Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2008 (13/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 93

El Peruano MORDAZA, jueves 13 de marzo de 2008

NORMAS LEGALES

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dentro del plazo legal respectivo. Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planificacion y Presupuesto y a la Gerencia de Administracion y Finanzas, el cumplimiento del presente Acuerdo, asi como las demas acciones que correspondan, con arreglo a ley. Por lo expuesto de conformidad con lo establecido en los Arts. 9º y 41º, de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972, el Concejo Municipal Distrital de San Marcos; ACUERDA: Articulo Primero.- Declarar en situacion de emergencia para la construccion inmediata de la infraestructura de la I.E. Nº 86964-1 ubicada en la Localidad de Gaucho del distrito de San MORDAZA provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA exonerandose de los Procesos de Seleccion correspondientes, encargandose a la Gerencia Municipal la adquisicion o contratacion exonerada, segun los canones establecidos en el Art. 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Segundo.- Encargar al Gerente Municipal de esta Institucion, la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano, asi como en el SEACE, el instrumento de aprobacion, informes bases y demas datos relevantes segun lo establece el Art. 147º del Reglamento y la Directiva Nº 001-2004/CONSUCODE/PRE. Articulo Tercero.- Remitase MORDAZA del presente Acuerdo, asi como de los informes que lo sustentan a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro del plazo legal respectivo. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y a la Gerencia de Administracion y Finanzas, el cumplimiento del presente Acuerdo, asi como las demas acciones que correspondan, con arreglo a ley. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 174925-6

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SOCABAYA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL Nº 023-2008-MDS Socabaya, 4 de marzo de 2008 VISTO: El Dictamen Legal Nº 051-2008-MDS/OAJ de la Oficina de Asesoria Juridica de la Municipalidad Distrital de Socabaya, y el informe tecnico Nº 22-2008-MDS-A-GM de la Gerencia de Administracion, y el informe Nº 043-08MDS-A.GM-GDS de la Gerencia de Desarrollo Social, tratados en la Sesion Ordinaria de Concejo Municipal Nº 004 de fecha 29 de febrero del 2008, referente al Posible Desabastecimiento del Vaso de Leche. CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad es un organo de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con lo dispuesto por el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado y se rige por la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades. Que, la Gerencia de Administracion a traves del informe Nº 22-2008-MDS-A-GM comunica que al tener los requerimientos Nºs. 08-2008-PVL y 009-2008-PVL-MDS

para proveer de los insumos del vaso del Leche para los meses de marzo y MORDAZA del 2008, y habiendo quedado nulo el MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica Nº 012008-MDS, a efecto de que los beneficiarios no se vean afectados, solicita la Declaracion de Desabastecimiento Inminente del Programa Social del Vaso de Leche, que administra la Municipalidad Distrital de Socabaya Que, la Gerencia de Desarrollo Social mediante informe Nº 043-08-MDS-A.GM-GDS del 27 de febrero del 2008 requiere contratar la adquisicion de insumos para el Programa Social del Vaso de Leche que administra la Municipalidad los siguientes insumos: Enriquecido Lacteo, Hojuela de Quinua MORDAZA y Kiwicha y Leche Evaporada, para atender a los 3,140 beneficiados del programa social, para los periodos marzo y MORDAZA del 2008. Que el objetivo del Estado es la relacion del bien comun, y la finalidad de los Gobiernos locales es promover la adecuada prestacion de los servicios Publicos Locales y el Desarrollo Integral, Sostenible y Armonico de sus circunscripcion, de conformidad a lo prescrito en el Articulo IV del Titulo preliminar de la Ley Nº 27972. Que, las municipalidades en materia de programas sociales, de defensa y promocion de derechos ejercen la siguiente funcion especifica exclusiva, Ejecutar el Programa del Vaso de Leche y demas programas de apoyo alimentario con participacion de la poblacion en concordancia con la legislacion sobre la materia, esto de conformidad con lo establecido en el articulo 84º numeral 2 apartado 2.11 de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades. Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 095-2008 de fecha 21 de febrero del 2008 se declara de oficio la nulidad del MORDAZA de seleccion Nº 001-2008-MDS para la adquisicion del Enriquecido Lacteo, Hojuela de Cereales y Leche Evaporada Entera, para el programa del Vaso de Leche del ejercicio presupuestal 2008, que administra la Municipalidad Distrital de Socabaya, nulidad que ha sido declarada por haberse incurrido en error en la conformacion del Comite Especial, y por tanto se ha quebrado la normatividad especial que regula las Contrataciones y Adquisiciones del Estado, MORDAZA que se ha retrotraido hasta el estado de la iniciacion del MORDAZA de seleccion previa aprobacion de las bases administrativas; hecho que ha motivado el desabastecimiento inminente del Programa Social del Vaso de Leche que viene administrando la Comuna Distrital. Que, en tal sentido la nulidad declarada de oficio respecto del MORDAZA de seleccion, el mismo que ha sido retrotraido hasta la etapa en que se ha incurrido el vicio insubsanable, acto que a constituido un hecho imprevisible, y extraordinario, que origina a ausencia de los insumos para el programas Social del Vaso de Leche, configurandose la situacion de Desabastecimiento Inminente. Que, al respecto el articulo 19º inciso c) del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, preve exoneracion de procesos de Seleccion de Adquisiciones y Contrataciones, cuando ellas se realizaron en situacion de desabastecimiento inminente, conceptuando el articulo 21º del D.S. Nº 083-2004-PCM, la causal de "Desabastecimiento Inminente" aquella situacion extraordinaria e imprevisible en que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda. Que, del Informe Nº 22-2008-MDS/A-GM-GA evacuado por la Gerencia de Administracion se desprende que se hace necesario la declaracion de desabastecimiento inminente y por consiguiente la exoneracion del MORDAZA de seleccion a fin de dar solucion y atencion inmediata a los beneficiados del programa del Vaso de Leche, que ascienden a 3, 140 beneficiarios. Asi mismo en el informe referido, la Gerencia de Administracion informa que el Comite de Administracion ha aprobado los productos que seran repartidos durante el ano 2008, los mismos que cuentan con un informe tecnico elaborado por los profesionales de la materia quienes ha verificado que

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