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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MAYO DEL AÑO 2008 (07/05/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 28

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 7 de mayo de 2008 371890 6. Cómputo de límites de concentración de cartera y los límites operativos Las exposiciones equivalentes a riesgo crediticio obtenidas de la aplicación de lo dispuesto en los numerales 3 y 5 de la presente Circular serán consideradas para la aplicación de los límites establecidos en los artículos 202º, 204º al 209º y 211º de la Ley General. 7. Ponderación de la exposición equivalente a riesgo crediticio de los instrumentos fi nancieros derivados dentro de los activos y créditos contingentes ponderados por riesgo. Para la aplicación del límite global referido en el artículo 199º de la Ley General, la exposición equivalente a riesgo crediticio de los instrumentos fi nancieros derivados, obtenida de la aplicación de los numerales 3 y 5 de la presente Circular, será considerada como un activo crediticio en el cómputo de los activos y créditos contingentes ponderados por riesgo, debiéndose considerar lo dispuesto en los artículos 188º al 193º de la Ley General. 8. Modifi caciones a la Información complementaria del Manual de Contabilidad Modifíquese el Reporte Nº 2 -A “Activos y Créditos Contingentes Ponderados por Riesgo” del Manual de Contabilidad, en los términos que se señala en el Anexo adjunto a la presente Circular. 9. Vigencia La presente Circular entra en vigencia a partir de la información correspondiente al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, fecha a partir de la cual queda derogada la Circular Nº B-2122-2003, F-0461-2003, CM-0308-2003, CR-0177-2003, EDPYME-0101-2003 del 18 de agosto de 2003. Atentamente,FELIPE TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros yAdministradoras Privadas de Fondos de Pensiones ANEXO Modifíquese el Anexo A “Activos y Créditos Contingentes Ponderados por Riesgo” del Reporte Nº 2 del Manual de Contabilidad, según se señala a continuación: 1. Sustitúyase en el numeral 9 del rubro I Activos con Riesgo 0%- Factor 0,0, los sub-rubros correspondientes a instrumentos fi nancieros derivados de moneda extranjera, de tasas de interés, sobre instrumentos representativos de deuda o derechos crediticios, y derivados crediticios, por: Denominación Observaciones I. ACTIVOS CON RIESGO 0% - Factor 0,0 9) Otras clasi fi cadas por la SBS Instrumentos fi nancieros derivados de ME Por la parte correspondiente al riesgo 0%. Instrumentos Financieros Derivados de Tasa de Interés Por la parte correspondiente al riesgo 0%. Instrumentos Financieros Derivados sobre Instrumentos Representativos de Deuda o Derechos CrediticiosPor la parte correspondiente al riesgo 0%. Instrumentos Financieros Derivados sobre Derivados CrediticiosPor la parte correspondiente al riesgo 0%. Instrumentos Financieros Derivados sobre Instrumentos Representativos de CapitalPor la parte correspondiente al riesgo 0%. Instrumentos Financieros Derivados sobre Commodities Por la parte correspondiente al riesgo 0%. 2. Sustitúyase en el numeral 2 del rubro II Activos Crediticios con Riesgo 10%- Factor 0,1, los sub-rubros correspondientes a instrumentos fi nancieros derivados de moneda extranjera, de tasas de interés, sobre instrumentos representativos de deuda o derechos crediticios, y derivados crediticios, por:II. ACTIVOS CREDITICIOS CON RIESGO 10% - FACTOR 0,1 2) Otras clasi fi caciones por la SBS Instrumentos fi nancieros derivados de MEPor la parte correspondiente al riesgo 10%. Instrumentos Financieros Derivados de Tasa de Interés Por la parte correspondiente al riesgo 10%. Instrumentos Financieros Derivados sobre Instrumentos Representativos de Deuda o Derechos CrediticiosPor la parte correspondiente al riesgo 10%. Instrumentos Financieros Derivados sobre Derivados CrediticiosPor la parte correspondiente al riesgo 10%. Instrumentos Financieros Derivados sobre Instrumentos Representativos de CapitalPor la parte correspondiente al riesgo 10%. Instrumentos Financieros Derivados sobre Commodities Por la parte correspondiente al riesgo 10%. 3. Sustitúyase en el numeral 8 del rubro III Activos Crediticios con Riesgo 20%- Factor 0,2, los sub-rubros correspondientes a instrumentos fi nancieros derivados de moneda extranjera, de tasas de interés, sobre instrumentos representativos de deuda o derechos crediticios, y derivados crediticios, por: III.ACTIVOS CREDITICIOS CON RIESGO 20% - FACTOR 0,2 8) Otras clasi fi cadas por la SBS Instrumentos fi nancieros derivados de ME Por la parte correspondiente al riesgo 20%. Instrumentos Financieros Derivados de Tasa de Interés Por la parte correspondiente al riesgo 20%. Instrumentos Financieros Derivados sobre Instrumentos Representativos de Deuda o Derechos CrediticiosPor la parte correspondiente al riesgo 20%. Instrumentos Financieros Derivados sobre Derivados CrediticiosPor la parte correspondiente al riesgo 20%. Instrumentos Financieros Derivados sobre Instrumentos Representativos de CapitalPor la parte correspondiente al riesgo 20%. Instrumentos Financieros Derivados sobre Commodities Por la parte correspondiente al riesgo 20%. 4. Sustitúyase en el numeral 9 del rubro IV Activos Crediticios con Riesgo 50%- Factor 0,5, los sub-rubros correspondientes a instrumentos fi nancieros derivados de moneda extranjera, de tasas de interés, sobre instrumentos representativos de deuda o derechos crediticios, y derivados crediticios, por: IV. ACTIVOS CREDITICIOS CON RIESGO 50% - FACTOR 0,5 9) Otras clasi fi cadas por la S.B.S. Instrumentos fi nancieros derivados de ME Por la parte correspondiente al riesgo 50%. Instrumentos Financieros Derivados de Tasa de Interés Por la parte correspondiente al riesgo 50%. Instrumentos Financieros Derivados sobre Instrumentos Representativos de Deuda o Derechos CrediticiosPor la parte correspondiente al riesgo 50%. Instrumentos Financieros Derivados sobre Derivados CrediticiosPor la parte correspondiente al riesgo 50%. Instrumentos Financieros Derivados sobre Instrumentos Representativos de CapitalPor la parte correspondiente al riesgo 50%. Instrumentos Financieros Derivados sobre Commodities Por la parte correspondiente al riesgo 50%. 5. Incorpórese en el numeral 15 del rubro V Activos Crediticios con Riesgo 100%, los sub-rubros correspondientes a instrumentos fi nancieros derivados de moneda extranjera, de tasas de interés, sobre instrumentos representativos de deuda o derechos crediticios, y derivados crediticios, por: V. ACTIVOS CON RIESGO CIEN (100%) 15) Otras según SBS: Instrumentos fi nancieros derivados de ME Por la parte correspondiente al riesgo 100%. Instrumentos Financieros Derivados de Tasa de Interés Por la parte correspondiente al riesgo 100%. Instrumentos Financieros Derivados sobre Instrumentos Representativos de Deuda o Derechos CrediticiosPor la parte correspondiente al riesgo 100%. Instrumentos Financieros Derivados sobre Derivados CrediticiosPor la parte correspondiente al riesgo 100%. Instrumentos Financieros Derivados sobre Instrumentos Representativos de CapitalPor la parte correspondiente al riesgo 100%. Instrumentos Financieros Derivados sobre Commodities Por la parte correspondiente al riesgo 100%. 196439-1Descargado desde www.elperuano.com.pe