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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JUNIO DEL AÑO 2008 (26/06/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 103

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 26 de junio de 2008 374881 acciones necesarias para la atención de la emergencia y la rehabilitación de las zonas afectadas. Que, mediante Informes Nºs. 189-2008-MDC-CFPB-AT, 190-2008-MDC-CFPB-AT, de fecha 22 de mayo del 2008, la Ofi cina del Área Técnica, solicita disponer la contratación de alquiler de maquinaria, la contratación de los servicios mencionadas anteriormente se deben a las intensas precipitaciones pluviales que se han presentando desde el mes de Febrero del 2008 en la Región Piura, Zona Distrito de Canchaque, los cuales han afectado el incremento de caudales en los ríos y quebradas, inundaciones, desbordamientos, deslizamientos, derrumbes de masas de tierra, y erosiones en las infraestructuras viales y agrícolas conllevando a requerir el alquiler de maquinaria de terceros para el la recuperación de la transitabilidad de trochas carrozables, etc., hechos que se encuadran dentro de la Situación de Emergencia, dispuesta en el Artículo 22º del texto Único de la ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, entendiéndose como aquella en la cual la Entidad tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastrófi cos, de situaciones que supongan grave peligro de necesidad que afecten la defensa nacional, esto es, La Municipalidad Distrital de Canchaque, se ve en la imperiosa necesidad de contratar los servicios antes mencionados. En este contexto, resulta necesario atender los requerimientos solicitados, los mismos que responden a necesidades concretas, manifi estas e impostergables, las mismas que deben ser satisfechas de manera oportuna, evitando la demora normal que se generaría de realizar los procedimientos selectivos regulares, las mismas que de no satisfacerse podrían producir mayores daños al interés público. Que, con informe Legal Nº 036-2008-MS-ALE-GLDC, de fecha 11 de Junio de 2008, la Ofi cina de Asesoría Legal, emite opinión legal respecto a la Exoneración de Procesos de Selección por causal de Situación de Emergencia de conformidad con el Decreto Supremo Nº 016-2008-PCM, concluyendo, que la situación de Emergencia esta claramente establecida, puesto que con fecha 28 de Febrero del 2008, fue emitido el Decreto Supremo Nº 016-2008-PCM, mediante el cual se declara el Estado de Emergencia por desastre natural, entre otros al departamento de Piura, por el plazo de sesenta (60) días calendario, para la ejecución de acciones inmediatas destinadas a la atención de la emergencia y rehabilitación de las zonas afectadas, el cual fue prorrogado mediante Decreto Supremo Nº 032-2008-PCM, publicado con fecha 25 de Abril del 2008, situación que de conformidad con las normas antes mencionadas permite la exoneración de procesos de selección vinculados a la referida causal, por lo que recomienda que se derive lo actuado al Concejo Municipal a fi n de que se adopte el Acuerdo respectivo, el mismo que, conforme lo establece el Artículo 147º del D.S. Nº 084-2004-PCM, debe publicarse en el Diario Ofi cial “El Peruano” dentro de los diez (10) días de aprobado, así como su publicación a través del SEACE. Que, conforme a lo manifestado anteriormente, existe opinión técnica y legal para declarar la Exoneración por situación de emergencia de los siguientes procesos de selección. 1.- Alquiler de Maquinaria para la recuperación de la transitabilidad de las trochas carrozables sector Coyona afectadas por las lluvias intensas ocurridas desde el mes de Enero y acentuadas a partir del 15/02/08 S/. 144,377.05 2.- Alquiler de Maquinaria para la recuperación de la transitabilidad de las trochas carrozables sector Canchaque afectadas por las lluvias intensas ocurridas desde el mes de Enero y acentuadas a partir del 15/02/08 S/. 211,864.72 Estando a lo Expuesto y a lo aprobado por unanimidad en Sesión Extraordinaria de Concejo, de fecha 11 de Junio del 2008; y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, el D.S. N° 083- 2004-PCM y D.S. N° 084-2004-PCM; y con la dispensa de aprobación de Actas; SE ACUERDA:Artículo Primero.- Declarar de conformidad al Decreto Supremo Nº 016-2008-PCM, prorrogado con el Decreto Supremo Nº 032-2008-PCM, y a los artículos 19º y 22º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, concordante con el Artículo 142º del D.S. Nº 084-2004-PCM, modifi cado mediante D.S. Nº 137-2007-EF, la Exoneración de los procesos de selección por Situación de Emergencia, según el detalle siguiente. 1.- Alquiler de Maquinaria para la recuperación de la transitabilidad de las trochas carrozables sector Coyona afectadas por las lluvias intensas ocurridas desde el mes de Enero y acentuadas a partir del 15/02/08 valor referencial S/. 144,377.05 2.- Alquiler de Maquinaria para la recuperación de la transitabilidad de las trochas carrozables sector Canchaque afectadas por las lluvias intensas ocurridas desde el mes de Enero y acentuadas a partir del 15/02/08 valor referencia S/. 211,864.72 Artículo Segundo: Disponer, la publicación del presente Acuerdo en el diario Ofi cial “El Peruano”, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su emisión. Artículo Tercero: Encargar a la Gerencia Municipal, la presentación de los informes Técnico Legal sustentatorios a la Contraloría General de la República, al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – CONSUCODE, asimismo la publicación en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado – SEACE de acuerdo a lo establecido en el Artículo 147º del D.S. Nº 084-2004-PCM. Regístrese, publíquese y cúmplase.FIDEL ANTONIO RAMIREZ VIDARTE Alcalde 217352-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SONDORILLO Exoneran de proceso de selección la adquisición de maquinaria y equipo para la construcción, mantenimiento y rehabilitación de carreteras de accesos y vías de comunicación ACUERDO DE CONCEJO Nº 020-2008-CM/MDS Sondorillo, 23 de junio del 2008EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SONDORILLO VISTO:En Sesión de Concejo Municipal de fecha 23 de junio del año 2008; El Informe Técnico INFORME Nº 010-2008/ST -CDDCS/ MDS de fecha 25 de abril del 2008, del Secretario Técnico de Defensa Civil; INFORME Nº 188-2008- JAI/MDS de fecha 13 de junio del 2008, del Jefe del Área de Infraestructura Ing. Carlos A. Yarleque Masías, y el Informe Legal Nº 017-2008-OAL/MDS de fecha 16 de junio del 2008, de la Ofi cina de Asesoría Legal Dr. Néstor Luís Sosa Carrillo, sobre la Declaratoria de Emergencia de los accesos y vías de comunicación, servicios de salubridad, salud, educación y principalmente la Construcción, Mantenimiento y rehabilitación de carreteras y trochas del Distrito de Sondorillo, y; CONSIDERANDO: Que los Arts. 194º y 195º de la Constitución Política del Estado, concordante con Título Preliminar Art. II de la Ley Orgánica de Municipalidades, Nº 27972, establece que los Gobiernos Locales gozan de Autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia. Los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo.Descargado desde www.elperuano.com.pe