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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MAYO DEL AÑO 2008 (23/05/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 23 de mayo de 2008 372658 cursadas entre la Agregaduría Naval a la Embajada del Perú en Argentina y concurrente en Uruguay y la Dirección General del Personal de la Marina; Que, mediante Ofi cio L. 1000-317 de fecha 21 de febrero de 2008, el Jefe del Estado Mayor General de la Marina, informa que se cuenta con la disponibilidad presupuestal para asumir la mencionada deuda; Que, el literal 17.1 del Artículo 17° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga efi cacia anticipada a su emisión, siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la efi cacia del acto el supuesto de hecho justifi cativo para su adopción. De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley N° 29075 - Ley que establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica del Ministerio de Defensa y Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modifi cado mediante Decreto Supremo N° 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Reconocer al Técnico 1° Sad. Víctor Fernando ORTIZ Bazán, CIP. 01893002 y DNI 43326604, la deuda de SEIS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 6,880.00) por haber permanecido por razones del servicio en el cargo de Auxiliar en la Agregaduría Naval a la Embajada del Perú en Argentina y concurrente en Uruguay, por el período adicional de UN (1) mes y TRECE (13) días, con efi cacia anticipada del 16 de agosto al 28 de setiembre de 2006. Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará el pago que corresponda, de acuerdo al concepto siguiente: Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero:US$ 4,800.00 x 1 mes x 1 TécnicoUS$ 4 800.00 / 30 x 13 días x 1 Técnico Artículo 3°.- El mencionado pago se efectuará con cargo a las Partidas Presupuestales del Sector Defensa - Marina de Guerra del Perú, Sub Meta:04A01001.02 (Remuneraciones Personal Subalterno y Marinería) y Partida: 5.1.11.71.02 (Obligaciones de gastos no comprometidos en ejercicios anteriores). Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 203665-1 EDUCACION Exoneran de proceso de selección la contratación de diseño, elaboración, impresión y otros servicios para la prueba eliminatoria complementaria en el concurso público de nombramiento de profesores de educación básica y educación técnico productiva RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0237-2008-ED Lima, 22 de mayo de 2008 VISTO; el Informe Nº 450-2008-ME/SG-OGA-UA emitido por la Unidad de Abastecimiento de la Ofi cina General de Administración, en adelante Informe Técnico y el Informe Nº 660-2008-ME/SG-OAJ emitido por la Ofi cina de Asesoría Jurídica, en adelante Informe Legal, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28649 se autoriza al Ministerio de Educación y a los gobiernos regionales, para llevar a cabo un concurso público de nombramiento de profesores, a fi n que en estricto orden de méritos se cubra plazas orgánicas presupuestadas generadas hasta la fecha de convocatoria del citado concurso, en concordancia con la Ley General de Educación y demás normas aplicables; Que, a través del Decreto Supremo Nº 027-2007- ED publicado en el Diario Ofi cial “El Peruano” con fecha 9 de noviembre de 2007, se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 28649, para el nombramiento en plazas vacantes de profesores de Educación Básica y Educación Técnico Productiva, facultando al Ministerio de Educación a dictar las medidas complementarias que resulten necesarias para el mejor cumplimiento del citado reglamento; Que, en el precitado reglamento se dispone que las etapas del concurso serán: eliminatoria, que se realizará en las capitales de la región, y en ella se aplica la prueba de conocimientos y capacidades, así como la evaluación psicológica; y la etapa de selección que se realizará con los postulantes declarados califi cados en la etapa eliminatoria; asimismo, su artículo 28º dispone que el Ministerio de Educación elabora los lineamientos e indicadores de evaluación y los instrumentos de evaluación serán elaborados por instituciones no dependientes del Ministerio de Educación; la aplicación y califi cación de los instrumentos de evaluación de la etapa eliminatoria de conocimientos y capacidades, así como la psicológica, estarán a cargo de entidades no dependientes del Ministerio de Educación; Que, de conformidad con lo prescrito en el artículo 30º del reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2007-ED, el Ministerio de Educación deberá seleccionar a la entidad o a las entidades evaluadoras, dentro de los treinta (30) días de convocado el concurso. Dichas entidades tendrán plazo hasta la fecha de la toma de la prueba, para la organización a nivel nacional de la logística correspondiente, y su artículo 35º precisa que, la califi cación de la prueba de conocimientos y capacidades, se realizará inmediatamente después de concluida su aplicación, teniendo en cuenta el tiempo que requerirá su traslado al centro de cómputo contratado para tal fi n por la entidad evaluadora, la prueba de conocimientos y capacidades, así como la evaluación psicológica estarán a cargo de instituciones especializadas no dependientes del Ministerio de Educación; Que, en ejecución de este concurso, se llevó a cabo las pruebas eliminatorias de fecha 9 de marzo de 2008, según cronograma aprobado por Resolución Ministerial Nº 0542-2007-ED y modifi cado por la Resolución Ministerial Nº 0004-2008-ED; y 13 de marzo de 2008, autorizada excepcionalmente mediante Resolución Ministerial Nº 142-2008-ED. Que, en el Decreto Supremo Nº 006-2008-ED, publicado en el Diario Ofi cial “El Peruano”, el día 25 de marzo de 2008, se ha autorizado al Ministerio de Educación a evaluar de manera excepcional mediante una prueba de conocimientos y capacidades a aquellos profesores que obtuvieron nota aprobatoria entre 11 y 13.9 en la prueba correspondiente a la etapa eliminatoria del Concurso Público autorizado por la Ley Nº 28649, la que se realizó los días 9 y 13 de marzo del año en curso; indicando que, los que aprueben con nota igual o superior a 14, califi carán para la segunda etapa del referido concurso público para nombramiento, y autorizando al Ministerio de Educación a establecer las características de la indicada prueba y las sedes donde se aplicará el domingo 1 de junio de 2008; Que, mediante Memorando Nº 188-2008 ME/SPE, de fecha 4 de abril de 2008, la Secretaría de Planifi cación Estratégica ha remitido a la Unidad de Abastecimiento, los términos de referencia del servicio de elaboración, impresión, modulado, embalaje, lectura de fi chas ópticas, procesamiento y entrega de resultados de los instrumentos de evaluación de la prueba eliminatoria a aplicarse el 1 de junio de 2008, para 8,593 postulantes, que en la evaluación de los días 9 y 13 de marzo obtuvieron nota aprobatoria, entre 11 y 13.9; Que, la cantidad de postulantes antes indicada es defi nitiva, por lo que no se requiere ningún proceso de selección posterior, respecto de los servicios de impresión, modulado, embalaje, lectura de fi chas ópticas, procesamiento y entrega de resultados; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 0217- 2008-ED de fecha 14 de mayo de 2008, se ha aprobado el cronograma de la prueba eliminatoria complementaria autorizada por el Decreto Supremo Nº 006-2008-ED, la que será aplicada en los locales y hora que determine la Descargado desde www.elperuano.com.pe