Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2008 (13/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, jueves 13 de marzo de 2008

NORMAS LEGALES

368591

Que, en el MORDAZA de la citada autorizacion, la Republica del Peru acordara una operacion de endeudamiento externo con el Banco Internacional de Reconstruccion y Fomento ­ BIRF -, hasta por la suma de US$ 150 000 000,00 (CIENTO CINCUENTA MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), denominada "Programa Programatico de Reformas en los Sectores Sociales", a ser ejecutada por el Ministerio de Economia y Finanzas; Que, tal endeudamiento se efectuara con cargo al SubPrograma "Apoyo a la Balanza de Pagos" referido en el literal b) numeral 5.1 del articulo 5º de la Ley Nº 29143, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008; Que, la indicada operacion de endeudamiento externo ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley Nº 29143, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, y la Ley Nº 28563 y modificatorias, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, la citada operacion sera destinada a atender parte del pago del servicio de la deuda publica en MORDAZA con lo establecido en el MORDAZA Macroeconomico Multianual 2008-2010 Revisado, aprobado en la Sesion del Consejo de Ministros del 28 de agosto de 2007; Que, por el caracter fungible de la operacion de endeudamiento no se requiere de disponibilidad presupuestaria de la Contrapartida Nacional; Que, asimismo, la Contraloria General de la Republica ha informado previamente sobre la citada operacion de endeudamiento externo, en aplicacion del literal l) del articulo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29143, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, y por la Ley Nº 28563 y modificatorias, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion y condiciones de la operacion Aprobar la operacion de endeudamiento externo a ser acordada entre la Republica del Peru y el Banco Internacional de Reconstruccion y Fomento ­ BIRF-, hasta por la suma de US$ 150 000 000,00 (CIENTO CINCUENTA MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), denominada "Programa Programatico de Reformas en los Sectores Sociales". La cancelacion de dicha operacion de endeudamiento externo se efectuara mediante seis (6) cuotas, las cuales venceran en las siguientes fechas: 15 de MORDAZA de 2013, 15 de noviembre de 2013, 15 de MORDAZA de 2019, 15 de noviembre de 2019, 15 de MORDAZA de 2023 y 15 de noviembre de 2023; devengando una tasa de interes basada en la LIBOR a seis (6) meses, mas un margen fijo a ser determinado por el BIRF de acuerdo con su politica sobre tasas de interes. Asimismo, se aplicara una comision de compromiso equivalente al 0,75% anual sobre el principal del prestamo no desembolsado. Articulo 2º.- Unidad Ejecutora La Unidad Ejecutora del "Programa Programatico de Reformas en los Sectores Sociales" sera el Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico, y la Unidad de Coordinacion de Prestamos Sectoriales ­ UCPS brindara el apoyo tecnico correspondiente. Articulo 3º.- Suscripcion de documentos Autorizar al Ministro de Economia y Finanzas, o a quien el designe, a suscribir en representacion de la Republica del Peru, el contrato de prestamo de la operacion de endeudamiento externo que se aprueba en el articulo 1º de esta MORDAZA legal; asi como al Director General de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a suscribir los documentos que se requieran para implementar la citada operacion. Articulo 4º.- Servicio de la deuda El servicio de amortizacion, intereses, comisiones y demas gastos que ocasione la operacion de endeudamiento externo que se aprueba mediante el articulo 1º de la presente MORDAZA legal, sera atendido por el Ministerio de Economia y Finanzas con cargo a las previsiones presupuestales para el servicio de la deuda publica.

Articulo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los doce dias del mes de marzo del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas 175449-3

EDUCACION
Rectifican R.S. Nº 033-2007-ED referente a la Comision que elaborara el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Nacional de Juliaca
RESOLUCION SUPREMA Nº 011-2008-ED MORDAZA, 12 de marzo de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 033-2007-ED, de fecha 12 de noviembre de 2007, se designo a los miembros de la Comision que elaborara el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Nacional de Juliaca, conformada por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien la preside, el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y el doctor MORDAZA MORDAZA Ovalle; Que, vista la carta de fecha 29 de enero de 2008, presentada por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente de la Comision que elaborara el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Nacional de Juliaca, mediante la cual precisa que existe un error en su nombre, por lo que solicita que se proceda a la rectificacion correspondiente; Que, de acuerdo al articulo 201º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, los errores materiales en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decision; Que, en ese sentido resulta necesario rectificar la Resolucion Suprema Nº 033-2007-ED, de fecha 12 de noviembre de 2007, en el extremo que designo al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Presidente de la Comision que elaborara el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Nacional de Juliaca, debido a que el citado Presidente de la Comision ha senalado que existe un error en su nombre, pues este es solo MORDAZA MORDAZA MORDAZA y no el consignado en la Resolucion que lo designa en el cargo senalado; De conformidad, con lo dispuesto en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Rectificar el articulo 1º de la Resolucion Suprema Nº 033-2007-ED, de fecha 12 de noviembre de 2007, en el extremo que consigna como nombre del Presidente de la Comision que elaborara el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Nacional de Juliaca, al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, debiendo entenderse que el nombre correcto es MORDAZA MORDAZA Romero. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Educacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion 175449-8

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