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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JUNIO DEL AÑO 2008 (08/06/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 64

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 8 de junio de 2008 373722 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YANAHUARA Autorizan viaje del alcalde distrital para participar en evento de capacitación para gestores del desarrollo que se realizará en Argentina ACUERDO MUNICIPAL Nº 057-2008-MDY Yanahuara, 28 de abril del 2008 VISTO: El Expediente Nº 4696-2008 del Instituto Internacional para el Desarrollo Local y la Organización para el Desarrollo de América Latina y el Caribe; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son órganos de Gobierno Local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en su artículo 9º inc. 11 señala que es facultad del Concejo Municipal autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario; Que, el Instituto Internacional para el Desarrollo Local, la Organización para el Desarrollo de América Latina y el Caribe, el Gobierno de la Provincia de Santa Fé, (Argentina), el Instituto Internacional para el Pensamiento Complejo en cooperación con la Asociación de Cooperativas Argentinas, están organizando el evento denominado Gira Internacional de Capacitación para Gestores del Desarrollo, siendo su objeto la capacitación e intercambio de Buenas Prácticas en Desarrollo Sostenible, elaboración y ejecución de proyectos de desarrollo económico social, acto que se llevará a cabo en la Provincia de Santa Fe –República de Argentina, entre el 10 y 14 de junio del presente; habiendo cursado la invitación al representante legal de la Municipalidad Distrital de Yanahuara; Que, en el citado evento se considera una exposición por parte de la comuna yanahuarina respecto del proyecto de manejo de residuos sólidos que viene implementando en el distrito de Yanahuara, siendo considerada como una buena práctica continental; Que, el Artículo X del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades 27972 señala que los Gobiernos locales promueven el desarrollo integral para viabilizar el crecimiento económico, la justicia social y la sostenibilidad ambiental; en tal sentido la municipalidad viene trabajando proyectos de sostenibilidad ambiental como es la puesta en marcha de segregación de residuos: plástico, papel y vidrio con lo cual se contribuye en el cuidado y protección del medio ambiente, por lo que la participación de la Municipalidad de Yanahuara en el evento Gira Internacional de Capacitación para Gestores del Desarrollo resulta una oportunidad de intercambio de experiencias en temas medio ambientales y máxime aún si consideran los proyectos municipales como una buena práctica continental, Estando a lo señalado, lo aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 25 de abril del 2008, y de acuerdo a las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE ACUERDA:Artículo 1º.- Autorizar al alcalde de la Municipalidad Distrital de Yanahuara Sr. Milton Edilberto Filiberto Vera Gamero para que viaje al país de la Argentina para que participe en el evento denominado “Gira Internacional de Capacitación para gestores del Desarrollo” que se llevará a cabo entre el día 10 al 14 de junio del presente en las ciudades de Rosario, Rafaela y Santa Fe. Artículo 2º.- Los gastos y viáticos que se irrogue el viaje serán cubiertos en su integridad con recursos propios por la Municipalidad Distrital de Yanahuara. MILTON VERA GAMERO Alcalde de Yanahuara 209732-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m., adjuntando la solicitud y los documentos refrendados por la persona acreditada en el Diario Ofi cial. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Todas las normas y sentencias que se remitan al Diario Ofi cial para la publicación correspondiente deberán estar contenidas en un disquete y redactadas en WORD. 4.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 páginas, el contenido del disquete o correo electrónico será considerado copia fi el del original para su publicación. 5.- Si la entidad no remitiese la norma o sentencia en disquete, deberá enviar el documento al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe. 6.- Si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán estar trabajadas en EXCEL, con una línea por celda sin justifi car y, si se agregasen gráfi cos, su presentación será en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. 7.- Las tablas o cuadros deberán ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una página apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografía mínima a utilizar deberá ser de 7 puntos. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIA LDescargado desde www.elperuano.com.pe