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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MARZO DEL AÑO 2008 (01/03/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 30

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 1 de marzo de 2008 367640 Ingeniero Luis Alberto Ramos Llanos Impuesto aéreo US$ 30.25 Assiscard US$ 59.00Viáticos del 4 al 6 de marzo de 2008 US$ 600.00Gastos de Traslado US$ 200.00 Artículo Tercero.- Los gastos de pasajes aéreos que origine la participación de los citados funcionarios, así como todos los gastos correspondientes a la participación del economista Nelson Eduardo Shack Yalta, serán de cargo de la Unidad de Coordinación de Proyectos. Artículo Cuarto.- El cumplimiento de la presente resolución no exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo Quinto.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, a la Presidencia del Superior Tribunal de Justicia – Poder Judicial de Brasil, a la Gerencia General del Poder Judicial, y a los interesados, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.SS.FRANCISCO TÁVARA CÓRDOVA JAVIER ROMÁN SANTISTEBAN SONIA TORRE MUÑOZ WÁLTER COTRINA MIÑANO LUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ 170917-3 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de la comisión de delitos contra la fe pública y apropiación ilícita RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL R.A. Nº 048-2008-P/PJ Lima, 28 de febrero de 2008VISTO:El memorándum Nº 180-2008-SPTP-GPEJ-GG/PJ; yCONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio Nº 028-2008-SC-GAF-GG- PJ de fecha 17 de enero del 2008, la Sub Gerencia de Contabilidad observó la planilla de liquidación de viáticos presentada por la Dra. Judith Gómez Guerra, servidora de la Procuraduría Pública del Poder Judicial, bajo la modalidad de Servicios No Personales, por el viaje efectuado a la ciudad de Huancayo en comisión de servicios los días 14 al 16 de noviembre del 2007, en la que se adjuntan las Boletas de Ventas Nº 001-010847 emitida por Los Balcones EIRL. y Nº 003-00425 emitida por el Hospedaje “El Faro II” por el monto de S/. 180.00 nuevos soles cada una; Que, la Sub Gerencia de Contabilidad ha realizado las coordinaciones con las empresas emisoras antes mencionadas y se ha podido establecer que: la B/V Nº 001-010847, sólo hace mención al consumo, mas no a los días de consumo, que para el presente caso se ha adicionado los días 14, 15 y 16 de noviembre, en la B/V Nº 003-00425 fi gura el nombre de la Dra. Judith Gómez Guerra y los días en que se llevó a cabo la comisión de servicio y según la copia de la empresa que emite dicho comprobante de pago, éste se encuentra en blanco, evidenciándose por lo tanto signos de adulteración en las dos boletas de venta, presentadas por la comisionista Dra. Judith Gómez Guerra como sustento de gastos de viáticos; Que, la conducta desplegada por la citada Dra. Judith Gómez Guerra, al haber pretendido obtener benefi cios indebidos mediante la presentación de una planilla por viáticos sustentada en dos Boletas de Venta aparentemente adulteradas en su contenido, constituye un hecho grave que compromete la dignidad del cargo y lo desmerece; Que, por lo expuesto precedentemente, se evidencia que la Dra. Judith Gómez Guerra, habría incurrido en la presunta comisión de delitos Contra la Fe Pública - Falsifi cación de Documentos previsto en el Artículo 427º del Código Penal: “ El que hace, en todo o en parte, un documento falso o adultera uno verdadero que pueda dar origen a derecho u obligación o servir para probar un hecho, con el propósito de utilizar el documento, será reprimido si de su uso pueda resultar algún perjuicio, con pena privativa de libertad…” , ilícito penal que debe ser debidamente investigado por las autoridades correspondientes a fi n de determinar la responsabilidad del caso; Que, en uso de las facultades conferidas por el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, Decreto Supremo Nº 017-93-JUS; y Artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 sobre Representación y Defensa del Estado en Juicio, modifi cado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE:Artículo Primero .-Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial para que inicie las acciones legales pertinentes contra la Dra. JUDITH GOMEZ GUERRA y contra aquéllos que resulten responsables, por los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo .- Remitir copia de la presente Resolución, así como los antecedentes del caso, al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Poder Judicial, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO ARTEMIO TAVARA CORDOVA Presidente del Poder Judicial 170526-1 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL R.A. N° 049-2008-P/PJ Lima, 28 de febrero de 2008VISTO:El memorándum N° 026-2008-GG/PJ, Ofi cio N° 155- 2008-OIG-PJ, Ofi cio N° 740-2008-SG-CS-PJ, Informe de Inspección N° 001-2008-OIG-PJ; y CONSIDERANDO:Que, mediante Ofi cio N° 155-2008-OIG-PJ, de fecha 28 de enero del 2008, la Inspectoría General remite al Presidente del Poder Judicial el Informe de Inspección N° 001-2008-OIG-PJ, respecto al cobro indebido efectuado por un familiar de la ex pensionista Elena Quilla Calsin de Espinoza, en la Corte Superior de Justicia de Puno; Que, mediante Ofi cio N° 740-2008-SG-CS-PJ, de fecha 29 de enero del 2008, la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia de la República, hace de conocimiento del Gerente General del Poder Judicial, a fojas 148, el Informe de Inspección N° 001-2008-OIG-PJ, “Verifi caciones de Control Interno efectuadas a la Corte Superior de Justicia de Puno”;