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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE MARZO DEL AÑO 2008 (12/03/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 12 de marzo de 2008 368526 y el Informe Nº 029-2007-MINCETUR/SG/OGA-CGP del Presidente del Comité de Gestión Patrimonial del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. CONSIDERANDO:Que, con fecha 23 de agosto de 1988, el ex Ministerio de Industria, Comercio Interior, Turismo e Integración – MICTI y la Municipalidad del Distrito de Hualhuas – Huancayo suscribieron un Convenio de Cooperación Insterinstitucional, a fi n de dotar al Centro de Investigación y Diseño Artesanal de Huancayo, al que se refi ere la Resolución Ministerial Nº 321-87-ICTI/IND, de fecha 17 de julio de 1987, de ambientes adecuados para su funcionamiento en las líneas de Textilería, Peletería y Cerámica, en benefi cio de la actividad artesanal. Este Centro ha venido funcionando en los ambientes del tercer piso de la Municipalidad Distrital de Hualhuas, en cumplimiento de dicho Convenio, y de hecho se le asignó el nombre de Unidad Operativa de Aplicación de Tecnologías; Que, por efecto de la Ley Nº 27779 – Ley Orgánica que modifi ca la Organización y Funciones de los Ministerios y la Ley Nº 27790 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, el referido Centro o Unidad Operativa, dadas la funciones para las que se creó, está legalmente bajo la competencia del MINCETUR desde que éste Ministerio fue creado en el año 2002; Que, mediante la Adenda “Acuerdo de Conclusión de Convenio entre la Municipalidad de Hualhuas y el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y Otros Compromisos”, suscrito el 3 de mayo de 2007, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo se comprometió a hacer efectiva la donación de los bienes e insumos de su propiedad, asignados al mencionado Centro o Unidad Operativa, a favor de la Municipalidad de Hualhuas, con la fi nalidad de que éste continúe con los trabajos de investigación y mejora de la calidad de la artesanía textil y otros, a favor de los artesanos de dicho Distrito y de la Región; Que, con el Ofi cio Nº 147-2007-A/MDH, del 11 de mayo de 2007, el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Hualhuas solicitó la donación de los bienes muebles antes señalados, a fi n de destinarlos a trabajos de investigación y poder brindar los servicios de innovación a la artesanía, manifestando que tiene programado realizar el “Proyecto Textil Productivo Artesanal”; Que, a tales efectos, mediante el artículo 5º de la Resolución Directoral Nº 278-2007-MINCETUR/SG-OGA, de fecha 06 de noviembre de 2007, de la Directora General de Administración, se aprobó la baja por la causal de “excedencia” de ciento cincuenta y dos (152) bienes muebles descritos en el Anexo Nº EX-2007-002, que forma parte integrante de dicha Resolución; Que, de acuerdo con la política de modernización de la administración pública y de descentralización que viene llevando a cabo el Estado, es necesario formalizar la transferencia de dichos bienes, en la modalidad de donación, a favor de la Municipalidad Distrital de Hualhuas; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 173º del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, modifi cado por Decreto Supremo Nº 042-EF-2006, y el numeral 2.1.1 de la Directiva Nº 009-2002/SBN, aprobada por Resolución Nº 031-2002/SBN; De acuerdo con las conclusiones y recomendaciones del Informe Nº 029-2007-MINCETUR/SG/OGA-CGP y el Informe Técnico Legal Nº DOE-2007-005 del Comité de Gestión Patrimonial; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la transferencia en la modalidad de donación, de los bienes muebles dados de baja por el MINCETUR, mediante el artículo 5º de la Resolución Directoral Nº 278-2007-MINCETUR/SG-OGA, a favor de la Municipalidad Distrital de Hualhuas, cuyo valor total asciende a la suma de S/. 16,422.51 (Diez y seis mil cuatrocientos veintidós y 51/100 nuevos soles), con el fi n de que sean destinados a trabajos de investigación y de servicios de innovación tecnológica a favor de la artesanía. La relación, características y valorización de los bienes muebles materia de la presente transferencia, constan en el Anexo adjunto, en ocho (08) folios, que visados y sellados forman parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los bienes muebles materia de la presente Resolución se entregarán mediante Acta de Entrega – Recepción, que será suscrita por el Presidente del Comité de Gestión Patrimonial del MINCETUR y el representante de la Municipalidad Distrital de Hualhuas, cumpliendo las formalidades de ley. Artículo 3º.- El Viceministerio de Turismo, a través de la Dirección Nacional de Artesanía, queda encargado de efectuar el seguimiento a la presente donación, con el objetivo de velar por el cumplimiento de los fi nes a que deben destinarse. Artículo 4º.- Remítase copia de la presente Resolución Ministerial a la Municipalidad Distrital de Hualhuas y a la Superintendencia de Bienes Nacionales. Regístrese, comuníquese y publíquese.MERCEDES ARAOZ FERNÁNDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 173787-1 DEFENSA Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de los EE.UU. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 229-2008-DE/SG Lima, 10 de marzo de 2008 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 248 de fecha 4 de marzo de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, en el marco del Programa de Ofrecimiento de Entrenamiento por parte del Cuerpo de Infantería de Marina de los Estados Unidos de América a las Fuerzas Navales del Perú para el Año Fiscal 2008, personal militar de ese país sostendrá reuniones de coordinación para la realización del Entrenamiento de Equipos Móviles de Entrenamiento de Tácticas Terrestres (MTT), el mismo que está orientado para el personal de la Fuerza de Infantería de Marina, que permitirá el entrenamiento de las Unidades Operativas en cursos tácticos, técnicas y procedimientos para el planeamiento y ejecución en operaciones; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución