Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MARZO DEL AÑO 2008 (29/03/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 81

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 29 de marzo de 2008 369687 Artículo 15º.- Las personas naturales o jurídicas, podrán realizar la baja – sustitución y retiro de sus vehículos cumpliendo los siguientes requisitos: a) Para el trámite de la baja y sustitución se deberá cumplir con los mismos requisitos señalados en la presente Ordenanza para la autorización; así como entregar el Certifi cado de Operación a la Subgerencia de Regulación de Transporte, para proceder a su cancelación en el Registro. b) Para el trámite de retiro de vehículo se deberá presentar una solicitud con fi rma legalizada por Notario, adjuntando el Certifi cado de Operación, ante la Subgerencia de Regulación del Transporte. c) Pagar derecho de trámite correspondiente. Artículo 16º.- Cualquier modifi cación o actualización de los datos registrados en las autorizaciones y habilitaciones procederán cuando se produzca un cambio en los datos consignados por las personas naturales o jurídicas y los conductores o cuando se produzcan cambios en las características del vehiculo, lo cual se acreditará con los documentos probatorios respectivos ante la subgerencia de Regulación del Transporte.” Artículo Segundo.- Modifíquese en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Gerencia de Transporte Urbano los requisitos y montos de los derechos de pago para el transporte escolar señalados en los procedimientos 1.2. y 6.2., asimismo incorpórese los procedimientos 3.6.1., 3.7.1. y 4.1.1 con sus respectivos requisitos y porcentajes de los derechos de pago correspondientes de acuerdo a la Unidad Impositiva Tributaria Vigente. Además incorpórese en el procedimiento 02 de los Servicios Exclusivos de la Gerencia de Transporte Urbano, el requisito de Declaración Jurada de pérdida o deterioro del título habilitante, para el transporte escolar. Artículo Tercero.- Fíjese en Porcentajes de la UIT vigente, los montos de los derechos por el trámite de los siguientes procedimientos administrativos: PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVODERECHO DE PAGO % UIT • Registro de vehículo servicio Transporte Escolar.2.500 • Autorización para el transporte escolar 3.250 • Por Certi fi cado de Operación o Renovación para el Transporte Escolar0.645 • Por Credencial o Renovación de Credencial para Transporte Escolar0.484 DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- Modifíquese el Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobado por Ordenanza Nº 1114, según el Anexo 01 de la presente Ordenanza. Segunda.- Disponer que podrá delegarse las competencias y funciones específi cas exclusivas de la Municipalidad Metropolitana de Lima establecidas en la presente Ordenanza a favor en las Municipalidades Distritales, en virtud del artículo 76º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. Tercera.- Déjese sin efecto la Ordenanza Nº 1004, que no entró en vigencia, por no haber sido publicada. Cuarta.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. El Anexo 01 de la presente Ordenanza será publicado en la página web de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe) POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla. En Lima a los 19 MAR. 2008MARCO ANTONIO PARRA SÁNCHEZ Teniente Alcalde de laMunicipalidad Metropolitana de Lima Encargado de la Alcaldía 181010-1Ratifican Ordenanzas relativas a montos por derecho de emisión mecanizada del impuesto predial y arbitrios en el distrito de Chorrillos en el ejercicio 2008 ACUERDO DE CONCEJO Nº 118 Lima, 17 de marzo de 2008Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 13 de marzo del año en curso el Ofi cio N° 001-090-004677 de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria – SAT, sobre ratifi cación de la Ordenanza N° 130/MDCH y 131/MDCH, modifi cadas por las Ordenanzas Nos. 134/MDCH y 135/MDCH, que fi jan los montos por derecho de emisión mecanizada del impuesto predial y arbitrios municipales en el Distrito de Chorrillos correspondiente al ejercicio 2008. CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27927, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratifi cadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción, para su entrada en vigencia y exigibilidad. Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Ordenanza 607 publicada el 24 de marzo de 2004, reguló el procedimiento para la ratifi cación de Ordenanzas tributarias de las Municipalidades Distritales de la Provincia de Lima. Que, la Municipalidad Distrital recurrente, en aplicación y observancia de la normatividad vigente aprobó la Ordenanza, objeto de la ratifi cación, remitiéndola con tal fi n a la Municipalidad Metropolitana de Lima, conjuntamente con la información y/o documentación sustentatoria respectiva, la que tiene carácter de Declaración Jurada, según lo dispuesto por el Inc. b) del Artículo Segundo de la Ordenanza Nº 607-MML, y consecuentemente el Servicio de Administración Tributaria-SAT ha realizado el análisis técnico y legal de la información y/o documentación presentada por la referida Municipalidad Distrital, concluyendo según Informe N° 004-082-00000777, que procede la ratifi cación de la mencionada Ordenanza, por cumplir los requisitos exigidos para tal efecto. De conformidad con la referida normatividad, de acuerdo con las opiniones del Servicio de Administración Tributaria-SAT y de la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y de Organización en su Dictamen Nº 057-2008-MML/CMAEO, por sus fundamentos; ACORDÓ:Artículo Primero.- Ratifi car la Ordenanza N° 130/ MDCH y 131/MDCH, modifi cadas por las Ordenanzas Nos. 134/MDCH y 135/MDCH, que fi jan los montos por derecho de emisión mecanizada del impuesto predial y arbitrios municipales en el Distrito de Chorrillos correspondiente al ejercicio 2008 en su jurisdicción, dado que cumple con las disposiciones técnicas y legales establecidos en el marco legal para su aprobación y vigencia. Artículo Segundo.- Dejar constancia que el presente Acuerdo ratifi catorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de la publicación del texto íntegro de las Ordenanzas Nºs.130 y 131, 134 y 135-MDCH con el Anexo que contiene el Cuadro de Estructura de Costos correspondiente. Por otro lado, la aplicación de la Ordenanza, materia de la presente ratifi cación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital que solicita la ratifi cación. Asimismo, corresponde precisar que la evaluación realizada se efectuó sobre la base de la información remitida por la indicada Municipalidad Distrital, la cual tiene carácter de Declaración Jurada conforme lo dispuesto en la Ordenanza Nº 607. Artículo Tercero.- Cumplido el citado requisito de publicación, la Municipalidad Metropolitana de Lima a través de su página web: www.munlima.gob.pe hará de