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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JUNIO DEL AÑO 2008 (08/06/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 51

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 8 de junio de 2008 373709 de sus respectivas jurisdicciones, correspondiéndole a la Municipalidad Distrital de Barranco la suma de 1´000,000.00 (Un Millón de Nuevos Soles) para su ejecución; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0356-2006-RE se ofi cializaron la sedes de las reuniones del PERUAPEC – 2008, dentro de las cuales se encuentra la sede de Lima/Callao, correspondiendo realizar en dicha sede la “Reunión de Grupo de Trabajo de Aduanas” en el mes de febrero del 2008 y la “XVI Cumbre de Líderes de Asia Pacífi co”, en el mes de noviembre del 2008. Al respecto, el distrito de Barranco, forma parte de la sede de Lima, haciéndose necesario destinar los recursos transferidos mediante D.S Nº 012-2008-MTC, a la rehabilitación de las principales calles de nuestro distrito, a fi n de facilitar el libre desplazamiento de las delegaciones internacionales asistentes a tan importante evento internacional, y que realce la tradición turística y cultural del distrito de Barranco. Asimismo, nuestro distrito recibirá a los ilustres visitantes con una obra artística cultural denominada TITINA, proyecto artístico que se realizará con la participación de reconocidos actores nacionales, mostrando su arte por las principales calles de nuestro distrito. En tal sentido, la Gerencia de Desarrollo de la Ciudad ha formulado dos (02) expedientes técnicos, los mismos que han previsto la rehabilitación de las siguientes calles: Obra: “Mejoramiento de Vías Urbanas Zona Monumental, Sector Norte Barranco”, que implica la rehabilitación del Jr. Vigil, Jr. Santa Rosa, Jr. Mirafl ores, Jr. Manuel Segura, Jr. Salaverry, Parque Antonio Raymondi y Jr. Surco. Obra: “Mejoramiento de Vías Urbanas del Circuito Turístico TITINA – Barranco”, que implica la rehabilitación del Jr. Junín, Jr. Sucre, Jr. Domeyer, Jr. San Marcos, Jr. San Francisco, Jr. Colón, Jr. Cajamarca, Jr. Unión. Que, con Ofi cio Nº 158-A-2008-/MDB de fecha 12 de mayo del 2008, recibido por la CEAN APEC -2008 el 14 de mayo del 2008, se solicitó a la Presidencia de la Secretaría Ejecutiva de Organización de la Comisión Extraordinaria de Alto Nivel APEC 2008, la opinión técnica para la exceptuación del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por D.S Nº 084-2004-PCM y demás normas complementarias, para la ejecución de diversas obras de rehabilitación de calles en el distrito de Barranco precedentemente mencionadas; Que, mediante Ofi cio Nº 633-2008-CEAN-APEC2008- SEO de fecha 15 de mayo del 2008 de la Secretaría Ejecutiva de Organización CEAN – APEC PERU 2008, al amparo de la Ley Nº 29206, comunica que, luego de haber revisado los expedientes técnicos de las obras “Mejoramiento de Vías Urbanas Zona Monumental, Sector Norte Barranco” – SNIP Nº 4921109 y “Mejoramiento de Vías Urbanas del Circuito Turístico TITINA – Barranco” – SNIP Nº 492110; otorgan su opinión favorable a la exceptuación solicitada, por estar vinculada con las reuniones del Foro APEC 2008 en la ciudad de sede – Lima; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29142, el artículo 4º de la Ley Nº 29206, artículo 9º de la Ley Nº 27972 con el voto mayoritario de los miembros del concejo municipal y con la dispensa del trámite de la lectura y aprobación del acta; ACUERDA:Artículo Primero.- Exceptuar de la aplicación de las Normas del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S Nº 083-2004-PCM, su Reglamento aprobado por D.S Nº 084-2004-PCM y demás Normas Complementarias, de conformidad con la parte considerativa del presente Acuerdo de Concejo, la contratación y ejecución de las siguientes obras valorizadas en S/. 