Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2008 (26/06/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 86

374864

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe

El Peruano MORDAZA, jueves 26 de junio de 2008

y aprobacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos y disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo que determinan las disposiciones que se deberan tener en cuenta para dar cumplimiento a la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General referente a la elaboracion, aprobacion y publicacion del TUPA; asi como los formatos que serviran para el sustento de los procedimientos ante la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el numeral 7 de la Primera Disposicion Complementaria Transitoria del D. S. Nº 079-2007PCM, establece que entre la fecha de publicacion del Decreto y la entrada en vigencia de la Ley Nº 29060, es decir en el periodo comprendido entre el 08.SET.2007 y el 04.ENE.2008, solo se podran aprobar las modificaciones a que se refieren el numeral 3) del articulo 36º y numeral 5) del articulo 38º de la Ley Nº 27444; y Estando a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria Nº 23733, el Estatuto de la Universidad, la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, Ley del Silencio Administrativo Nº 29060 y Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM; y al acuerdo del Consejo Universitario del 29 de MORDAZA de 2008; RESUELVE: 1º APROBAR el TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - 2008 de la Universidad Nacional del Centro del Peru, MORDAZA ­ 2008, por las razones y fundamentos legales expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion, el mismo que en anexo MORDAZA y firmado forma parte de la presente Resolucion. 2º DISPONER que el MORDAZA 2008 tendra vigencia a partir de la emision de la presente Resolucion y su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". 3º DISPONER la publicacion en el Diario Oficial El Peruano a traves de la oficina de Servicios Generales conforme lo dispone la legislacion vigente. 4º AUTORIZAR al Jefe de la Oficina General de Informatica de la Institucion publicar el MORDAZA en el MORDAZA del Estado Peruano y en el MORDAZA de la Universidad, conforme al Articulo 38.3 de la Ley Nº 27444. 5º ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolucion al Vicerrectorado Academico y al Vicerrectorado Administrativo, a traves de las Oficinas Generales, oficinas y unidades correspondientes. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 217965-1

El senor Director Nacional de la Biblioteca Nacional del Peru, CONSIDERANDO:

Que, la Biblioteca Nacional del Peru es un Organismo Publico Descentralizado con autonomia tecnica, administrativa y economica, conforme a lo establecido en el articulo 4º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Biblioteca Nacional del Peru y del Sistema Nacional de Bibliotecas aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2002-ED; y la autonomia administrativa le faculta a organizarse internamente, determinar y reglamentar los servicios publicos de su responsabilidad; Que, conforme a lo establecido en los numerales 1.1 y 4 de la Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado Ley Nº 27658, se ha declarado al Estado en MORDAZA de modernizacion en sus diferentes instancias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad fundamental de obtener mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, lograr una mejor atencion a la ciudadania, priorizando y optimizando el uso de los recursos publicos; Que, en el MORDAZA del MORDAZA de Transparencia en los actos del Estado y del derecho fundamental de acceso a la informacion consagrado en el numeral 5 del articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru, las entidades publicas se encuentran obligadas a proveer la informacion que se le requiera y que este contenida en cualquier formato, siempre que MORDAZA sido creada u obtenida por MORDAZA o se encuentre en su posesion o bajo su control; y deberan identificar en cada una de sus oficinas desconcentradas o descentralizadas mediante resolucion de la MORDAZA autoridad de la Entidad, publicada en el Diario Oficial, a los funcionarios responsables de entregar la informacion solicitada en virtud de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica; conforme a lo establecido en el ultimo parrafo del articulo 3º, articulos 8º y 10º del Texto Unico Ordenado de dicha Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM y articulos 4º y 5º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM; Que mediante Resolucion Directoral Nacional Nº 0402007-BNP, de fecha 15 de marzo de 2007 se designo a los Funcionarios titular y suplente responsables de brindar informacion solicitada en virtud de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica de la Biblioteca Nacional del Peru; y, De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003PCM; y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Biblioteca Nacional del Peru y del Sistema Nacional de Bibliotecas, Decreto Supremo Nº 024-2002-ED; y demas normas pertinentes; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR a los funcionarios responsables de brindar la informacion solicitada en virtud de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, de la Biblioteca Nacional del Peru; conforme se indica a continuacion:
TITULAR Directora General de la Oficina de Secretaria General de la Biblioteca Nacional del Peru SUPLENTE Director General de la Oficina de Imagen Institucional y Extension Cultural de la Biblioteca Nacional del Peru

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERU
Designan funcionarios responsables de brindar informacion solicitada en virtud de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 117-2008-BNP MORDAZA, 18 de junio de 2008

Articulo Segundo.- El funcionario titular comprendido en el articulo primero de la presente resolucion, debera cumplir las obligaciones establecidas en el articulo 5º del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica aprobado por Decretos Supremo Nº 072-2003-PCM, el procedimiento de acceso a la informacion publica previsto en los articulos 7º y siguientes del Texto Unico Ordenado de dicha Ley, y demas normas pertinentes. El funcionario suplente

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.