Norma Legal Oficial del día 05 de junio del año 2008 (05/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, jueves 5 de junio de 2008

integrante de la Junta de Vigilancia de los Traductores Publicos Juramentados, representante del Colegio de Traductores Publicos del Peru, con efectividad al 06 de marzo de 2008. Articulo Segundo.- Dar termino al nombramiento de la Magister MORDAZA MORDAZA Paz-Soldan, como integrante de la Junta de Vigilancia de los Traductores Publicos Juramentados, representante de la Universidad MORDAZA MORDAZA, con efectividad al 06 de marzo de 2008. Articulo Tercero.- Dar las MORDAZA a la Magister MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y a la Magister MORDAZA MORDAZA Paz-Soldan, por los servicios prestados en la Junta de Vigilancia de los Traductores Publicos Juramentados. Articulo Cuarto.- Nombrar como integrante de la Junta de Vigilancia de los Traductores Publicos Juramentados, a la Vicedecana del Colegio de Traductores Publicos del Peru, Licenciada Giselly MORDAZA MORDAZA, representante del Colegio de Traductores Publicos del Peru, con efectividad al 6 de MORDAZA de 2008; Articulo Quinto.- Nombrar como integrante de la Junta de Vigilancia de los Traductores Publicos Juramentados, a la Licenciada MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante de la Universidad MORDAZA MORDAZA, con efectividad al 06 de MORDAZA de 2008. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 207510-1

articulo 8º de la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008; y el articulo 1764º y siguientes del Codigo Civil peruano; SE RESUELVE:

Articulo Primero.- Autorizar el viaje de senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, archivera de la Direccion de Archivo General y Documentacion, del Ministerio de Relaciones Exteriores, a la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Ecuador, del 5 de junio al 31 de MORDAZA de 2008, con la finalidad de organizar, de acuerdo a los procedimientos archivisticos los documentos de la Embajada del Peru en MORDAZA, Republica del Ecuador. Articulo Segundo.- Los gastos por concepto de pasajes que irrogue el viaje de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 01478: Vigilancia y Conservacion de Documentos de la Institucion, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias al termino del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Nombres y Apellidos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pasajes US$ 889.37 Tarifa aeropuerto US$ 30.25

Autorizan viaje de funcionaria de la Direccion de Archivo General y Documentacion del Ministerio a Ecuador, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0680/RE MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2008 CONSIDERANDO: Que, la Embajada del Peru en el Ecuador mantiene documentos que datan de varias decadas los cuales carecen de la organizacion tecnica archivistica adecuada; Que, por tratarse de documentos en los que se hayan registrados acontecimientos de alta importancia para la historia del Peru, se requiere el concurso de una especialista que efectue un diagnostico, evaluacion y organizacion del Archivo de la Embajada del Peru en la Republica del Ecuador, para lo cual la Direccion de Archivo General y Documentacion ha propuesto a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, archivera que cumple funciones en la Subsecretaria para Asuntos Multilaterales, a fin que se encargue de dicha tarea; Que, el indicado diagnostico, evaluacion y organizacion esta previsto para el periodo comprendido entre el 5 de junio y el 31 de MORDAZA de 2008, por lo que la mencionada senora debera viajar para permanecer en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Ecuador, durante dicho periodo; Teniendo en cuenta el Mensaje Nº L-QUITO20081042, de la Embajada del Peru en la Republica del Ecuador, de 15 de MORDAZA de 2008; el Memorandum (AGD) N° AGD0598/2008, del Archivo General y Documentacion, de 26 de MORDAZA de 2008; y la comunicacion de 2 de junio de 2008; De conformidad con el inciso m) del articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619, que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, su modificatoria la Ley Nº 28807, que establece que los viajes oficiales al exterior de servidores y funcionarios publicos se realicen en clase economica, y su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM; el numeral 8.2 del

Articulo Tercero.- Los gastos por concepto de viaticos, que irrogue el viaje de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, seran asumidos por la Asignacion para Gastos de Funcionamiento y Gestion de la Embajada del Peru en la Republica del Ecuador. Articulo Cuarto.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes al termino de lo encomendado, la mencionada funcionaria debera presentar ante el senor Ministro de Relaciones Exteriores, un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Articulo Quinto.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 208984-1

SALUD
Crean la Estrategia Nacional "Medico de Familia"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 377-2008/MINSA MORDAZA, 3 de junio del 2008 Vistos, los Expedientes Nºs. 08-040963-001, 08036800-001, 08-036799-001, 08-040963-002 y 08032327-001; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 9º de la Constitucion Politica de 1993 establece que el Estado determina la politica nacional de salud, por lo que el Poder Ejecutivo MORDAZA y supervisa su aplicacion y es responsable de disenarla y conducirla en forma plural y descentralizadora para facilitar a todos el acceso equitativo a los servicios de salud; Que, el numeral II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, establece que la proteccion de la salud es de interes publico; por tanto, es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; asimismo, el numeral VI del mismo Titulo, senala que es responsabilidad del Estado promover las condiciones que garanticen una adecuada cobertura de prestaciones de

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