1´000,000.00 (Un Millón y 00/100 Nuevos Soles): Obra: “Mejoramiento de Vías Urbanas Zona Monumental, Sector Norte Barranco”, que implica la rehabilitación del Jr. Vigil, Jr. Santa Rosa, Jr. Mirafl ores, Jr. Manuel Segura, Jr. Salaverry, Parque Antonio Raymondi y Jr. Surco. Obra: “Mejoramiento de Vías Urbanas del Circuito Turístico TITINA – Barranco”, que implica la rehabilitación del Jr. Junín, Jr. Sucre, Jr. Domeyer, Jr. San Marcos, Jr. San Francisco, Jr. Colón, Jr. Cajamarca, Jr. Unión. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Administración Financiera, Sub Gerencia de Logística y Gerencia de Desarrollo de la Ciudad como las áreas responsables de llevar a cabo las contrataciones y adquisiciones correspondientes, las que deberán llevarse en el marco de los principios de moralidad, libre competencia, imparcialidad, efi ciencia, transparencia, economía y trato justo e igualitario. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal y Gerencia de Administración Financiera informen a la Contraloría General de la República de las Contrataciones y Adquisiciones exceptuadas al amparo del presente Acuerdo de Concejo, de conformidad con el artículo 7º de la Ley Nº 29206. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.FELIPE ANTONIO MEZARINA TONG Alcalde 210129-1 MUNICIPALIDAD DE COMAS Aprueban Marco Normativo que regula el Proceso de Programación, Participación y Concertación para la Formulación del Presupuesto Participativo para el distrito de Comas ORDENANZA Nº 263-C/MC Comas, 30 de mayo de 2008. EL CONCEJO MUNICIPAL DE COMAS VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 30 de mayo de 2008, el Acuerdo de Consejo Nº 001-2008-CCLD/MC y el Dictamen de la Comisión de Administración, Planifi cación, Economía y Finanzas, que aprueba la Modifi cación del Texto Único del Marco Normativo que regula el Proceso de Programación, Participación y Concertación para la Formulación del Presupuesto Participativo para el Distrito de Comas - Ordenanza 237-C/MC, de fecha 25 de mayo de 2007, y; CONSIDERANDO:Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, las Municipalidades Provinciales y Distritales se constituyen en órganos de gobierno local y gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo 73º numeral 5) de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las Municipalidades asumen competencias y ejercen las funciones específi cas en materia de participación vecinal, debiendo proponer; apoyar y reglamentar las participación vecinal en el desarrollo local, integrar, y organizar los registros de organizaciones sociales y vecinales de la circunscripción; Que, la Ley Marco del Presupuesto Participativo - Ley Nº 28056, establece que las disposiciones y lineamientos que permitan asegurar la efectiva participación de la Sociedad Civil en el proceso de programación participativa del Plan de Desarrollo Concertado y Presupuesto Participativo y asimismo optimizar el uso de los recursos a través de un adecuado control social en las acciones públicas; Que, mediante Resolución Directoral Nº.021-2008- EF/76.01 la Dirección Nacional de Presupuesto Público, aprobó el Instructivo Nº.002-2008-EF/76.01 “Para el Proceso del Presupuesto Participativo -Año Fiscal 2008” con el fi n de facilitar la realización del proceso presupuestario en los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; Que, mediante Ordenanza Nº 237-C/MC de fecha 25 de mayo de 2007, se aprobó el “Texto Único del Marco Normativo que regula el Proceso de Programación, Participación y Concertación para la Formulación del Presupuesto Participativo para el Distrito de Comas”; Que, el Marco Normativo a aprobar tiene como objetivo regular el proceso de Programación, Participación, Concertación; con la fi nalidad de formular el Presupuesto Participativo del Distrito de Comas; mediante el cual se fortalece las relaciones Estado - Sociedad, defi niendo las prioridades sobre las acciones a implementar en el nivel de Gobierno Local, con la participación de la sociedad Descargado desde www.elperuano.com.pe