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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 11 de mayo de 2008 372134 en concordancia con la Sétima Disposición Final de la Ley Nº 29142 Ley de Presupuesto del Sector Público para el ejercicio Fiscal 2008”. De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29142, el Artículo 4º. De la Ley Nº 29206, Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972 con la votación por MAYORÍA del Cuerpo de Regidores y con la dispensa del trámite de la lectura y aprobación del acta; ACUERDA:Artículo Primero.- Exceptúese de las Normas del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y demás Normas Complementarias, de conformidad con la parte considerativa del presente Acuerdo de Concejo, la contratación y ejecución de las siguientes obras: • Av. Arica S/. 1’586,465.09 • Av. Bolivia S/. 1’126,845.23• Av. Venezuela S/. 910,861.82• Jr. Carhuaz S/. 175,700.93• Jr. Pomabamba S/. 137,679.68• Av. Tingo María S/. 199,619.67• Jr. Independencia S/. 73,493.38 • Jr. Restauración S/. 97,976.98 • Jr. Gral Orbegozo S/. 300,976.14 Artículo Segundo.- Designar a la Gerencia de Desarrollo Urbano, Subgerencia de Logística como las áreas responsables de llevar a cabo las contrataciones y adquisiciones al amparo de las excepciones previstas en la Sétima Disposición Final de la Ley Nº 29142, las que deberán llevarse en el marco de los principios de moralidad, libre competencia, imparcialidad, efi ciencia, transparencia, economía y trato justo e igualitario. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas informe a la Contraloría General de la Republica de las Contrataciones y Adquisiciones exceptuadas al amparo del presente Acuerdo de Concejo, de conformidad con el Artículo 7º de la Ley Nº 29206. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JOSÉ ANTONIO GORDILLO ABAD Alcalde 197937-1 MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA Modifican y amplían el D.A. Nº 010- 2007-A-MDI y designan integrantes de la Comisión Técnica Permanente de Mercados DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003-2008-MDI Independencia, 16 de abril de 2008 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA VISTO: El Informe Nº 327-2008/DCDC/GDEL/MDI de fecha 05MAR2008 emitido por la División de Comercialización y Defensa del Consumidor, Memorando Nº 102-2008/GDEL/MDI de fecha 06MAR2008 emitido por la Gerencia de Desarrollo Económico Local, Informe Nº 180-2008-UAL/MDI de fecha 17MAR2008 emitido por la Unidad de Asesoría Legal, Informe Nº 396-2008-DCDC-GDEL/-MDI de fecha 19MAR2008 emitido por la División de Comercialización y Defensa del Consumidor, el Informe Nº 066-2008-GDEL/MDI de fecha 03ABR2008 emitido por la Gerencia de Desarrollo Económico Local, Memorando Nº 605-2008-GM/MDI de fecha 08ABR2008 emitido por la Gerencia Municipal, Memorando Nº 184-2008-GDEL/MDI emitido por la Gerencia de Desarrollo Económico Local de fecha 16ABR2008; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 86º numerales 3.2 y 3.3 de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, establece que es función específica exclusiva de las Municipalidades Distritales ejecutar actividades de apoyo directo e indirecto a la actividad empresarial en su jurisdicción sobre información, capacitación, acceso a mercados, tecnología, financiamiento y otros campos a fin de mejorar la competitividad, así como concertar con instituciones del sector público y privado de su jurisdicción sobre la elaboración y ejecución de programas y proyectos que favorezcan el desarrollo económico del Distrito; Que, mediante Ordenanza Nº 072-94-MML, de fecha 18NOV1194, se aprobó el Nuevo Reglamento de Mercados, en la que establece en un solo Texto Ordenado las normas para la autorización, habilitación, reacondiciomamiento, reconocimiento de usos de puestos, estantes y otros relacionados con la presentación de servicios para el Acopio y Comercialización de Alimentos y afi nes en general en Centro de Expendio Mayorista y Minorista de Lima Metropolitana, alcanzando la norma a todo centro que por naturaleza y proyecciones reúna las características de un mercado de abastos, hallándose bajo la vigilancia y control de las autoridades competentes, así como lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 776 y sus modi fi catorias- Ley Nº 27180, artículos 66º, 67º, 68º, 71º, 73º, 74º y la Nueva Ley Marco de Licencia de Funcionamiento Nº 28976 de fecha 05FEB2007, que establece el marco jurídico de las disposiciones aplicables al procedimiento para la aplicación de tasas y el otorgamiento de las licencias de funcionamiento expedidas por las municipalidades incluyéndose a los mercados; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 010-2007- A-MDI de fecha 27JUL2007, se constituyó la Comisión Técnica Permanente de Mercados, designándose a los miembros por parte de la Municipalidad Distrital de Independencia a los Señores: Elvis Rodrigo Olivera Encalada- Gerente de Desarrollo Económico Local, Segundo Emigdio Noriega Olarte- Gerente de Gestión Ambiental y Servicios Públicos, Wendy Guadalupe Rodríguez Solano- Gerente de Gestión Urbana, los mismos que han cesado en sus funciones; Que, resulta apremiante la modifi cación de la designación de los representantes de la Municipalidad Distrital de Independencia ante la Comisión Técnica Permanente de Mercados a fi n de promover el desarrollo integral de este sector empresarial, viabilizar su crecimiento económico, facilitando la competitividad local y propiciar las mejores condiciones de vida de su población; Estando a lo expuesto, en ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20º y 42º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo Primero.- MODIFICAR Y AMPLIAR el artículo primero del Decreto de Alcaldía Nº 010-2007-A-MDI que deberá quedar redactado de la siguiente manera: “Artículo Primero.- Constituir la comisión técnica permanente de mercados, quienes asumen la competencia distrital y establecerán canales de coordinación para su establecimiento, acuerdos, planes y proyectos distritales que promuevan el desarrollo integral, viabilizar su crecimiento económico, facilitar la competitividad local y propiciar mejores condiciones de vida a este sector empresarial, estando conformada por cinco integrantes de parte de la municipalidad: regidor, gerente de desarrollo Descargado desde www.elperuano.com.pe