Norma Legal Oficial del día 23 de mayo del año 2008 (23/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, viernes 23 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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Comuniquese, registrese y publiquese. MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA Director General de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas

DIRECTIVA Nº 004-2008-MINCETU/VMT/DGJCMT REGLAMENTO DE LA MODALIDAD DE JUEGO DE CASINO: "DRAGON SIX BACCARAT" CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

por cuatro palos de trece cartas cada uno. Las primeras nueve cartas de cada palo se encuentran enumeradas correlativamente del uno (llamado "As") hasta el diez, y las tres cartas restantes son tres figuras identificadas por las letras "J", "Q" y "K"; cuyos valores son respectivamente once, doce y trece puntos. g.- Partida: A la secuencia que se inicia con la colocacion de las apuestas por los jugadores y que culmina con la determinacion del resultado de las mismas en el Punto y Banca. h.- Cara: Al lado de la carta en que consta su valor. i.- Reves: Al lado de la carta en que no consta su valor. Articulo 2º.- Del material para el juego: Para el desarrollo de una partida de Dragon Baccarat, la sala de juego del explotador debera contar con el siguiente material: a.- Mesa de Juego: La superficie de la mesa tendra forma de media MORDAZA y estara cubierta por un pano en el cual se encontrara lo siguiente: De uno a nueve secciones numeradas, una para cada jugador, de tal forma que no pueda haber confusion en cuanto a quien le pertenece una apuesta, identificandose el sector donde cada jugador debe colocar su apuesta al punto, a la banca o al empate. b.- Paquete: El conjunto de 6 a 8 barajas empleadas para el desarrollo de una partida. El numero de barajas a emplearse en una partida sera determinado por el explotador. El reves de las cartas sera de un mismo color y diseno. En el reves de las cartas debera constar el nombre de la Sala de Juego o del explotador. c.- Cortador: Objeto de forma y tamano similar al de una carta pero de color y material diferente, utilizado para cortar el paquete o para evitar que las caras de las cartas MORDAZA expuestas durante el corte y agrupacion de estas realizado de conformidad con el presente Reglamento. El cortador debe ser opaco y de un solo y mismo color por ambos lados, asimismo, sera distinguible del color del reves y bordes de las cartas. d.- Descartador: Instrumento para el deposito de las cartas.

Articulo 1º.- Definiciones: Para los efectos de este Reglamento se entiende por:

a.- Dragon Six Baccarat: Al juego de casino en el que se utilizan cartas y donde los jugadores compiten contra el explotador del juego, representado por el dealer. El objetivo de cada jugador es conseguir que la opcion escogida (el punto o la banca), consiga con sus cartas nueve puntos o una puntuacion lo mas cercana posible. Aquellos jugadores cuya opcion escogida tiene la mayor puntuacion ganan la partida. No reconoce la existencia de un porcentaje de comision al operador, y cuando la apuesta a la banca resulta ganadora la proporcion de pago es de 1 a 1. Asimismo, cuando la banca gana con el puntaje de seis (6) el pago de las apuestas ganadoras sera del 50% de la postura adicional. b.- DGJCMT: A la Direccion General de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas. c.- Inspector: Al Inspector de Juego de la DGJCMT. d.- Explotador: Al titular de la sala de juego donde se explota el juego "Dragon Six Baccarat". e.- Dealer: al personal del explotador encargado de conducir el desarrollo del juego de Dragon Six Baccarat. Tambien puede ser identificado con el nombre de "Crupier" o "Tallador". f.- Baraja: Al conjunto ordenado de cincuenta y dos cartas denominado baraja inglesa o americana, constituido

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