Norma Legal Oficial del día 29 de marzo del año 2008 (29/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 93

El Peruano MORDAZA, sabado 29 de marzo de 2008

NORMAS LEGALES

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la Ordenanza Municipal que dispone su creacion, para inmediatamente despues elaborar los planes necesarios para su optimo funcionamiento, como son el plan operativo y el plan de desarrollo de necesidades; Que, el Informe Nº 116-2007-MPC/GGPPR, emitido por la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalizacion, opina que la Gerencia General de Participacion Vecinal establezca coordinaciones con el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, a fin de determinar las pautas y cumplir en forma progresiva con el desarrollo de sus programas, en concordancia con el articulo 8 de la Ley Nº 28803, de acuerdo a la capacidad economico-operativa de la municipalidad y de los aportes del MIMDES, que deberan ser especificados, es decir, diagnostico, objetivos, finalidad, requerimiento de recursos necesarios, actividades, tareas a desarrollar, metas; Que, el Informe Nº 847-2007-MPC-GGAJC, emitido por la Subgerencia de Asuntos Administrativos, dependiente de la Gerencia General de Asesoria Juridica y Conciliacion, opina que debe aprobarse la ordenanza municipal para la creacion del CIAM, Centro Integral de Atencion al Adulto Mayor de la Municipalidad Provincial del Callao; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 000001 del 11 de enero de 2008, se modifico a traves del articulo 96 inciso j. el Reglamento de Organizacion de Funciones - ROF de la Municipalidad Provincial del Callao, encargando a la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales, la funcion de programar, coordinar, ejecutar y evaluar las acciones sociales y programas a la proteccion y apoyo de los ninos, mujeres, adolescentes y adultos mayores; Estando a lo expuesto y de acuerdo a lo establecido en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal Provincial del Callao; ha dado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL DE CREACION DEL PROGRAMA CENTRO INTEGRAL DE ATENCION AL ADULTO MAYOR (CIAM) EN LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO. Articulo 1º.- Crease el Centro Integral de Atencion al Adulto Mayor (CIAM), en la Municipalidad Provincial del Callao, cuyo objetivo es asegurar espacios saludables e integrales, beneficiando a la poblacion adulta mayor y garantizando la inclusion de las personas adultas mayores; y a las familias que las tienen a su cargo, creando dentro de la Provincia Constitucional del Callao, un sistema social de interes superior de los derechos fundamentales de las personas de la tercera edad. Articulo 2º.- El Centro Integral de Atencion al Adulto Mayor (CIAM), tendra como finalidad esencial: a) Desarrollar lazos de mutuo conocimiento y amistad entre sus participantes. b) Identificar problemas individuales, familiares o locales en general. c) Combatir y prevenir los problemas de salud mas comunes en este grupo de edad, con intervencion de las sociedades civiles y de las instituciones en materia de salud que coadyuven a la realizacion del programa social. d) Realizar actividades y practicas de caracter recreativo e integrativo. e) Participar en talleres de autoestima, mantenimiento de funciones mentales superiores y prevencion de enfermedades cronicas. f) Otorgar especial importancia a la labor de alfabetizacion y erradicar el analfetismo de raiz. g) Implementar talleres de manufacturas y desarrollo de habilidades en labores puntuales. h) Participar en eventos sociales informativos sobre analisis de la problematica local y alternativas de solucion. i) Promover en la ciudadania un trato diligente, respetuoso y solidario con las personas adultas mayores. j) Proponer soluciones a la problematica que afecta al adulto mayor. Articulo 3º.- El Centro Integral de Atencion al Adulto Mayor (CIAM), es un Programa a cargo de la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales. Articulo 4º.- El Centro Integral de Atencion al Adulto Mayor (CIAM), coordinara con el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, a traves de la Direccion de Personas Adultas Mayores, para el desarrollo de sus funciones.

Articulo 5º.- La Gerencia Municipal, la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales y la Gerencia General de Presupuesto, Planeamiento y Racionalizacion, quedan encargadas de realizar acciones administrativas, a fin de dar cumplimiento a la presente Ordenanza. POR TANTO: Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del Callao 180738-1

Autorizan viaje de Regidores a MORDAZA para asistir al MORDAZA Internacional "Tendencias Actuales en el Desarrollo de Ciudades - Aeropuertos y Gobiernos o Administraciones Locales"
ACUERDO Nº 000055 Callao, 23 de febrero de 2008 El Concejo Municipal Provincial del callao, visto en Sesion Ordinaria celebrada el 23 de febrero del 2008, con el MORDAZA UNANIME del Cuerpo de Regidores y en uso de las facultades conferidas al Concejo por la Ley Organica de Municipalidades N° 27972 y su Reglamento de Organizacion Interior del Concejo, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 034-2004-MPC; y CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en el articulo 194, establece que las municipalidades son organos de gobierno local que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, en el articulo 9 inciso 11 establece que es atribucion del Concejo Municipal autorizar los viajes al exterior del MORDAZA que, en comision de servicios o representacion de la municipalidad, realicen el MORDAZA, los Regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro funcionario; Que, mediante la Ley que Regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos N° 27619 y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que reglamenta la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, en el articulo 5, establece la escala de viaticos por zonas geograficas por dia y el articulo 8, establece que los viaticos que se otorguen conforme a la escala seran por cada uno de los dias que dure de manera oficial el evento y se agregara un dia por concepto de instalacion; Que, con carta sin numero remitida por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de la Ilustre Municipalidad de Pudahuel, de la Republica de MORDAZA, hace la invitacion a la Municipalidad Provincial del Callao al MORDAZA Internacional denominado "Tendencias Actuales en el Desarrollo de Ciudades ­ Aeropuertos y los Gobiernos o Administraciones Locales", el cual tiene por objetivos compartir experiencia e intercambiar nuevos aprendizajes y conformar una asociacion de municipalidades que tengan aeropuerto en sus ciudades, dicho MORDAZA se llevara acabo los dias 17 y 18 de MORDAZA del 2008, en la sede de la Comision Economica para MORDAZA Latina y el Caribe - CEPAL, MORDAZA de Chile; Que, el senor MORDAZA propuso a los regidores provinciales MORDAZA MORDAZA MORDAZA Villaran, MORDAZA Danos Rochabrun y MORDAZA Granadino MORDAZA, MORDAZA los que representen a la Municipalidad Provincial del Callao en el MORDAZA Internacional denominado "Tendencias Actuales en el Desarrollo de Ciudades ­ Aeropuertos y Gobiernos Locales", el cual tiene por objetivo compartir experiencia e intercambiar nuevos aprendizajes y conformar una asociacion de municipalidades que tengan aeropuerto en sus ciudades; concediendose un dia adicional para su instalacion y traslado de acuerdo a lo previsto en el articulo 8 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; Que, mediante Informe N° 404-2008-MPC/GGA-GA, la Gerencia de Abastecimiento, dependiente de la Gerencia General de Administracion, remite la cotizacion de tres (3) pasajes aereos internacionales Lima/Santiago de Chile/ MORDAZA, para el viaje en calidad de comision de servicios a

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