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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 1 de marzo de 2008 367648 ORGANISMOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Aprueban Cuadro de Asignación de Puestos y Plazas y el Clasificador de Puestos del BCRP RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 009-2008-BCRP CONSIDERANDO QUE:El artículo 84 de la Constitución Política del Estado le atribuye al Banco Central de Reserva del Perú el mandato de preservar la estabilidad monetaria, confi riéndole autonomía dentro del marco de su Ley Orgánica. Conforme al artículo 86 de la Constitución Política y 9 de su Ley Orgánica, el Banco Central es gobernado por su Directorio. En concordancia con lo anterior, el artículo 8 de dicha Ley dispone que el Directorio es la más alta autoridad institucional y le corresponde determinar las políticas a seguir para la consecución de la fi nalidad del Banco, siendo responsable de la dirección general de las actividades de éste. El literal n) del artículo 24 de la Ley Orgánica del Banco Central establece que es atribución de su Directorio la aprobación y modifi cación de los reglamentos necesarios para su funcionamiento. El literal b) del artículo 12 del Estatuto del Banco Central señala que es atribución de su Directorio resolver, a propuesta del Gerente General, sobre la organización y la estructura del Banco. Conforme a la Ley Nº 29091 y a su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM las entidades del Estado deben publicar el respectivo dispositivo legal que apruebe documentos de gestión e información institucional en el Diario Ofi cial El Peruano así como en el Portal del Estado Peruano y en su portal institucional. SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el Cuadro de Asignación de Puestos y Plazas, y el Clasifi cador de Puestos del Banco Central de Reserva del Perú. Artículo 2.- Disponer que la Administración publique el Cuadro de Asignación de Puestos y Plazas, y el Clasifi cador de Puestos en el Portal del Estado Peruano y en el Portal del Banco Central de Reserva del Perú (www. bcrp.gob.pe). Artículo 3.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del 1 de marzo de 2008. Lima, 29 de febrero de 2008 JULIO VELARDE Presidente 170695-1 CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Autorizan viaje de Consejeros a Brasil para participar en la Asamblea Plenaria de la XIV Cumbre Judicial Iberoamericana RESOLUCIÓN N° 036-2008-P-CNM San Isidro, 27 de febrero de 2008VISTO: Vista la invitación del Director Ejecutivo de la Secretaría Permanente de la Cumbre Judicial Iberoamericana, y del Director Ejecutivo de la Secretaría Pro Tempore de fecha 21 de diciembre de 2007. CONSIDERANDO:Que, la Secretaría Permanente, y la Secretaría Pro Tempore de la XIV de la Cumbre Judicial Iberoamericana ha comunicado al Consejo Nacional de la Magistratura la convocatoria para la participación en la Asamblea Plenaria de la XIV Cumbre Judicial, que tendrá lugar los días 4, 5 y 6 de marzo 2008, en Brasilia, capital de la República Federativa de Brasil; Que, en la citada Reunión Preparatoria se tratará temas de que son de interés para el Consejo Nacional de la Magistratura, tales como: las Reglas de Brasilia sobre acceso a la justicia de las personas en condición de vulnerabilidad, las reglas sobre seguridad jurídica en el área iberoamericana, un estudio sobre la oralidad procesal, un Estatuto del Coordinador Nacional, las normas de constitución y funcionamiento de la futura Comisión Conjunta de Trabajo entre Poderes Judiciales Europeos y Latinoamericanos, la documentación inicial del Plan Iberoamericano de Estadística Judicial, así como unas bases para la prosecución de los trabajos, en la próxima edición, para el establecimiento de una oferta de cursos de postgrado de nivel universitario para los Jueces y Magistrados Iberoamericanos; Que, asimismo dentro de los lineamientos y fi nalidad del Consejo Nacional de la Magistratura, está el de difundir la misión y visión de la Institución, así como de dar a conocer los procesos y actividades que viene desarrollando la Institución, a fi n de difundir la labor que cumple el Consejo Nacional de la Magistratura para la transformación de la justicia en el país, por tanto resulta de interés institucional la asistencia al referido evento; Que, conforme el Acta de Sesión Plenaria Ordinaria de fecha 21 de febrero de 2008, el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura ha autorizado el viaje de los señores Consejeros Maximiliano Cárdenas Díaz; Edwin Vegas Gallo y Efraín Anaya Cárdenas a la ciudad de Brasilia - Brasil, para que en representación del Consejo Nacional de la Magistratura participen en la Asamblea Plenaria de la XIV Cumbre Judicial Iberoamericana, que tendrá lugar los días 4, 5 y 6 de marzo 2008; Que, los gastos de los pasajes aéreos y viáticos serán asumidos por el Banco Mundial, en el marco del Proyecto de Mejoramiento de los Servicios de Justicia que auspicia el Banco Mundial y, los gastos del impuesto de salida al exterior de Perú, y del seguro de asistencia al pasajero (asistencia médica) serán asumidos por el Consejo Nacional de la Magistratura; Que, la Ley N° 27619 de 21 de diciembre de 2001, y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, disponen que se autorizará los viajes al exterior de sus funcionares y servidores mediante resolución de la más alta autoridad de la entidad, debiéndose sustentar en el interés institucional, publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano, con anterioridad al viaje, y presentar el comisionado dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la rendición de cuentas por el gasto realizado y un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado; Que, de conformidad a lo establecido en el numeral 8.2 del artículo 8° de la Ley N° 29142, Ley de Presupuesto para el Sector Público para el Año 2008, están exceptuados de la prohibición de viajes al exterior los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se refi ere la Ley N° 28212; Que, estando a lo aprobado por el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura en sesión plenaria del día 21 de febrero de 2008; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37° de la Ley N° 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura , la Ley N° 27619, la Ley N° 29142 y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y con las visaciones de la Ofi cina de Administración y la Ofi cina de Asuntos Legales del Consejo Nacional de la Magistratura;