Norma Legal Oficial del día 11 de mayo del año 2008 (11/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, MORDAZA 11 de MORDAZA de 2008

MORDAZA MORDAZA la cobertura de pasajes Arequipa-Lima - Lima-Arequipa y las tasas de embarque nacional, y los pasajes de Lima-Madrid-Granada-Madrid-Lima y tasas de embarque internacional, hasta por un monto total de S/. 3,948.50 (Tres Mil Novecientos Cuarenta y Ocho con 50/100 Nuevos Soles) para cada uno. Articulo Cuarto.- DISPONER a la Oficina de Administracion disponga las acciones correspondientes para el cumplimiento del presente Acuerdo Municipal. Registrese, cumplase y hagase saber. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 198377-1

Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de insumos del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad
ACUERDO MUNICIPAL Nº 031-2008-MDC Cayma, 2008 MORDAZA 10 VISTO: El Dictamen Legal Nº 45-2008-OAJ/MDC, en Sesion Ordinaria de Concejo Municipal Nº 031-2008-MDC de fecha 9 de MORDAZA de 2008. CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado establece que las Municipalidades son organos de gobierno local que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia y se rige por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972. Que, la Municipalidad Distrital de Cayma ha sido notificada con la Resolucion Nº 944-2008-TC-S4 del 3 de MORDAZA del 2008, la misma que resuelve Declarar Fundado el parte el Recurso de Apelacion interpuesto por la empresa ALIMENTOS PROCESADOS S.A. (ALPROSA) en contra de la Resolucion de Alcaldia Nº 027-2008-MDC, revocando su pronunciamiento y dispone la Nulidad de la Licitacion Publica Nº 002-2007-MDC, debiendo la Entidad retrotraer el MORDAZA a la etapa de convocatoria, previa formulacion de las Bases. Que, mediante Informe Nº 049-2008-MDC-GPD emitido por la Gerencia de Promocion del Desarrollo, mediante el cual indica que es necesaria la declaracion de Desabastecimiento Inminente del Programa del Vaso de Leche, por los meses de MORDAZA y MORDAZA del ano en curso respecto a tres insumos Enriquecido Lacteo, Hojuela de Cereales y Leche Evaporada Entera, en vista que la Municipalidad ha sido notificada con la Resolucion Nº 944-2008-TC-S4 del 3 de MORDAZA del 2008 indicada en el considerando precedente y como consecuencia de la ejecucion de la misma, se tendra que volver a convocar a MORDAZA de seleccion, lo que llevara un tiempo conforme a ley y ademas en vista que los beneficiarios no pueden ser desatendidos por dicho periodo. Que, en tal sentido y en estricto cumplimiento de la Resolucion emitido por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva Nº 007-2008-MDC, cuyo objeto era la adquisicion de insumos de hojuelas y leche evaporada entera para el Programa del Vaso de Leche y que se encuentra en la etapa de Integracion de las Bases, deviene tambien en Nulo. A efecto de no desatender a los beneficiarios del distrito, es preciso declarar el desabastecimiento del Programa Social en mencion. Que, el Articulo 21º del D.S. Nº 083-2004-PCM, concordante con el Articulo 141º del D.S. Nº 084-2004-PCM, establece que se considera situacion de desabastecimiento inminente aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la

continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda. Que, asimismo, establece que la aprobacion de la exoneracion en virtud de la causal de situacion de desabastecimiento inminente, no constituye dispensa, exencion o liberacion de las responsabilidades de los funcionarios o servidores de la entidad cuya conducta hubiese originado la presencia o configuracion de dicha causal. En cualquier caso la autoridad competente para autorizar la exoneracion debera ordenar, en el acto aprobatorio de la misma, el inicio de las acciones que correspondan de acuerdo al Articulo 47º de la Ley. Que, el Articulo 19º inciso c) del D.S. Nº 083-2004PCM, Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, senala que estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de emergencia o de desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con la presente ley. Que, de otro lado, el Articulo 20º inc. c) del D.S. 083-2004-PCM, concordante con el Articulo 146º y 147º del D.S. Nº 084-2004-PCM, establece que todas las exoneraciones, salvo las previstas en el literal b) del Articulo 19º, se aprobaran mediante Acuerdo de Concejo Municipal en el caso de los Gobiernos Locales. Los Acuerdos senalados en los incisos precedentes requieren obligatoriamente de un informe tecnico-legal previo y seran publicados en el Diario Oficial El Peruano, excepto en los casos a que se refiere el inciso d) del Articulo 19º, MORDAZA de dichas resoluciones o acuerdos y el informe que los sustenta deben remitirse a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Estando a lo acordado en Sesion Ordinaria del 9 de MORDAZA del 2008, conforme a las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades, con vista del Informe tecnico y legal asi como la Resolucion Nº 944-2008-TCS4 del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el Concejo Municipal; ACUERDA:

Articulo Primero.- DECLARAR el Desabastecimiento Inminente del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Cayma, los meses de MORDAZA y MORDAZA del 2008 para los insumos de Hojuela de Cereales, Leche Entera y Enriquecido Lacteo, segun las especificaciones tecnicas en cada caso. Articulo Segundo.- APROBAR la exoneracion del MORDAZA de seleccion, por situacion de Desabastecimiento Inminente del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Cayma. Articulo Tercero.- DISPONER el inicio de acciones administrativas disciplinarias a los funcionarios y servidores que hubiesen ocasionado el Desabastecimiento Inminente declarado, de ser el caso. Articulo Cuarto.- DISPONER las acciones administrativas para la realizacion del MORDAZA de seleccion para la adquisicion de los insumos del Programa del Vaso de Leche conforme a las especificaciones tecnicas. Articulo Quinto.- DISPONER la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano y la remision de actuados a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del estado, dentro del termino de ley, bajo responsabilidad. Registrese, comuniquese, cumplase y hagase saber MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 198377-2

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