Norma Legal Oficial del día 29 de marzo del año 2008 (29/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 29 de marzo de 2008

disposicion transitoria y final que la misma entraria en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, cuando de conformidad con lo dispuesto en la Primera Disposicion Final de la Ordenanza Nº 607-MML las Ordenanzas que regulan materia tributaria deberan incluir una disposicion que establezca su entrada en vigencia a partir del dia siguiente de la publicacion en el Diario Oficial El Peruano del Acuerdo de MORDAZA Metropolitana que la ratifica, igualmente debe modificarse el articulo 3º de la referida Ordenanza en el sentido de que se apruebe la Estructura de Costos del derecho de emision mecanizada de las hojas de liquidacion de los arbitrios municipales 2008; debiendo por lo tanto proceder a su modificacion en dicho sentido. Que estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el Articulo 40° de la Ley Organica de Municipalidades ­Ley N° 27972, el Concejo por UNANIMIDAD y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta, aprobo la siguiente : ORDENANZA Articulo Primero.- Modifiquese el Articulo 3° de la Ordenanza N° 131-MDCH, de fecha 3 de enero del 2008, quedando redactado como sigue: Apruebese la modificacion de la Estructura de Costos del derecho de emision mecanizada de las hojas de liquidacion de los arbitrios municipales 2008, que como Anexo I, forma parte integrante de la presente ordenanza. Articulo Segundo.- Modificar la MORDAZA disposicion transitoria y final de la Ordenanza Nº 131-MDCH , en el sentido de que "La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano del Acuerdo de MORDAZA Metropolitana que la ratifica". POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MIYASHIRO YAMASHIRO MORDAZA 181129-1

administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, senala que mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran de los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los limites establecidos por Ley. Asimismo, precisa que las ordenanzas son normas de caracter general por medio de las cuales se regulan las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa. Que, asimismo el citado articulo menciona que las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripcion para su vigencia. Que, la Cuarta Disposicion Transitoria Final del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal aprobado por Decreto Supremo N.º 156-2004-EF, faculta a las Municipalidades a cobrar por el servicio de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de impuestos y recibos de pago correspondiente, incluida su distribucion a domicilio, un importe no mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 01 de enero de cada ejercicio. Que, resulta necesario establecer los montos que deben abonar los contribuyentes por el derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de tributos y de recibos de pago del Impuesto Predial correspondiente al ejercicio 2008. De conformidad con lo establecido por los articulos 9º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal aprobo por unanimidad, con dispensa de lectura y aprobacion del acta, la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLE MONTOS DEL DERECHO DE EMISION MECANIZADA POR IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO 2008 Articulo Primero.- APRUEBESE, la Estructura de Costos por Servicio de Emision Mecanizada por Impuesto Predial y Arbitrios Municipales ejercicio 2008 que como Anexo N° 01, forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- FIJESE, en S/. 6.00 (Seis y 00/100 Nuevos Soles), el monto anual que deberan abonar los contribuyentes por concepto de Derecho de Emision Mecanizada de actualizacion de valores y determinacion del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales y Hojas de Liquidacion del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del 2008, incluida su distribucion a domicilio. Por cada predio adicional, se abonara S/. 3.00 (Tres y 00/100 Nuevos Soles), por el derecho mencionado. El monto del derecho se abonara conjuntamente con la primera cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio 2008. Articulo Tercero.- AUTORIZAR, la emision mecanizada conjunta de las tasas mensuales de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos, y Seguridad Ciudadana 2008. Articulo Cuarto.- AUTORIZAR, la distribucion domiciliaria de los Cronogramas de Pagos conteniendo los tributos mencionados. Articulo Quinto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de la publicacion en el Diario Oficial El Peruano del Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, que la ratifica. Articulo Sexto.- Encargar a la Sub Gerencia de Recaudacion y Control de la Gerencia de Rentas y a la Sub Gerencia de Informatica, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, publiquese, comuniquese, cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

MUNICIPALIDAD DE LURIN
Establecen montos del derecho de emision mecanizada por concepto del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales
ORDENANZA MUNICIPAL N° 172/ML Lurin, 11 de febrero del 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIN POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Lurin, visto en Sesion Extraordinaria del 11 de febrero del 2008, el Informe Nº 029-2008/ML/GR, promovido por la Gerencia de Rentas, referente Proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba la Estructura de Costos por Servicio de Emision Mecanizada por Impuesto Predial y Arbitrios Municipales ejercicio 2008. CONSIDERANDO.Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru precisa que las Municipalidades son organos de Gobierno Local con autonomia politica, economica y

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