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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 13 de marzo de 2008 368652 ORDENANZA QUE PRORROGA PLAZO PARA PAGO DE LA PRIMERA CUOTA DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES 2008 Artículo Primero.- Prorrogar hasta el 31 de marzo del 2008, el plazo de vencimiento del pago de la Primera Cuota del Impuesto Predial, establecido en el TUO de la Ley de Tributación Municipal y de la Primera Cuota del pago de Arbitrios (Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo), establecido en las Ordenanzas Nº 120, 121 y normas complementarias. De igual forma, será extensiva a los benefi cios que rigen para las cancelaciones previstas dentro del plazo establecido en la normatividad de la materia”. Artículo Segundo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. DISPOSICIONES FINALES Primero.- La prórroga y los alcances de la presente Ordenanza, también serán aplicables para el artículo 6º de la Ordenanza Nº 064-2005-MSJL, “Ordenanza que otorga Benefi cios al Régimen Pensionario”. Asimismo, mientras dure esta prórroga, se suspenderá la aplicación del artículo 8º de la Ordenanza Nº 064. Segundo.- Encargar a la Gerencia de Rentas y Sub Gerencias que la conforman el cumplimiento de la presente Ordenanza; a la Secretaria General su publicación y a la Secretaría de Imagen Institucional su difusión. Tercero.- Facultar al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las Disposiciones Complementarias para la adecuación y mejor aplicación de la presente Ordenanza, así como también para establecer la prórroga de la misma. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.CARLOS JOSÉ BURGOS HORNA Alcalde 174443-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Aprueban Reglamento de Altas, Bajas y Enajenación de los Bienes Patrimoniales de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA Nº 005-2008/MDSMP San Martín de Porres, 29 de febrero del 2008EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES VISTO.- El Informe Nº l60-2007-GPP/MDSMP de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; Informe Nº. 460-2007-GAJ/MDSMP de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Memorándum Nº l44l-2007-GM/MDSMP de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO. Que, el artículo 56, Incs. 1) y 2) de la Ley Nº 27972 – Orgánica de Municipalidades, señala que son bienes de la municipalidad los inmuebles y muebles de uso público destinados a servicios públicos locales, así como todos los adquiridos, construidos y/o sostenidos por la municipalidad; Que, la Tercera Disposición Complementaria del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF – Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de la Propiedad Estatal establece que las acciones de adquisición, disposición, administración y gestión que realicen las municipalidades respecto de su patrimonio se rigen por sus leyes, ordenanzas y supletoriamente por las normas de dicho Reglamento General; Que, los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de Ordenanzas, sancionan los procedimientos para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario que no sean competencia del concejo municipal; Que, en ese orden de ideas corresponde aprobar el Reglamento de Altas, Bajas y Enajenación de Bienes Patrimoniales de la Entidad, estableciendo las normas y procedimientos para realizar estas acciones sobre los bienes que forman parte del patrimonio municipal; De conformidad con los artículos 20, Inc. 6) y 42 de la Ley Nº 27972 – Orgánica de Municipalidades y Decreto Supremo Nº 154-2001-EF – Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de la Propiedad Estatal; SE DECRETA:Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Altas, Bajas y Enajenación de los Bienes Patrimoniales de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres que, en folios ll, forma parte integrante del presente Decreto. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO toda disposición que se oponga a la presente. Artículo Tercero.- El presente Decreto entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde 172680-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Prorrogan plazo de vencimiento de pago del Impuesto Predial del año 2008 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000013 Callao, 10 de marzo de 2008EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO: POR CUANTO:El Concejo Municipal Provincial del Callao, en sesión de fecha 10 de marzo de 2008; aprobó la siguiente; Ordenanza Municipal: CONSIDERANDO:Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y tienen potestad tributaria para crear, modifi car y suprimir contribuciones, arbitrios, licencias y derechos municipales, de conformidad con los artículos 194 y 74 de la Constitución Política del Perú; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en el artículo 9 inciso 8 establece que compete al Concejo Municipal aprobar, modifi car o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos; Que, en el artículo 15º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, se establece que las formas de pago del Impuesto Predial, son: al contado, hasta el