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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 19 de junio de 2008 374360 Artículo 20º. COMITÉS DE VIGILANCIA Y CONTROL: Los Agentes Participantes para fi nes de las acciones de vigilancia ciudadana del proceso participativo eligen de entre sus miembros del Comité de Vigilancia y Control integrado por (4) miembros titulares y dos (2) miembros suplentes, éste se conforma al inicio del proceso y fi naliza su labor en diciembre del año siguiente. Son requisitos para ser miembro del Comité de Vigilancia y Control: 1. Ser Agente Participante representante de una organización social de base de carácter provincial o zonal, que forma parte del ámbito jurisdiccional de la Provincia. 2. Radicar en la jurisdicción de la Provincia. Los Comités de Vigilancia y Control son competentes para: 1. Vigilar el desenvolvimiento de las distintas etapas del proceso participativo según el marco normativo nacional, la ordenanza municipal y los acuerdos en el Presupuesto Participativo. 2. Vigilar que los proyectos priorizados formen parte del Presupuesto Institucional de Apertura. 3. Vigilar que la municipalidad cuente con un cronograma aprobado de ejecución de obras, correspondiente al proceso participativo a fi n de facilitar la vigilancia 4. Vigilar que los recursos municipales y de la sociedad civil, destinados al presupuesto participativo del ejercicio fi scal, sean invertidos de conformidad con los acuerdos y compromisos asumidos. 5. Informar semestralmente al Consejo de Coordinación Local y a la sociedad civil en general, sobre los resultados de la vigilancia. 6. Que se cumpla con las rendiciones de cuenta establecidas. Artículo 21º.- REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN Para inscribirse en el Libro de Registros Participantes para el Presupuesto Participativo 2009, se requiere presentar: una solicitud dirigida al Alcalde Provincial pidiendo su inscripción, debiéndose señalar en la misma solicitud la información mínima que señala el Artículo 14º de la presente Ordenanza y acompañando lo siguiente: 1. Copia del Acta de Fundación. 2. Fotocopia simple del documento de identidad del representante legal. 3. Copia del acta de la Directiva de la Organización Social, mediante la cual es elegido para representar a su organización en el proceso participativo. Artículo 22º.- RENDICIÓN DE CUENTAS En el procedimiento básico del proceso, la Rendición de Cuentas constituye la fase del mismo, en esta parte del proceso el señor Alcalde dará a conocer el resultado de la gestión municipal en general, priorizando los resultados de la ejecución del Presupuesto Participativo 2008 por medio de un resumen ejecutivo preparado para este fi n. Artículo 23º.- ÓRGANO COMPETENTE La Gerencia de Asuntos Comunales es el Órgano encargado de administrar el proceso de inscripción de las Organizaciones de la Sociedad Civil al Presupuesto Participativo. Artículo 24°.- SOBRE MONITOREO Y EVALUACIÓN El proceso de ejecución presupuestaria, será monitoreado permanentemente. Esta labor se encarga al Consejo De Coordinación Local Provincial Artículo 25º. ASISTENCIA TÉCNICA. El presupuesto participativo del 2009, destinará recursos para brindar asistencia técnica a los agentes participantes, y juntas vecinales. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- El proceso del Presupuesto Participativo 2009 del Distrito de Yauyos, se desarrollará de manera paralela al proceso del PP Provincial, en base a los contenidos de la presente Ordenanza, con las siguientes especifi caciones: a. Con un cronograma y presupuesto específi cos articulado al proceso del Presupuesto Participativo Provincial. b. Con inscripción de agentes participantes distritalesc. Uno de los representantes de la sociedad civil ante el equipo técnico deberá ser del distrito de Yauyos. d. Los proyectos priorizados serán de carácter distrital. Segunda.- El procedimiento para la inscripción a participar en el proceso del presupuesto participativo es completamente gratuito. Tercera.- Los resultados del proceso de programación del presupuesto participativo 2009, serán publicados en medios de comunicación masiva así como en el portal Webb de la Municipalidad Provincial. Cuarta.- El Alcalde dictará normas específi cas por cada fase del proceso participativo para la aplicación y cumplimiento de la presente ordenanza. Quinta.- Los Regidores desarrollarán funciones de fi scalización y de apoyo a la implementación efectiva de mecanismos de participación concordantes con el proceso del presupuesto participativo. Sexta.- El presente Ordenanza regirá a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase.Yauyos, 31 de mayo de 2008DIOMEDES A. DIONISIO INGA Alcalde 213074-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANDAMARCA Exoneran de proceso de selección la prestación de servicios de voladura de rocas de la obra “Construcción de la Carretera Huancamachay - San Juan - KM 23.033 del distrito de Andamarca” RESOLUCIÓN DE CONCEJO Nº 008-2008-CM/MDA. Andamarca, 3 de junio del 2008 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANDAMARCA: VISTO, por el Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de la fecha, bajo la Presidencia del Sr. Severo Quiñónez Atapoma y con la asistencia de los señores Regidores: Sr. Fusafat Víctor Ramírez Soto, Jesús Rosario Almonacid Guerra, Edwin Gregorio Palacios Hinostroza, Marino Primitivo Jáuregui Apolinario y Sonia Luzmila Pahuacho Palacios. CONSIDERANDO:Que, analizados los Informes Nº 195-2008-MDA- DODUR/MAVC, Informe Nº 010-2008/MDA/ALE, pone a consideración del Concejo la solicitud de Exoneración del Proceso de Selección por Desabastecimiento Inminente para la prestación de SERVICIOS DE VOLADURA DE ROCAS DE LA OBRA “CONSTRUCCIÓN DE LA CARRETERA HUANCAMACHAY –SAN JUAN – KM 23.033 DEL DISTRITO DE ANDAMARCA”, obra de infraestructura vial de trascendencia e importancia distrital; Que, la Municipalidad Distrital de ANDAMARCA, en el mes de abril, suscribió con el Gobierno Regional de Junín un acuerdo para fi jar como fecha límite de conclusión para la ejecución del Proyecto “Construcción de la carretera Huancamachay –San Juan 23 + 033 km. de Longitud distrito de Andamarca”; el ultimo día del mes de julio del 2008. Que, para la prestación de servicios de acuerdo a la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, el proceso de selección de adjudicacion Directa Pública, hasta la suscripción del contrato comprende un plazo no menor de treinta y tres (33) días calendario, el cual constituye el 75% del plazo que se tiene para la ejecución y terminación de la obra. Que, del análisis del los párrafos precedentes y de las situaciones descritas confi guran en ambos casos el Desabastecimiento Inminente; Descargado desde www.elperuano.com.pe