio en la MORDAZA de Iquitos, y en su Tercera Disposicion Especial, establece que las actividades de SIMA-PERU S.A., para la MORDAZA de MORDAZA del Peru, seran efectuadas bajo la modalidad de encargo, segun contratos aprobados por la Comandancia General de la Marina; Que, mediante Resolucion de la Comandancia General de la MORDAZA Nº 0687-2006 CGMG de fecha 27 de noviembre de 2006, se autoriza la ejecucion de la construccion de DOS (2) Canoneras Fluviales de DOS (2) pies de calado correspondientes al Proyecto de inversion Publica denominado "Ampliacion de la Capacidad de realizar Operaciones Fluviales en la Amazonia Peruana" codigo SNIP 27203, asi como aprueba el proyecto de Convenio para la Construccion por la modalidad de encargo para la Comandancia General de Operaciones de la Amazonia, a ser suscrito entre el Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru ­ Direccion General del Material de la MORDAZA con los Servicios Industriales de la MORDAZA ­ Iquitos S.R.Ltda (SIMA-IQUITOS S.R.Ltda); Que, mediante Resolucion de la Comandancia General de la MORDAZA N° 0352-2008-CGMG (R) de fecha 20 de MORDAZA de 2008, se aprobo la suscripcion del proyecto de Adenda de Modificacion N° 001-2208 al Convenio para la Construccion de DOS (2) Canoneras Fluviales de DOS (2) pies de calado - para la MORDAZA de MORDAZA del Peru

- Comandancia General de Operaciones de la Amazonia MGP-SP-CF2006, entre el Director General del Material de la MORDAZA, Director General de Economia de la MORDAZA y el Jefe del Servicio Industrial de la MORDAZA Iquitos S.R.Ltda., relacionado a los trabajos complementarios en el diseno y construccion de la Primera Canonera Fluvial considerandose la ampliacion de DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO (268) dias calendario adicionales contados a partir de la fecha de la suscripcion de la misma, asi como para la MORDAZA canonera, estableciendose ademas la forma de pago y MORDAZA de cambio que el convenio establece. Que, en tanto dure el MORDAZA de construccion de UNA (1) de las referidas Canoneras Fluviales, se hace necesario asignarle nombre, letra de clase, numero de casco e indicativos internacionales, para su control dentro de los inventarios de la MORDAZA de MORDAZA del Peru; Que, el Reglamento del Servicio Interno de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, RESEIN-11106, establece que las Canoneras Fluviales o Lacustres se designaran con nombres de puertos fluviales o lacustres, segun sea el caso, MORDAZA o MORDAZA del Peru u ostentaran nombres de heroes navales y personajes de gran trascendencia en la historia de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, en el ambito fluvial y lacustre; Que, el Decreto Supremo N° 020-DE/SG de fecha 5 de diciembre 1988, dispone que la incorporacion de Unidades Navales deben efectuarse por Decreto Supremo; Estando a lo opinado por el Comandante General de la MORDAZA y a lo acordado con el Ministro de Defensa; DECRETA: Articulo 1°.- Asignar a la Canonera Fluvial en MORDAZA de construccion en los Servicios Industriales de la MORDAZA - Iquitos S.R.Ltda (SIMA-IQUITOS S.R.Ltda), segun su precedencia de MORDAZA, con el nombre, letra de clase, numero de casco e indicativo internacional que se indica: Nombre B.A.P. "CLAVERO" Letra de Clase y N° de Casco CF-16 Indicativo Internacional OBCB

Articulo 2°.- Al afirmado del pabellon nacional en las Canoneras Fluviales, estas seran incorporadas como parte del Inventario de las Unidades de la MORDAZA de MORDAZA del Peru. Articulo 3°.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Defensa. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cuatro dias del mes de junio del ano Dos Mil Ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA ARAOZ E. Ministro de Defensa 209167-2

Autorizan viaje de Personal Militar para participar en la XII Conferencia Bilateral de Inteligencia entre las Fuerzas Aereas de Ecuador y Peru
RESOLUCION SUPREMA Nº 167-2008-DE/FAP MORDAZA, 4 de junio de 2008 Visto el oficio Nº 0056-ER-1-S-D-2008 de fecha 10 de marzo de 2008, del Comandante General de la Fuerza Aerea Ecuatoriana; el oficio C-200-DIPL-Nº 547 de fecha 17 de MORDAZA de 2008, del Director de Inteligencia de la Fuerza Aerea del Peru; y, la Papeleta de Tramite Nº 1732SGFA de fecha 21 de MORDAZA de 2008, del Secretario General de la Fuerza Aerea del Peru;

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