Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2008 (26/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 95

El Peruano MORDAZA, jueves 26 de junio de 2008

NORMAS LEGALES
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(s) seran utilizados como area MORDAZA, la cual debera ser incorporada al paisaje de la via, libre de cercos opacos; a excepcion de la colocacion de cercos transparentes". Articulo 15º.- Otras consideraciones normativas. (...) "15.8 En edificios multifamiliares no se permitira que existan areas comunes destinadas a comedores, cocinas o depositos que desnaturalicen el genuino uso al que se destinan las secciones de tales edificaciones. 15.9 En los edificios multifamiliares ubicados en zonas residenciales de densidad baja, deberan contar con un minimo de dos (2) dormitorios, dentro del computo, no se contabilizara el dormitorio de servicio, si lo hubiera. 15.10 En zonas residenciales de densidad baja, solo se permitira el desarrollo de actividades senaladas en el Indice de Usos, aprobado por la Ordenanza Nº 1012MML de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Los proyectos edificatorios deben remarcar la necesidad de descartar que las construcciones, se puedan adaptar a la realizacion de actividades, que no se hallen permitidas en la Ordenanza Metropolitana. 15.11 Los edificios de vivienda multifamiliar ubicados en zonas residenciales, solo podran ser utilizados para ese fin; quedando expresamente prohibido el uso de estos inmuebles como residencia temporal o rotativa. 15.12 Los edificios multifamiliares constituiran su Junta Directiva, conforme lo establece la Ley Nº 27157, Ley de Regularizacion de Edificaciones, del Procedimiento para la Declaratoria de Fabrica y del Regimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y de Propiedad Comun y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2000-MTC; la cual sera la responsable de que el edificio cumpla con las disposiciones establecidas en la Ordenanza Nº 270 y demas normas aplicables. 15.13 Los ambientes de las viviendas multifamiliares, deberan cumplir con el uso, funciones, dimensiones, areas y volumenes establecidos en el proyecto aprobado, albergando el numero de personas que corresponde con el volumen de aire requerido para cada una de ellas. Los equipos y distribucion del mobiliario deben responder a los requerimientos funcionales y de habitabilidad de los ambientes." DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- La Comision Tecnica Calificadora de Proyectos, verificara que todos los proyectos de construccion, cumplan con lo establecido en el Articulo 15º de la Ordenanza Nº 270-MM, para lo cual designara al personal profesional correspondiente. Segunda.- La Gerencia de Fiscalizacion y Control, verificara que el funcionamiento de todas las edificaciones se adecuen a lo aprobado por la Comision Tecnica Calificadora de Proyectos. Tercera.- La Secretaria Tecnica de Defensa Civil, verificara que los edificios multifamiliares respeten las normas que regulan la densificacion, a fin de evitar la tugurizacion de los mismos. DISPOSICIONES FINALES

Cuarta.- La presente Ordenanza entrara en vigencia, al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. MORDAZA MORDAZA OYANGUREN MORDAZA 218288-2

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Aprueban Cronograma de Actividades del MORDAZA del Presupuesto Participativo 2009
DECRETO DE ALCALDIA N° 003-2008-MDSL San MORDAZA, 19 de Junio de 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA CONSIDERANDO: Que, de conformidad al articulo 53° de la Ley N° 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, senala que las Municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administracion y gestion, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdiccion; Que, mediante Ordenanza N° 082­MDSL de fecha 12.06.2008, se aprobo el Reglamento del MORDAZA del Presupuesto Participativo en la Municipalidad Distrital de San Luis; estipulando en su Cuarta Disposicion Complementaria y Finales que el cronograma del Presupuesto Participativo que corresponda a cada periodo fiscal sera aprobado mediante Decreto de Alcaldia; Que, mediante Informe N° 093-2008-MDSL-GPPI de fecha 13.06.2008, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto e Informatica, remite a la Gerencia Municipal el Cronograma de Actividades del MORDAZA del Presupuesto Participativo 2009; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del articulo 20° y el articulo 42° de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley N° 27972 y la Ordenanza N° 082­MDSL. DECRETA: Articulo Primero: APROBAR el cronograma de Actividades del MORDAZA del Presupuesto Participativo 2009, segun el cuadro adjunto que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldia. Articulo Segundo: ENCARGAR al Gerente Municipal en su calidad de Presidente y al Gerente de Planeamiento, Presupuesto e Informatica en su calidad de Secretario tecnico del Equipo Tecnico del MORDAZA del Presupuesto Participativo, el cumplimiento de la presente Resolucion de Alcaldia en cuanto les corresponda. Articulo Tercero: DISPONER la publicacion del presente Decreto de Alcaldia, en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA ­ www.munisanluis.gob.pe Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase.

Primera.- Dejese sin efecto cualquier disposicion o MORDAZA municipal que se oponga a la presente Ordenanza. Segunda.- Facultese al senor MORDAZA a establecer mediante Decreto de Alcaldia, las disposiciones que MORDAZA necesarias para la conveniente adecuacion y mejor aplicacion, de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Tercera.- Encargar a las Gerencias de Infraestructura MORDAZA, y de Fiscalizacion y Control; asi como a la Secretaria Tecnica de Defensa Civil, el cumplimiento de la presente Ordenanza.

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES DEL MORDAZA PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2009 Nº ACTIVIDAD Y PRODUCTOS Preparacion (Del 02/06/2008 al 21/06/2008) 1.1 Elaboracion y aprobacion de la Ordenanza Municipal. 1.2 Conformacion del Equipo Tecnico. 1.3 Difusion del MORDAZA Participativo y de la Ordenanza Municipal. 1.4 Preparacion de materiales para el Diagnostico y los talleres de trabajo.

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