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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 8 de junio de 2008 373711 Artículo 6º.- DE LOS DELEGADOS Los agentes participantes inscritos que participan en los talleres zonales, sectoriales y temáticos elegirán representantes en calidad de delegados, quienes sustentarán las propuestas en los talleres distritales deliberativos. Por cada taller zonal, sectorial y temático se elegirán 09 delegados para los talleres deliberativos, siendo cada Presidente de las Juntas Vecinales miembro Nato. Artículo 7º.- DEFINICIONES Para los fi nes de la presente Ordenanza, se entiende por organizaciones de la sociedad civil participantes: a) Organizaciones privadas: Todas las organizaciones e instituciones tales como universidades, colegios profesionales, asociaciones civiles, organismos no gubernamentales, asociaciones o gremios empresariales, fundaciones, sociedades mercantiles, organizaciones religiosas o confesionales que actúan con un carácter permanente en la circunscripción del distrito. b) Organizaciones o instituciones públicas: Unidades ejecutoras, programas o proyectos de los ministerios u organismos públicos del Estado de carácter nacional o provincial que actúan o tienen sede en la circunscripción del distrito. c) Organizaciones sociales: toda organización de ciudadanos del distrito, que cuente con actividad permanente y reconocida en la circunscripción del distrito. TÍTULO III PROCESO DE PROGRAMACIÓN Y FORMULACIÓN DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Artículo 8º.- ROLES DE LOS AGENTES PARTICIPANTES Cada uno de los Agentes Participantes de acuerdo a su cargo y responsabilidad tienen en el proceso de programación y formulación del Presupuesto Participativo determinados roles. Artículo 9º.- CONSEJO DE COORDINACION LOCAL DISTRITAL a) Verifi ca la articulación entre la gestión del Plan de Desarrollo Concertado y el Presupuesto Participativo. b) Coordina con el Comité de Vigilancia del Presupuesto Participativo una efectiva vigilancia y el adecuado cumplimiento de los acuerdos. Artículo 10º.- ALCALDE a) Convoca y dirige las reuniones necesarias para el inicio del proceso de formulación y durante la formulación del mismo. b) Establece los montos referenciales para el Presupuesto Participativo con las áreas de la Municipalidad correspondientes. c) Dispone a los funcionarios encargados la obligación de la asistencia y apoyo en el proceso de programación y formulación del Presupuesto Participativo. d) Vela por el cumplimiento de los acuerdos aprobados. e) Presenta la cartera de proyectos de la Municipalidad. Artículo 11º.- EQUIPO TÉCNICO El Equipo Técnico del proceso de Presupuesto participativo, estará integrado por: a) Gerente de Planifi cación y Presupuesto, quien la presidirá. b) Gerente de Administración y Finanzasc) Gerente de Desarrollo Urbano.d) Gerente de Desarrollo Humanoe) Gerente de Desarrollo Ambientalf) Gerente de Participación y Seguridad Ciudadanag) Gerente de Desarrollo Económicoh) Subgerente de Planeamiento y Presupuesto i) Subgerente de Participación Vecinal y Organizaciones Sociales j) Subgerente de Obras Públicas, Estudios y Proyectosk) Subgerente de Planeamiento y Catastrol) Subgerente de Parques y Jardinesm) Dos profesionales con experiencia en Planifi cación y Presupuesto, que hayan sido seleccionados por el Consejo de Coordinación Local Distrital, a propuesta de los representantes de la Sociedad Civil del mismo Consejo de Coordinación Local Distrital. n) Y otros que mediante Resolución de Alcaldía se incorporen al Equipo Técnico. Artículo 12º.- FUNCIONES DEL EQUIPO TÉCNICO Las funciones que deberá realizar el Equipo Técnico son las siguientes: a) Elaborar la metodología, programación y cronograma del proceso para la formulación del Presupuesto Participativo, para su aprobación mediante Decreto de Alcaldía. b) Revisar la Cartera de Proyectos de la Municipalidad a ser presentado en el proceso. c) Informar a la población y a las organizaciones de la sociedad civil sobre el proceso presupuestario y los mecanismos de participación, desarrollando estrategias que permitan incluir a sectores escasamente representados de la población como mujeres, jóvenes, infancia y adultos mayores. d) Facilitar, sistematizar y analizar los resultados de los talleres. e) Organizar todas las actividades de capacitación que se estimen necesarias. f) Redactar el documento preliminar del Presupuesto Participativo. g) Evaluación técnica de alternativas para las inversiones o soluciones propuestas. h) Elaborar el documento fi nal del Presupuesto Participativo a presentarse ante el Consejo de Coordinación Local y el Concejo Municipal. Artículo 13º.- PROGRAMACIÓN DEL PROCESO Para los fi nes del presente documento, el Equipo Técnico programará la ejecución de las fases y los talleres del Presupuesto Participativo, promoviendo la participación organizada de todos los sectores poblacionales, considerando horarios y espacios adecuados, tomando en consideración: a) Fase I: Reuniones preparatorias y Talleres Informativos y Organizativos b) Fase II: Talleres de Trabajo de Rendición de Cuentas y Formulación del Presupuesto Participativo en los niveles zonales, sectoriales, temáticos y distritales (Revisión y Validación del PDC, Diagnóstico Temático y Territorial, Validación de Proyectos, Defi nición de Criterios de Priorización de Proyectos y Asignación de Recursos) c) Fase III: Taller Deliberativo y de Acuerdos. Artículo 14º.- PRODUCTOS DEL PROCESO Corresponde al Equipo Técnico formular los productos del proceso consistentes en: a) El Libro de Registro de Participantes. b) El Listado de Proyectos Priorizados.c) El Resumen Ejecutivo de los Talleres celebrados en el Proceso. d) La Formalización y Detalle de los Acuerdos. TÍTULO IV PROCESO DE INSCRIPCIÓN DE PARTICIPANTES Artículo 15º.- REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN Pueden inscribirse en el Libro de Registro de Agentes Participantes del Presupuesto Participativo las organizaciones que cumplan con los siguientes requisitos: a) Solicitud de inscripción. Esta solicitud tendrá valor de declaración jurada sobre la veracidad de los documentos y su contenido, estará debidamente fi rmada por el representante de la organización o ciudadano. b) Fotocopia del documento de identidad del representante o ciudadano. c) Constancia de inscripción de la organización en los registros respectivos. De no contar con la constancia expresar la situación jurídica de la organización, adjuntando documentación que acredite una antigüedad no menor de 1 año. d) En el caso de ciudadanos no organizados, se deberá adjuntar el Acta de los Vecinos que avale su participación y una propuesta de Proyecto de Desarrollo Comunal.Descargado desde www.elperuano.com.pe