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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 29 de marzo de 2008 369699 la Ordenanza Municipal que dispone su creación, para inmediatamente después elaborar los planes necesarios para su óptimo funcionamiento, como son el plan operativo y el plan de desarrollo de necesidades; Que, el Informe Nº 116-2007-MPC/GGPPR, emitido por la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, opina que la Gerencia General de Participación Vecinal establezca coordinaciones con el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, a fi n de determinar las pautas y cumplir en forma progresiva con el desarrollo de sus programas, en concordancia con el artículo 8 de la Ley Nº 28803, de acuerdo a la capacidad económico-operativa de la municipalidad y de los aportes del MIMDES, que deberán ser especifi cados, es decir, diagnóstico, objetivos, fi nalidad, requerimiento de recursos necesarios, actividades, tareas a desarrollar, metas; Que, el Informe Nº 847-2007-MPC-GGAJC, emitido por la Subgerencia de Asuntos Administrativos, dependiente de la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación, opina que debe aprobarse la ordenanza municipal para la creación del CIAM, Centro Integral de Atención al Adulto Mayor de la Municipalidad Provincial del Callao; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 000001 del 11 de enero de 2008, se modifi có a través del artículo 96 inciso j. el Reglamento de Organización de Funciones - ROF de la Municipalidad Provincial del Callao, encargando a la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales, la función de programar, coordinar, ejecutar y evaluar las acciones sociales y programas a la protección y apoyo de los niños, mujeres, adolescentes y adultos mayores; Estando a lo expuesto y de acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal Provincial del Callao; ha dado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL DE CREACION DEL PROGRAMA CENTRO INTEGRAL DE ATENCION AL ADULTO MAYOR (CIAM) EN LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO. Artículo 1º.- Créase el Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM), en la Municipalidad Provincial del Callao, cuyo objetivo es asegurar espacios saludables e integrales, benefi ciando a la población adulta mayor y garantizando la inclusión de las personas adultas mayores; y a las familias que las tienen a su cargo, creando dentro de la Provincia Constitucional del Callao, un sistema social de interés superior de los derechos fundamentales de las personas de la tercera edad. Artículo 2º.- El Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM), tendrá como fi nalidad esencial: a) Desarrollar lazos de mutuo conocimiento y amistad entre sus participantes. b) Identifi car problemas individuales, familiares o locales en general. c) Combatir y prevenir los problemas de salud más comunes en este grupo de edad, con intervención de las sociedades civiles y de las instituciones en materia de salud que coadyuven a la realización del programa social. d) Realizar actividades y prácticas de carácter recreativo e integrativo. e) Participar en talleres de autoestima, mantenimiento de funciones mentales superiores y prevención de enfermedades crónicas. f) Otorgar especial importancia a la labor de alfabetización y erradicar el analfetismo de raíz. g) Implementar talleres de manufacturas y desarrollo de habilidades en labores puntuales. h) Participar en eventos sociales informativos sobre análisis de la problemática local y alternativas de solución. i) Promover en la ciudadanía un trato diligente, respetuoso y solidario con las personas adultas mayores. j) Proponer soluciones a la problemática que afecta al adulto mayor. Artículo 3º.- El Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM), es un Programa a cargo de la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales. Artículo 4º.- El Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM), coordinará con el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, a través de la Dirección de Personas Adultas Mayores, para el desarrollo de sus funciones.Artículo 5º.- La Gerencia Municipal, la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales y la Gerencia General de Presupuesto, Planeamiento y Racionalización, quedan encargadas de realizar acciones administrativas, a fi n de dar cumplimiento a la presente Ordenanza. POR TANTO:Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.FÉLIX MORENO CABALLERO Alcalde del Callao 180738-1 Autorizan viaje de Regidores a Chile para asistir al Seminario Internacional “Tendencias Actuales en el Desarrollo de Ciudades - Aeropuertos y Gobiernos o Administraciones Locales” ACUERDO Nº 000055 Callao, 23 de febrero de 2008El Concejo Municipal Provincial del callao, visto en Sesión Ordinaria celebrada el 23 de febrero del 2008, con el voto UNÁNIME del Cuerpo de Regidores y en uso de las facultades conferidas al Concejo por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 y su Reglamento de Organización Interior del Concejo, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 034-2004-MPC; y CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en el artículo 194, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, en el artículo 9 inciso 11 establece que es atribución del Concejo Municipal autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el Alcalde, los Regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro funcionario; Que, mediante la Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos N° 27619 y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que reglamenta la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en el artículo 5, establece la escala de viáticos por zonas geográfi cas por día y el artículo 8, establece que los viáticos que se otorguen conforme a la escala serán por cada uno de los días que dure de manera ofi cial el evento y se agregará un día por concepto de instalación; Que, con carta sin número remitida por el señor Alcalde Johnny Carrasco Cerda, de la Ilustre Municipalidad de Pudahuel, de la República de Chile, hace la invitación a la Municipalidad Provincial del Callao al Seminario Internacional denominado “Tendencias Actuales en el Desarrollo de Ciudades – Aeropuertos y los Gobiernos o Administraciones Locales”, el cual tiene por objetivos compartir experiencia e intercambiar nuevos aprendizajes y conformar una asociación de municipalidades que tengan aeropuerto en sus ciudades, dicho seminario se llevará acabo los días 17 y 18 de abril del 2008, en la sede de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe - CEPAL, Santiago de Chile; Que, el señor Alcalde propuso a los regidores provinciales Pío Fernando Salazar Villarán, José Danós Rochabrun y Adolfo Granadino Farías, sean los que representen a la Municipalidad Provincial del Callao en el Seminario Internacional denominado “Tendencias Actuales en el Desarrollo de Ciudades – Aeropuertos y Gobiernos Locales”, el cual tiene por objetivo compartir experiencia e intercambiar nuevos aprendizajes y conformar una asociación de municipalidades que tengan aeropuerto en sus ciudades; concediéndose un día adicional para su instalación y traslado de acuerdo a lo previsto en el artículo 8 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; Que, mediante Informe N° 404-2008-MPC/GGA-GA, la Gerencia de Abastecimiento, dependiente de la Gerencia General de Administración, remite la cotización de tres (3) pasajes aéreos internacionales Lima/Santiago de Chile/Lima, para el viaje en calidad de comisión de servicios a