Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2008 (13/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 95

El Peruano MORDAZA, jueves 13 de marzo de 2008

NORMAS LEGALES

368669

DICE: "Cuadro Nº 4
Sistema Electrico MORDAZA SISTEMAS AISLADOS1 Adinelsa Chavimochic Edelnor Edelsa Egepsa Electro Oriente Electro Pangoa Electro MORDAZA Electro Sur Este Electro Sur Medio Electro Ucayali Electrocentro Electronorte Emseusa Hidrandina Seal Sersa 0,1704 0,1704 0,1704 0,1704 0,1704 0,1736 0,1704 0,0383 0,0370 0,0383 0,1704 0,1704 0,1825 0,2295 0,1696 0,0850 0,1893 ----------0,6370 --------------------0,6491 ----------0,0508 --0,8303 0,8689 0,8303 ----0,0816 0,3992 0,0051 0,5369 ------------------------------------0,8296 0,8296 0,8296 0,8296 0,8296 0,1386 0,8296 0,1314 0,0941 0,1314 0,8296 0,8296 0,7359 0,3713 0,8253 0,3781 0,1616 ----------------------------------3,1473 3,1473 3,1473 3,1473 3,1473 14,9841 3,1473 27,4572 31,2086 27,4572 3,1473 3,1473 3,3088 3,9234 3,2961 18,8681 15,7638 d 0,1260 e --F 0,1486 g 0,5910 s --cb 0,1344 FC ---

asignar a cada una de las empresas distribuidoras que suministra energia electrica a usuarios regulados en los Sistemas Aislados, en cumplimiento de lo dispuesto en el Articulo 30º de la Ley Nº 28832 y el Articulo 5º del Reglamento del Mecanismo de Compensacion para Sistemas Aislados, aprobado por Decreto Supremo Nº 069-2006-MEM, segun se indica: Cuadro Nº 6
Empresa Distribuidora Adinelsa Compensacion Anual (Nuevos Soles) 62955 (...) % Participacion 0,098% (...)

"

(...)

Pagina 11: DICE: " Fijese los siguientes Precios en MORDAZA Efectivos que aplicara cada distribuidor que suministra energia electrica a usuarios regulados en los Sistemas Aislados, en cumplimiento de lo dispuesto en el Articulo 30º de la Ley Nº 28832 y el Articulo 5º del Reglamento del Mecanismo de Compensacion para Sistemas Aislados, aprobado por Decreto Supremo Nº 069-2006-MEM, segun se indica: (...) OSINERGMIN efectuara el recalculo de las compensaciones y precios contenidos en los Articulos 3º y 4º para cada Empresa Receptora, en caso se requiera, tomando en consideracion las condiciones establecidas en el Articulo 3º de la Resolucion Ministerial Nº 116-2008MEM/DM, que determino el Monto Especifico para el funcionamiento del Mecanismo de Compensacion para Sistemas Aislados. (...) Los precios maximos a partir de los cuales se determinaran los nuevos pliegos aplicables a las empresas distribuidoras, seran calculados de acuerdo a lo siguiente: (...) Las empresas generadoras estan obligadas a comunicar por escrito a las empresas distribuidoras y a OSINERGMIN, previos a su aplicacion, sus pliegos tarifarios debidamente suscritos por sus representantes legales, bajo responsabilidad. El procedimiento de actualizacion tarifaria senalado en el Articulo 2º de la presente Resolucion es aplicable a partir del 1º de MORDAZA del presente ano. Para las empresas distribuidoras, los excesos de energia reactiva seran facturados con los siguientes cargos: (...) Los Precios Medios en la MORDAZA Equivalente de Media Tension para el Sistema Electrico Interconectado Nacional, no podran ser mayores en ningun caso al Precio Medio en la MORDAZA de Media Tension del Sistema Aislado Promedio (formado por un 70% del Precio en MORDAZA del Sistema Aislado Electro MORDAZA y 30% Precio en MORDAZA del Sistema Aislado Electrocentro, definidos en el Cuadro Nº 1). (...)

" DEBE DECIR: "Cuadro Nº 4
Sistema Electrico MORDAZA SISTEMAS1 AISLADOS Adinelsa Chavimochic Edelnor Edelsa Egepsa Electro Oriente Electro Pangoa Electro MORDAZA Electro Sur Este Electro Sur Medio Electro Ucayali Electrocentro Electronorte Emseusa Hidrandina Seal Sersa 0,1704 0,1704 0,1704 0,1704 0,1704 0,1736 0,1704 0,0383 0,0370 0,0383 0,1704 0,1704 0,1825 0,2295 0,1696 0,0850 0,1893 ----------0,0508 --0,8303 0,8689 0,8303 ----0,0816 0,3992 0,0051 0,5369 ------------0,6370 --------------------0,6491 ----------------------------------0,8296 0,8296 0,8296 0,8296 0,8296 0,1386 0,8296 0,1314 0,0941 0,1314 0,8296 0,8296 0,7359 0,3713 0,8253 0,3781 0,1616 ----------------------------------3,1473 3,1473 3,1473 3,1473 3,1473 14,9841 3,1473 27,4572 31,2086 27,4572 3,1473 3,1473 3,3088 3,9234 3,2961 18,8681 15,7638 d 0,1260 e --F 0,1486 g 0,5910 s --cb 0,1344 FC ---

" Pagina 10: DICE: "Fijese las Compensaciones Anuales a asignar a cada una de las empresas distribuidoras que suministra energia electrica a usuarios regulados en los Sistemas Aislados, en cumplimiento de lo dispuesto en el Articulo 30º de la Ley Nº 28832 y el Articulo 5º del Reglamento del Mecanismo de Compensacion para Sistemas Aislados, aprobado por Decreto Supremo Nº 069-2006-MEM, segun se indica: Cuadro Nº 6
Empresa Distribuidora Adinelsa (...) Compensacion Anual (Nuevos Soles) 62955 (...) % Participacion 0,098% (...)

El Precio Promedio de la Energia a nivel Generacion (PPEG) a que se refiere el Articulo 107º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas... (...) Fijese el valor del Costo de Racionamiento en 73,350 centimos de S/./kWh para todos los sistemas electricos". DEBE DECIR: "Articulo 4º.- Fijese los siguientes Precios en MORDAZA Efectivos que aplicara cada distribuidor que suministra

" DEBE DECIR: "Articulo 3º.- Fijese las Compensaciones Anuales a

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