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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE MARZO DEL AÑO 2008 (04/03/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 3

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 4 de marzo de 2008 367913 al presente año, con el presupuesto del Ministerio de Defensa, Ejército el Perú, Año Fiscal – 2008, debiendo considerarse a su vez, los montos correspondientes en los presupuestos de los años 2009, 2010, 2011 y 2012; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 – Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y Funcionarios Públicos, Ley N° 29075 – Ley que establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa, Ley N° 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio del 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de 26 enero del 2004 y su modifi catoria Decreto Supremo Nº 008-2004 DE/SG del 30 de junio del 2004; y, Estando a lo propuesto por el Señor General de Ejército Comandante General del Ejército y lo acordado por el señor Ministro de Estado en el Despacho de Defensa; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios al Tte Ing MAGUIÑA MENDOZA José Manolo, para que participe como alumno en el Curso de Ingeniería Cartográfi ca, en el Instituto Militar de Ingeniería (IME) del Ejército de la República Federativa de Brasil, en el período comprendido entre el 05 de marzo al 31 de diciembre de 2008. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa – Ejército del Perú efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasaje: Lima – Río de Janeiro – Lima (Clase económica) US $ 811.41 x 01 Persona Gastos de traslado (Ida y Vuelta) US $ 2,400.00 x 2 compensaciones x 01 Ofi cial Subalterno Tarifa Única de Uso de Aeropuerto US $ 30.25 x 01 Persona Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el ExteriorUS $ 2,400.00 ÷ 31 x 27 días (Mar) x 01 Ofi cial SubalternoUS $ 2,400.00 x 9 meses (Abr – Dic) x 01 Ofi cial Subalterno Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la Comisión, sin exceder el período total establecido. Artículo 4º.- El citado Ofi cial deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6º y artículo 10 del Decreto Supremo Nº 047 – 2002 – PCM de fecha 05 de junio de 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002 – 2004 – DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modifi cado con Decreto Supremo Nº 008 – 2004 DE/SG de fecha 30 de junio de 2004. Artículo 5º .- El citado Ofi cial, pasará revista a órdenes de la Ofi cina Administrativa del Cuartel General del Ejército del Perú, por el período que dure la misión de estudios. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneraciones ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 7º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ANTERO FLORES-ARÁOZ ESPARZA Ministro de Defensa 171510-2 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 071-2008-DE/EP/A.1.a/1-1 Lima, 1 de marzo de 2008 Visto, el Ofi cio Nº 110/07 – ADIDEFEX/PERU del 15 de Octubre de 2007 del Agregado Militar y Defensa de Brasil en el Perú, la Hoja de Recomendación N° 113/U-3.c.3.a del 27 de Noviembre de 2007 y el Ofi cio Nº 1831/U-3.c.3.a.1 del 19 de Diciembre de 2007 de la Dirección General de Educación y Doctrina del Ejército. CONSIDERANDO:Que, es conveniente para los intereses Institucionales autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios, para que participe como alumno en el Curso de Ingeniería Mecánica de Armamento, al Stte MG TORREJON RAMIREZ Jose Daniel, en el Instituto Militar de Ingeniería (IME) del Ejército de Brasil, en el período comprendido del 05 de marzo de 2008 al 31 de diciembre de 2012, por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse reanudaran en benefi cio de la Seguridad Nacional, dentro del ámbito de competencia del Ejército del Perú. Que, el costo que irrogue el viaje en misión de estudios del precitado Ofi cial, será sufragado en lo correspondiente al presente año, con el presupuesto del Ministerio de Defensa, Ejército el Perú, Año Fiscal – 2008, debiendo considerarse a su vez, los montos correspondientes en los presupuestos de los años 2009, 2010, 2011 y 2012; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 – Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y Funcionarios Públicos, Ley N° 29075 – Ley que establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa, Ley N° 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2008, Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM de fecha 05 de Junio del 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de 26 enero del 2004 y su modifi catoria Decreto Supremo Nº 008-2004 DE/SG del 30 de junio del 2004; y, Estando a lo propuesto por el Señor General de Ejército Comandante General del Ejército y lo acordado por el Señor Ministro de Estado en el Despacho de Defensa; SE RESUELVE:Artículo 1º .- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios al Stte MG TORREJON RAMIREZ Jose Daniel, para que participe como alumno en el Curso de Ingeniería Mecánica de Armamento, en el Instituto Militar de Ingeniería (IME) del Ejército de la República Federativa de Brasil, en el período comprendido entre el 5 de marzo al 31 de diciembre de 2008. Artículo 2º .- El Ministerio de Defensa – Ejército del Perú efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasaje: Lima – Río de Janeiro – Lima (Clase Económica)US $ 811.41 x 01 Persona Gastos de traslado (Ida y Vuelta) US $ 2,400.00 x 02 compensaciones x 01 Ofi cial Subalterno Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Exterior:US $ 2,400.00 ÷ 31 x 27 días (Mar) x 01 Ofi cial SubalternoUS $ 2,400.00 x 9 meses (Abr – Dic) x 01 Ofi cial Subalterno Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US $ 30.25 x 01 Persona Artículo 3º .- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la Comisión, sin exceder el período total establecido. Artículo 4º .- El citado Ofi cial deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6º y artículo 10 del Decreto Supremo Nº 047 – 2002 – PCM de fecha 05 de Junio de 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002 – 2004 – DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modifi cado con Decreto Supremo Nº 008 – 2004 DE/SG de fecha 30 de junio de 2004. Artículo 5º .- El citado Ofi cial, pasará revista a órdenes de la Ofi cina Administrativa del Cuartel General del Ejército del Perú, por el período que dure la misión de estudios. Artículo 6º .- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneraciones ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.