TEXTO PAGINA: 86
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 29 de marzo de 2008 369692 disposición transitoria y final que la misma entraría en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, cuando de conformidad con lo dispuesto en la Primera Disposición Final de la Ordenanza Nº 607-MML las Ordenanzas que regulan materia tributaria deberán incluir una disposición que establezca su entrada en vigencia a partir del día siguiente de la publicación en el Diario Oficial El Peruano del Acuerdo de Lima Metropolitana que la ratifica, igualmente debe modificarse el artículo 3º de la referida Ordenanza en el sentido de que se apruebe la Estructura de Costos del derecho de emisión mecanizada de las hojas de liquidación de los arbitrios municipales 2008; debiendo por lo tanto proceder a su modificación en dicho sentido. Que estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el Artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades –Ley N° 27972, el Concejo por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del Acta, aprobó la siguiente : ORDENANZA Artículo Primero.- Modifíquese el Artículo 3° de la Ordenanza N° 131-MDCH, de fecha 3 de enero del 2008, quedando redactado como sigue: Apruébese la modifi cación de la Estructura de Costos del derecho de emisión mecanizada de las hojas de liquidación de los arbitrios municipales 2008, que como Anexo I, forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- Modifi car la segunda disposición transitoria y fi nal de la Ordenanza Nº 131-MDCH , en el sentido de que “La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano del Acuerdo de Lima Metropolitana que la ratifi ca”. POR TANTO: Mando se publique y cumpla.AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 181129-1 MUNICIPALIDAD DE LURIN Establecen montos del derecho de emisión mecanizada por concepto del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales ORDENANZA MUNICIPAL N° 172/ML Lurín, 11 de febrero del 2008EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURÍN POR CUANTO:El Concejo Municipal del Distrito de Lurín, visto en Sesión Extraordinaria del 11 de febrero del 2008, el Informe Nº 029-2008/ML/GR, promovido por la Gerencia de Rentas, referente Proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba la Estructura de Costos por Servicio de Emisión Mecanizada por Impuesto Predial y Arbitrios Municipales ejercicio 2008. CONSIDERANDO.-Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú precisa que las Municipalidades son órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, señala que mediante ordenanzas se crean, modifi can, suprimen o exoneran de los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por Ley. Asimismo, precisa que las ordenanzas son normas de carácter general por medio de las cuales se regulan las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa. Que, asimismo el citado artículo menciona que las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratifi cadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción para su vigencia. Que, la Cuarta Disposición Transitoria Final del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo N.º 156-2004-EF, faculta a las Municipalidades a cobrar por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y recibos de pago correspondiente, incluida su distribución a domicilio, un importe no mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 01 de enero de cada ejercicio. Que, resulta necesario establecer los montos que deben abonar los contribuyentes por el derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de tributos y de recibos de pago del Impuesto Predial correspondiente al ejercicio 2008. De conformidad con lo establecido por los artículos 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal aprobó por unanimidad, con dispensa de lectura y aprobación del acta, la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLE MONTOS DEL DERECHO DE EMISION MECANIZADA POR IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO 2008 Artículo Primero.- APRUÉBESE, la Estructura de Costos por Servicio de Emisión Mecanizada por Impuesto Predial y Arbitrios Municipales ejercicio 2008 que como Anexo N° 01, forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- FÍJESE, en S/. 6.00 (Seis y 00/100 Nuevos Soles), el monto anual que deberán abonar los contribuyentes por concepto de Derecho de Emisión Mecanizada de actualización de valores y determinación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales y Hojas de Liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del 2008, incluida su distribución a domicilio. Por cada predio adicional, se abonará S/. 3.00 (Tres y 00/100 Nuevos Soles), por el derecho mencionado. El monto del derecho se abonará conjuntamente con la primera cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio 2008. Artículo Tercero.- AUTORIZAR, la emisión mecanizada conjunta de las tasas mensuales de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos, y Seguridad Ciudadana 2008. Artículo Cuarto.- AUTORIZAR, la distribución domiciliaria de los Cronogramas de Pagos conteniendo los tributos mencionados. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de la publicación en el Diario Oficial El Peruano del Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima, que la ratifica. Artículo Sexto.- Encargar a la Sub Gerencia de Recaudación y Control de la Gerencia de Rentas y a la Sub Gerencia de Informática, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, publíquese, comuníquese, cúmplase.JORGE MARTICORENA CUBA Alcalde