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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 5 de junio de 2008 373456 Acreditan a Ingenieros Mecánicos y/o Mecánicos Electricistas para que suscriban las Fichas Técnicas de Importación de Vehículos Usados y Especiales RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 6391-2008-MTC/15 Lima, 6 de abril de 2008 VISTOS:Los expedientes solicitando acreditación de ingenieros para la suscripción de la Ficha Técnica de Importación de Vehículos Usados y Especiales que a continuación se mencionan: a) Registro Nº 023589 presentado por el Colegio de Ingenieros del Perú, Consejo Departamental de Arequipa; b) Registro Nº 044255 presentado por el Colegio de Ingenieros del Perú, Consejo Departamental de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC, modifi cado por los Decretos Supremos Nºs. 005-2004- MTC, 014-2004-MTC, 035-2004-MTC, 002-2005-MTC, 017-2005-MTC, 012-2006-MTC, 023-2006-MTC, 037-2006-MTC y 006-2008-MTC, se aprobó el Reglamento Nacional de Vehículos, el mismo que tiene como objeto establecer los requisitos y características técnicas que deben cumplir los vehículos para que ingresen, se registren, transiten, operen y se retiren del sistema nacional de transporte terrestre; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 014-2004- MTC, se modifi có el artículo 94º del Reglamento Nacional de Vehículos, el mismo que establece los requisitos para la nacionalización de los vehículos usados tanto por el régimen regular de importación, como también por los regímenes especiales de CETICOS y ZOFRATACNA, entre los cuales se exige la Ficha Técnica de Importación de Vehículos Usados y Especiales, la misma que debe estar suscrita conjuntamente por el importador o su representante legal y un ingeniero mecánico o mecánico electricista debidamente acreditado ante la Dirección General de Circulación Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, mediante Resolución Directoral Nº 2161-2004- MTC/15, se establecieron las disposiciones que regulan de manera complementaria los requisitos, impedimentos y demás condiciones para la acreditación de ingenieros que suscribirán la Ficha Técnica de Importación de Vehículos Usados y Especiales ante la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, del análisis de los expedientes presentados, se advierte que en todos ellos se ha dado cumplimiento a los requisitos del artículo 4º de la Resolución Directoral Nº 2161-2004-MTC/15; en efecto, éstas han sido presentadas por entidades con legitimidad para formularlas; se han adjuntado fotocopias de los documentos nacionales de identidad y de los títulos profesionales a nombre de la nación de los ingenieros cuya acreditación se solicita, así como también los currículum vitae que acreditan dos (2) años de experiencia en el ramo automotriz, Certificados de Inscripción y Habilidad vigentes expedidos por el Colegio de Ingenieros del Perú, Fichas Registro de Firma y Declaración Jurada de no tener impedimentos respecto a cada uno de los profesionales; debiendo expedirse la resolución correspondiente; De conformidad con la Ley Nº 27791, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; Decreto Supremo Nº 014-2004-MTC y Resolución Directoral Nº 2161-2004-MTC/15;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acreditar como Ingenieros Mecánicos y/o Mecánicos Electricistas para que suscriban las Fichas Técnicas de Importación de Vehículos Usados y Especiales a que se re fi ere el artículo 94º del Reglamento Nacional de Vehículos, aprobado por Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y modi fi cado por los Decretos Supremos Nºs. 005-2004-MTC, 014-2004-MTC, 035-2004-MTC, 002-2005-MTC, 017-2005-MTC, 012-2006-MTC, 023-2006-MTC, 037-2006-MTC y 006-2008-MTC, por el plazo de un (1) año, que se contará a partir de la vigencia de la presente Resolución Directoral, a los profesionales que se indican en el siguiente cuadro: Nº NOMBRE TÍTULO PROFESIONALCIP DNI ENTIDAD QUE ACREDITA 03-2008 Placido Huayhua ChiseIng. Mecánico Electricista87987 29620136 Colegio de Ingenieros del Perú, Arequipa. 04-2008 Roberto Palomino GamboaIng. Mecánico 80004 10712774 Colegio de Ingenieros del Perú, Lima. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución Directoral, así como un ejemplar de la Ficha Registro de Firma de cada ingeniero acreditado, a la Intendencia Nacional de Técnica Aduanera de SUNAT y al Registro de Propiedad Vehicular de la SUNARP. Artículo 3º.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. JULIO CÉSAR CHÁVEZ BARDALES Director GeneralDirección General de Transporte Terrestre 200002-1 Declaran fundado recurso de reconsideración interpuesto contra la R.D. Nº 2561-2008-MTC/15 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 7152-2008-MTC/15 Lima, 20 de mayo de 2008 VISTO:VISTOS: el expediente Nº 2008-013968, organizado en torno al recurso de reconsideración interpuesto contra la Resolución Directoral N° 2561-2008-MTC/15, el Informe Nº 8416-2008-MTC/15.02.2 y el Memorándum N° 1040-2008-MTC/15.02 elaborado por la Dirección de Servicios de Transporte Terrestre; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral N° 2561-2008- MTC/15, de fecha 04 de marzo de 2008, se declaró improcedente la solicitud formulada por la empresa de transportes TRANS SERVIS KUELAP S.R.L. – en adelante La Empresa, sobre otorgamiento de permiso excepcional para efectuar servicio de transporte interprovincial regular de personas en la ruta: Pucará (Región Cajamarca) – Bagua Chica (Región Amazonas) y viceversa, con los vehículos de placas de rodaje Nºs. VG-8765 (2007) y VG-8769 (2007), debido a que en los Contratos de Arrendamiento según fotocopias presentadas por la peticionaria para acreditar que cuenta con locales para ser utilizados como terminales terrestres en los puntos de origen y destino de la ruta de transporte solicitada, no se señala que los referidos inmuebles cuentan con áreas e instalaciones propias al interior del local para realizar las operaciones de embarque y desembarque de pasajeros; Descargado desde www.elperuano.com.pe