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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JUNIO DEL AÑO 2008 (07/06/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 48

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 7 de junio de 2008 373658 - Benefi ciario: Destinatarios de la acción del voluntariado. Artículo Cuarto.- Organización del Programa El Programa de Voluntariado de la Municipalidad de Santiago de Surco, cuenta con la siguiente organización: a) Consejo del Programa del Voluntariado. b) Encargado del Programa.c) Miembros voluntarios. Artículo Quinto.- Conformación y Funciones del Consejo del Programa El Consejo del Programa de Voluntariado, está conformado por cinco miembros: - El Alcalde de la Municipalidad de Santiago de Surco, quien presidirá el Consejo. - El Subgerente de Bienestar Social y Desarrollo de Capacidades, como Secretario Técnico. - El Encargado del Programa.- Dos (02) miembros elegidos entre los voluntarios que integran el Programa. Son funciones del Consejo del Programa de Voluntariado, las siguientes: a) Establecer las políticas, objetivos y metas a fi n de optimizar la participación de los voluntarios y los resultados de sus actividades. Establecer las estrategias para la captación, identifi cación y participación de los voluntarios en el desarrollo del voluntariado. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Facúltese al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía disponga las medidas reglamentarias y complementarias necesarias para su aplicación. Segunda.- Encárguese a la Gerencia de Desarrollo Humano y Proyección Social y a la Subgerencia de Bienestar Social y Desarrollo de Capacidades, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Tercera.- Deróguese cualquier disposición contraria, semejante o equivalente a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Mando que se Registre, Publique, Comunique y Cumpla. JUAN MANUEL DEL MAR ESTREMADOYRO Alcalde 209318-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE AJOY ANI Exoneran de proceso de selección la adquisición de bienes destinados a la construcción de cercos alámbricos para camélidos sudamericanos ACUERDO DE CONCEJO Nº 030-2008-MDA. Ajoyani, 30 de mayo del 2008 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE AJOYANI VISTOS: El Acta de Sesión de Concejo Extraordinaria del 30 de mayo del 2008, el Informe Técnico Nº 002-2008-MDA/RO/ICEMA emitido por el Ingeniero Residente de Obra; el Informe Técnico Legal Nº 013-2008-OAL; sobre la urgencia de adquirir diversos bienes para la Obra “Construcción de Cercos Alámbricos para Camélidos Sudamericanos en las Comunidades de Ajoyani en el Distrito de Ajoyani”, mediante exoneración de proceso de selección; yCONSIDERANDO: Que, conforme dispone el Inc. c) del Art. 19º del D. S. Nº 083-2004-PCM. precisa que se encuentran exonerados de procesos de selección, las adquisiciones o contrataciones que se realicen en situación de emergencia o desabastecimiento inminente, declaradas conforme a ley; y conforme al Art. 21º del D. S. Nº 083-2004-PCM., concordante con el Art. 141º del D. S. Nº 084-2004-PCM. los que regulan la fi gura jurídica de la situación de desabastecimiento inminente, precisándose en dicha normativa, que la necesidad de los bienes, servicios u obras, debe ser actual y urgente para atender los requerimientos inmediatos, no pudiéndose invocar la existencia de una situación de desabastecimiento inminente en supuestos como en vía de regularización, por periodos consecutivos y que excedan el lapso de tiempo requerido para paliar la situación y para satisfacer las necesidades anteriores a la fecha de aprobación de la exoneración al proceso de selección; precisándose igualmente que las exoneraciones deberán ser aprobadas mediante Acuerdo del Concejo Municipal contando para tal efecto con los Informes técnico y legal previos. Que, mediante Informe Técnico Nº 002-2008-MDA/RO/ ICEMA emitido por el Ingeniero Residente de Obra, así como del Informe Nº 010-2008-UAB-MDA de fecha 28 de mayo del 2008 de la Unidad de Abastecimientos, justifi ca la necesidad de que se declare en situación de desabastecimiento inminente, toda vez de que los bienes requeridos, no son comerciales y por lo cual no existe en ferreterías ni tiendas comerciales, que las puedan vender en la ciudad de Juliaca ni en Arequipa, lo que pone en grave perjuicio la continuidad de la obra, por lo que se hace necesario su adquisición de bienes como: perfi l T de 1 ½” X 1/8”; malla ganadera de 9 hilos de 100 mts. X 1.20 mts. galvanizados; para la Obra “Construcción de Cercos Alámbricos para Camélidos Sudamericanos en las Comunidades de Ajoyani en el Distrito de Ajoyani”, requeridas para su inmediata instalación, y no se vea perjudicado ostensiblemente la misma. Que, mediante Informe Nº 007-2008-OPP. emitido por el Jefe de la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto, da a conocer que existe disponibilidad de presupuesto para adquisición de dichos bienes, con la fuente de fi nanciamiento de recursos determinados del rubro 18 CANON Y SOBRE CANON, por el valor referencial de S/. 313,096.32 nuevos soles. Asimismo, mediante Informe Técnico Legal Nº 013-2008-OAL. se ha cumplido con emitir opinión favorable de acuerdo a lo establecido en el Art. 141º del Reglamento, para su procedencia. Por lo que estando a lo previsto en los Arts. 19º, 20º y 21º del D. S. Nº 083-2004-PCM.; y el Art. 141º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM.; y con las facultades conferidas por el Art. 9º y 41º de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”. SE ACORDÓ. ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR EN SITUACIÓN DE DESABASTECIMIENTO INMINENTE Y EXONERAR DE PROCESO DE SELECCIÓN, la adquisición de bienes: perfi l T de 1 ½” X 1/8”; malla ganadera de 9 hilos de 100 mts. X 1.20 mts. galvanizados, para la Obra “Construcción de Cercos Alámbricos para Camélidos Sudamericanos en las Comunidades de Ajoyani en el Distrito de Ajoyani”, con la fuente de fi nanciamiento recursos determinados, del rubro 18 CANON Y SOBRE CANON, con un valor referencial de S/. 313,096.32 nuevos soles. ARTICULO SEGUNDO.- PRECISAR que el periodo de exoneración de los procesos de selección para la adquisición de los bienes referidos, no excederán de 10 días calendarios, rindiéndose las cuentas correspondientes. ARTICULO TERCERO.- ENCARGAR a la Ofi cina de Abastecimientos de la Municipalidad de Ajoyani, se encargue de realizar el proceso de adquisición directa de los bienes requeridos, actuando como veedores los representantes de la sociedad civil, debidamente fi scalizados por la Comisión de Regidores que corresponda. ARTICULO CUARTO.- DISPONER la remisión en copia certifi cada del presente Acuerdo de Concejo, el Informe Técnico, Legal y demás actuados a la Contraloría General de la República, al CONSUCODE, así como se cumpla con la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial “El Peruano”, dentro de los 10 días siguientes a su aprobación. REGÍSTRESE PUBLÍQUESE Y ARCHÍVESEADOLFO C. QUISPE HANCCO Alcalde 209328-1Descargado desde www.elperuano.com.pe