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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 19 de junio de 2008 374343 VISTO: La Ordenanza N° 128-A-MDC de fecha 21 de Julio de 2007, así como el Decreto de Alcaldía Nº 006-2008-A/MDC que establece Benefi cios Tributarios dentro de la jurisdicción del Distrito de Carabayllo; y, CONSIDERANDO:Que, las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local, con personería jurídica de Derecho Público y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; de conformidad con lo establecido en el Art. 194° de la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; y concordante con lo dispuesto en la parte pertinente de la Ley Orgánica de Municipalidades; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 192° de la Constitución Política del Estado, los Gobiernos Locales tienen competencia para administrar sus bienes y rentas, así como para crear, modifi car y suprimir Contribuciones, Tasas, Arbitrios, Licencias y Derechos Municipales; Que, mediante Ordenanza Municipal N° 128-A- MDC de fecha 21 de Julio de 2007, se otorgó hasta el 31 de Agosto de 2007 EL BENEFICIO TRIBUTARIO QUE ESTABLECE FACILIDADES DE PAGO PARA QUE LOS CONTRIBUYENTES PUEDAN CUMPLIR CON LA REGULARIZACIÓN DE SUS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS SUSTANCIALES (IMPUESTO PREDIAL, ARBITRIOS MUNICIPALES Y MULTAS TRIBUTARIAS POR SUBVALUACIÓN) ANTE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA MUNICIPAL, la misma que fue ampliada mediante el Decreto de Alcaldía Nº 015-2007-A/MDC de fecha 03 de setiembre de 2007, por el Decreto de Alcaldía Nº 017-2007-A/MDC de fecha 08 de noviembre de 2007, por el Decreto de Alcaldía Nº 003-2008-A/MDC de fecha 24 de marzo de 2008, por el Decreto de Alcaldía Nº 005-2008-A/MDC de fecha 1 de abril de 2008, por el Decreto de Alcaldía Nº 006-2008 de fecha 05 de mayo de 2008; por lo que es necesario otorgar mayores facilidades a los contribuyentes del Distrito, para que puedan cumplir con sus obligaciones; Estando a lo dispuesto por la Quinta Disposición Final y Transitoria de la Ordenanza Municipal N° 128-A-MDC y las facultades conferidas en el Art. 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972; SE DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de junio de 2008, la vigencia de la Ordenanza Municipal N° 128-A-MDC que aprueba el BENEFICIOS TRIBUTARIOS QUE ESTABLECEN FACILIDADES DE PAGO PARA QUE LOS CONTRIBUYENTES PUEDAN CUMPLIR CON LA REGULARIZACIÓN DE SUS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS SUSTANCIALES (IMPUESTO PREDIAL, ARBITRIOS MUNICIPALES Y MULTAS TRIBUTARIAS POR SUBVALUACIÓN), ANTE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA MUNICIPAL EN LA JURISDICCIÓN DEL DISTRITO DE CARABAYLLO. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación del presente Decreto en el diario Ofi cial El Peruano. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Administración y Finanzas y Subgerencia de Informática. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MIGUEL A. RÍOS ZARZOSA Alcalde 214196-1 Disponen el embanderamiento general del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 009-2008-A/MDC Carabayllo, 3 de junio de 2008 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Estado, modifi cado por la Ley N° 27680, establece que las Municipalidades son órganos de Gobierno Local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, con motivo de conmemorar nuestro Distrito su próximo 437° aniversario de creación histórica, se han programado una serie de actividades que requieren la participación activa de los vecinos del distrito, razón por la cual corresponde cumplir con el embanderamiento, limpieza y pintado de las fachadas en general de todos los inmuebles ubicados en la jurisdicción del Distrito; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA:Artículo Primero.- DISPONER EL EMBANDERAMIENTO GENERAL DEL DISTRITO, así como la limpieza y el pintado de las fachadas de los inmuebles ubicados en la jurisdicción del Distrito, del 09 al 30 de Junio del presente año, con motivo de conmemorarse el 437° Aniversario de la creación histórica del Distrito de Carabayllo. Artículo Segundo.- DISPONER que la Gerencia de Desarrollo Humano y Social, a través de las respectivas Subgerencias, cumpla con invitar a los vecinos a concurrir y participar de los actos celebratorios a efectuarse durante el mes de aniversario. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la Subgerencia de Imagen Institucional su cumplimiento y respectiva difusión. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.MIGUEL A. RÍOS ZARZOSA Alcalde 214199-1 MUNICIPALIDAD DE JESUS MARIA Otorgan facultades al Subgerente de Recaudación de la Gerencia de Rentas para otorgar fraccionamientos de deudas tributarias ORDENANZA Nº 267-MDJM Jesús María, 18 de junio del 2008 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARIA POR CUANTO:EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARIA; Visto, en sesión ordinaria de la fecha, con el voto unánime de los señores regidores y con dispensa del Trámite de Lectura y Aprobación del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, son atribuciones de las Municipalidades crear, modifi car y suprimir los tributos de su competencia, conforme lo señala el artículo 74 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con lo dispuesto por la Norma IV del Título Preliminar del Código Tributario; Que, mediante Ordenanza Nº 265-MDJM, publicada el 29 de mayo del 2008, el Concejo Municipal de Jesús María aprobó el otorgamiento de diversos benefi cios, a efectos de que los contribuyentes del distrito pudieran regularizar sus deudas tributarias generadas con anterioridad al ejercicio gravable vigente; Que, es política de la actual administración conceder mayores facilidades de pago para el cumplimiento de las obligaciones tributarias, por lo que se ha estimado conveniente fl exibilizar las condiciones otorgadas en la Ordenanza mencionada, a efectos de otorgar mayores cuotas para el pago fraccionado de las deudas susceptibles de acogimiento de los benefi cios previstos; Que, el Tribunal Constitucional ha señalado que en una sociedad democrática y justa, la responsabilidad por Descargado desde www.elperuano.com.pe