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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JUNIO DEL AÑO 2008 (08/06/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 59

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 8 de junio de 2008 373717 eléctrica que resulta cuando es usado en las noches; por lo tanto es necesario dejar sin efecto dicha ordenanza y debe dictarse una nueva sincerizando los costos; Que, es una preocupación y un objetivo prioritario de la actual Administración Municipal, crear y fomentar la Educación, la Cultura, el Deporte, la Recreación y el Turismo en nuestro distrito, sensibilizando a la población Rímense en especial a los niños, niñas y adolescentes, incentivando su participación, brindándoseles para ello el uso de las instalaciones tanto deportivas como culturales; Que, mediante Dictamen Nº 001-2008-CECTD-SR- MDR la Comisión de Educación, Cultura, Turismo y Deporte emite dictamen favorable con relación al Proyecto de Ordenanza que aprueba los Cuadros Tarifarios por los conceptos de Talleres de Vacaciones Útiles y los Cuadros por hora/fracción de alquiler de los ambientes existentes en el Complejo Deportivo Municipal Alejandro Villanueva en el que se hace modifi caciones en los montos a cobrar por el alquiler del Campo de Fútbol del mencionado Complejo Deportivo; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con la dispensa del trámite de aprobación del acta, el Concejo Municipal, por unanimidad, aprobó la siguiente ordenanza: ORDENANZA QUE APRUEBA LOS CUADROS TARIFARIOS POR LOS CONCEPTOS DE TALLERES DE VACACIONES ÚTILES Y LOS CUADROS POR HORA/FRACCIÓN DE ALQUILER DE LOS AMBIENTES EXISTENTES EN EL COMPLEJO DEPORTIVO MUNICIPAL ALEJANDRO VILLANUEVA Artículo Primero.- Aprobar los cuadros tarifarios por lo conceptos de: Talleres de Vacaciones Útiles y los cuadros tarifarios por hora/fracción del alquiler de los ambientes existentes en el Complejo Deportivo Municipal Alejandro Villanueva (campo de fútbol, losas polideportivas, anfi teatro y piscina), los cuales forman parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- Derogar a partir de la fecha la Ordenanza Nº 034-MDR de fecha 27.09.01, así como todas las normas que se opongan a la presente ordenanza. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Humano y Servicios Sociales, Gerencia de Rentas y Desarrollo Económico Local y a la Subgerencia de Educación, Cultura, Deportes, Recreación y Turismo, el cumplimiento de lo dispuesto en la misma. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.Dado en el Palacio Municipal a los treinta días del mes de mayo de dos mil ocho. VÍCTOR LEYTON DÍAZ Alcalde 210056-1 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Establecen la “Campaña de Formalización de Establecimientos Comerciales en el Distrito” ORDENANZA Nº 056-2008/MVMT Villa María del Triunfo, 30 de mayo del 2008 EL CONCEJO DISTRITAL DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO; VISTO, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha que se indica, el Informe Nº 067-GR/MVMT emitido por la Gerencia de Rentas y el Informe Nº 047-GDE/ MVMT emitido por la Gerencia de Desarrollo Económico Local; CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú reconoce a las Municipalidades, autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia; en concordancia con lo señalado en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972; Que, el Artículo 86º de la Ley Orgánica de Municipalidades, señala en su numeral 3.1, que son funciones específi cas exclusivas de las municipalidades distritales: diseñar un plan estratégico para el desarrollo económico sostenible del distrito; Que, el Artículo 79º del mismo cuerpo legal establece en su Inc). 3, numeral 3.6.4, como función específi ca exclusiva de las municipalidades distritales, normar, regular , otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fi scalización de: apertura de establecimientos comerciales, industriales y de actividades profesionales de acuerdo a la zonifi cación; Que, el Artículo 9º, Inc).9 de la norma citada en el párrafo precedente prescribe que son atribuciones del Concejo Municipal crear, modifi car, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos conforme a Ley; Que, conforme a los Informes de la Gerencia de Rentas y la Gerencia de Desarrollo Económico Local, es necesario realizar una Campaña de Formalización de los establecimientos comerciales del distrito a través del otorgamiento de Licencias de Funcionamiento a comerciantes que constituyen pequeñas y micro empresas con la finalidad de promover la inversión y por tanto el desarrollo económico de nuestra jurisdicción; Estando al Informe favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica, de conformidad con los Artículos 9º numeral 8), 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, luego del debate correspondiente y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, con el Voto Unánime de los señores Regidores se aprobó la siguiente, ORDENANZA QUE ESTABLECE “CAMPAÑA DE FORMALIZACION DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES EN EL DISTRITO” Artículo Primero.- Establecer la Campaña de Formalización de Establecimientos Comerciales en el Distrito, a través del otorgamiento de Licencias de Funcionamiento, reduciendo el costo de la misma al 50% del establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos durante el período de Noventa (90) días; para los giros señalados en el anexo Nº 01 con áreas menores a 100 mt2, de la presente Ordenanza. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- Facúltese al Alcalde de la Municipalidad de Villa María del Triunfo para que, mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones reglamentarias, complementarias para la aplicación de la presente norma. Segundo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JUAN JOSÉ CASTILLO ÁNGELES Alcalde ANEXO Nº 01 - BODEGA - LIBRERÍA- BAZAR- OFICINAS ADMINISTRATIVAS- SALON DE BELLEZA- PELUQUERIASDescargado desde www.elperuano.com.pe