Norma Legal Oficial del día 23 de mayo del año 2008 (23/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 23 de MORDAZA de 2008

del cumplimiento de la presente MORDAZA Tecnica de Salud. Articulo 3°.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones la publicacion de la referida MORDAZA Tecnica de Salud en el MORDAZA de Internet del Ministerio de Salud Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GARRIDO-LECCA MONTANEZ Ministro de Salud

para la instalacion, mantenimiento y reparacion de los equipos de conversion, con el proposito de asegurar que este cumpla con las exigencias tecnicas establecidas en el Reglamento Nacional de Vehiculos, normas conexas y complementarias, asi como en la normativa vigente en materia de limites maximos permisibles. CONSIDERANDO:

203078-3

Aceptan renuncia de Asesora II del Gabinete de Asesores de la Alta Direccion del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 338-2008/MINSA
MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 003-2008/ MINSA del 5 de enero del 2008, se designo a la licenciada MORDAZA MORDAZA Penaloza Casaretto, en el cargo de Asesor II, Nivel F-5, del Gabinete de Asesores de la Alta Direccion del Ministerio de Salud, quien desempenaria las funciones de coordinadora parlamentaria; Que, por convenir al servicio resulta necesario aceptar la renuncia de la funcionaria citada; Con las visaciones del Director General de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y la Ley Nº 27594, Ley que regula la Participacion del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designacion de Funcionarios Publicos; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar la renuncia formulada por la licenciada MORDAZA MORDAZA MORDAZA CASARETTO, en el cargo de Asesor II, Nivel F-5, del Gabinete de Asesores de la Alta Direccion del Ministerio de Salud, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GARRIDO-LECCA MONTANEZ Ministro de Salud

Que, mediante Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC, modificado por los Decretos Supremos Nros. 005-2004MTC, 014-2004-MTC, 035-2004-MTC y 002-2005-MTC, 017-2005-MTC, 012-2006-MTC, 023-2006-MTC, 037-2006MTC y 006-2008-MTC se aprobo el Reglamento Nacional de Vehiculos, el mismo que tiene como objeto establecer los requisitos y caracteristicas tecnicas que deben cumplir los vehiculos para que ingresen, se registren, transiten, operen y se retiren del sistema nacional de transporte terrestre; Que, el articulo 29º del citado Reglamento establece el MORDAZA normativo que regula las conversiones de los vehiculos originalmente disenados para combustion de combustibles liquidos con la finalidad de instalar en ellos el equipamiento que permita su combustion a Gas Natural Vehicular (GNV), a fin de que estas se realicen con las maximas garantias de seguridad, por talleres debidamente calificados y utilizando materiales de la mejor calidad, previniendo de este modo la ocurrencia de accidentes a causa del riesgo que implica su utilizacion sin control; Que, mediante Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada por la Resolucion Directoral Nº 3990-2005MTC/15, modificada por las Resoluciones Directorales Nros. 7150-2006-MTC/15 y 4284-2008-MTC/15, se regula el regimen de autorizacion y funcionamiento de los Talleres de Conversion a GNV, se establece las condiciones para operar como tal y los requisitos documentales para solicitar una autorizacion como Taller de Conversion a GNV ante la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, del analisis del expediente presentado por AUTO TECH DEL PERU S.A., se advierte que se ha dado cumplimiento a los requisitos documentales para solicitar autorizacion como Taller de Conversion a GNV establecidos en el numeral 6,2 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15; en efecto, se han presentado los siguientes documentos:

203664-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan a Auto Tech del Peru S.A. a operar taller de conversion a gas natural vehicular en la provincia de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 6564-2008-MTC/15
MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2008 VISTOS: Los expedientes Nºs. 2008-037212 y 2008-044776 presentado por AUTO TECH DEL PERU S.A., mediante el cual solicita autorizacion como Taller de Conversion a GNV para realizar la conversion del sistema de combustion de los vehiculos a GNV, para cuyo efecto dispone de personal tecnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas

· Solicitud firmada por el representante legal de AUTO TECH DEL PERU S.A. · MORDAZA del Testimonio de Escritura Publica de Constitucion de Sociedad de Responsabilidad Limitada con fecha 17 de marzo de 1994, otorgada por AUTO TECH DEL PERU S.A. , ante Notario Publico MORDAZA MORDAZA Molinares. · Certificado de vigencia de poder expedido por la Oficina Registral de MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, correspondiente a la Partida Nº 00270547 expedido con fecha 28 de febrero del 2008, que acredita la vigencia del poder respectivo. · Certificado de Inspeccion de Taller Nº PER-311/08040-001 de fecha 07 de MORDAZA del 2008, emitido por la Entidad Certificadora de Conversiones Bureau Veritas del Peru S.A., senalando que el taller cumple con los requisitos exigidos en los numerales 6.1.2, 6.1.3 y 6.1.4 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15. · Planos de ubicacion y de distribucion del taller, detallando sus instalaciones y diversas areas que lo componen, con su respectiva memoria descriptiva. · Relacion de equipos, maquinaria y herramientas requeridas por el numeral 6.1.3 de la Directiva MORDAZA citada, a la que se adjunta la declaracion jurada del representante legal de la solicitante en el sentido que su representada es propietaria de los citados bienes, y la resolucion de homologacion vigente del analizador de gases expedido por la Direccion General de Asuntos Socio Ambientales del MTC conforme a lo establecido en las normas vigentes. · Nomina del personal tecnico del Taller que incluye sus nombres completos y copias de sus documentos de identidad, MORDAZA simple de los titulos que acreditan su calificacion en mecanica automotriz y electricidad automotriz, MORDAZA simple de los titulos y/o certificaciones que acreditan su calificacion en conversiones vehiculares del sistema de combustion a GNV expedido por el Proveedor de Equipos Completos-PEC con el cual el taller mantiene vinculo contractual y MORDAZA de los documentos que acreditan la relacion laboral o vinculo contractual con el taller. · MORDAZA de la MORDAZA de Inscripcion N° 1778-2007PRODUCE/DVI/DGI-DNTSI, de TRATOS E.I.R.L. ante el Registro de Productos Industriales Nacionales del Ministerio

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