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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MARZO DEL AÑO 2008 (01/03/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 22

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 1 de marzo de 2008 367632 SALUD Aprueban Directiva Administrativa que establece el Procedimiento para el Alta, Baja y Entrega de Bienes Muebles RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 115-2008/MINSA Lima, 27 de febrero del 2008CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud, establece que el Ministerio de Salud, es un órgano del Poder Ejecutivo, rector del Sector Salud, que conduce, regula y promueve la intervención del Sistema Nacional de Salud, con la fi nalidad de lograr el desarrollo de la persona humana, a través de la promoción, protección, recuperación y rehabilitación de su salud y del desarrollo de un entorno saludable; Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales, es el organismo público descentralizado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, encargado del registro, control y administración del patrimonio estatal, y tiene por fi nalidad promover el aprovechamiento económico de los bienes del Estado a través de un efi ciente sistema de administración de los mismos; Que, según lo dispuesto en los artículos 114º al 116º del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, en adelante el Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, modifi cado por Decretos Supremos Nº 042-2006-EF y Nº 164-2006-EF, las entidades públicas se encuentran obligadas a efectuar la actualización de su Registro Patrimonial, para lo cual deberán remitir el inventario patrimonial de sus bienes muebles a la Superintendencia de Bienes Nacionales entre los meses de enero y marzo de cada ejercicio, para su inclusión en el Sistema de Información Nacional de Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP, bajo responsabilidad del Director de Administración o de quien haga sus veces; Que, los artículos 129° al 138° del Reglamento, regulan los procedimientos que deberán seguir las entidades públicas para la baja y alta de sus bienes muebles, y en los artículos siguientes aquellos actos relacionados a la transferencia de patrimonio mobiliario; Que, mediante Resolución Nº 021-2002-SBN del 12 de julio del 2002, se aprueba la Directiva N° 004-2002/SBN “Procedimiento para el Alta y la Baja de los Bienes Muebles de Propiedad Estatal y su recepción por la Superintendencia de Bienes Nacionales”, cuyo numeral 1.4.3 establece que los actos de disposición y enajenación de los bienes muebles, no pueden realizarse sin que previamente hayan sido dados de baja; Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano; y el literal b) del artículo 6° de la citada norma dispone como uno de los criterios de diseño y estructura de la Administración Pública que las dependencias, entidades, organismos e instancias no deben duplicar funciones; Que, en la actualidad los establecimientos de salud a cargo de los Órganos Desconcentrados y de los Organismos Públicos Descentralizados del Ministerio de Salud, y de las Direcciones Regionales de Salud, cuentan con bienes muebles (equipamiento médico) obsoletos técnicamente, en estado de excedencia, y cuyo mantenimiento reparación resulta onerosa, o han sido destruidos o siniestrados, entre otras causales, por lo que es necesario disponer la baja de los mismos con la fi nalidad de mantener únicamente aquellos que se encuentran operativos; y aprobar el alta de otros bienes muebles, a través de un procedimiento especial, acorde con las normas legales vigentes sobre la materia; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 283- 2005/MINSA se aprobó el Reglamento de Altas, Bajas y Enajenaciones del Ministerio de Salud, el cual perdió vigencia en atención de la dación del Decreto Supremo Nº 042-2006-EF, por lo que resulta necesaria su actualización;Que, estando a lo indicado, resulta necesario aprobar la Directiva “Procedimiento para el Alta, Baja y Recepción de Bienes Muebles”, propiciando una mayor efi ciencia en la administración del patrimonio mobiliario; De conformidad con la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 013-2002-SA; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Administrativa N° 127- MINSA/OGA-V.01, “Directiva Administrativa que establece el Procedimiento para el Alta, Baja y Entrega de Bienes Muebles”. Artículo 2º.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 283-2005/MINSA, que aprobó el Reglamento de Altas, Bajas y Enajenaciones del Ministerio de Salud - Sede Central. Artículo 3º.- Encargar a la Ofi cina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución en el Portal de Internet del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ Ministro de Salud 170270-1 Autorizan viaje del Viceministro de Salud a Vietnam para participar en el taller denominado “Landscape Analysis” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 119-2008/MINSA Lima, 28 de febrero de 2008Visto el documento Nº PER/COO/010/50/02/0203- 2008, de la Organización Panamericana de la Salud - Ofi cina Regional de la Organización Mundial de la Salud; CONSIDERANDO: Que, en octubre de 2007, el Departamento de Nutrición para la Salud y el Desarrollo (NHD) de la OMS, inició un Análisis denominado “Landscape Analysis”, cuyo objetivo principal es identifi car las brechas, limitaciones y oportunidades para la integración de nuevas y efi caces acciones nutricionales existentes, que permitirán elaborar un plan estratégico para guiar una acción consolidada y armonizada de país, así como para la asistencia internacional e inversiones a todos los interesados, en particular para reducir la desnutrición materno infantil en los países de alta incidencia; Que, los países participantes en el citado análisis, entre los cuales se encuentra el Perú, han elaborado borradores de herramientas de evaluación que serán informados en el Taller denominado “Landscape Analysis” que se llevará a cabo en la ciudad de Hanoi - Vietnam, en la sesión continua a la vigésimo quinta Sesión del Comité Permanente de Naciones Unidas sobre Nutrición – SCN; Que, en consecuencia, la Organización Panamericana de la Salud - Ofi cina Regional de la Organización Mundial de la Salud – OMS, ha cursado invitación al Ministro de Salud, a fi n de que participe en el Taller denominado “Landscape Analysis”, del 03 al 07 de marzo del 2008; Que, se ha considerado conveniente que el señor Elías Melitón Arce Rodríguez, Viceministro de Salud, viaje en representación del Ministerio de Salud, a fi n de participar en el evento indicado en el considerando precedente, lo cual permitirá afi rmar el compromiso y voluntad política de reducir la desnutrición materno infantil que como meta se ha trazado el Sector Salud, y buscar mecanismos de fi nanciamiento que permitan acelerar el proceso a mediano plazo; Que, de conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, los viajes al extranjero para concurrir a asambleas, conferencias,