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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MAYO DEL AÑO 2008 (23/05/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 23 de mayo de 2008 372659 Secretaría de Planifi cación Estratégica del Ministerio de Educación; Que, mediante el Informe Técnico, la Unidad de Abastecimiento de la Ofi cina General de Administración propone se evalúe la exoneración por la causal de desabastecimiento inminente de la contratación necesaria para el diseño, elaboración, impresión, modulado, embalaje, procesamiento y entrega de resultados, según lo solicitado por la Secretaría de Planifi cación Estratégica; Que, de acuerdo a lo expuesto en el Informe Técnico, para la contratación del servicio de diseño, elaboración, impresión, modulado, embalaje, procesamiento y entrega de resultados correspondería un proceso de concurso público, cuyo plazo legal es de aproximadamente 52 días hábiles, por lo menos, contados desde la prepublicación de las bases hasta la suscripción del contrato, sin tomar en cuenta el plazo para la ejecución de los servicios, el cual no permitiría cumplir con la aplicación de la evaluación el día 1 de junio de 2008, tal como está dispuesto en el Decreto Supremo Nº 006-2008-ED y en su cronograma aprobado por Resolución Ministerial Nº 0217-2008-ED; Que, el Informe Técnico del visto precisa que la citada contratación ya se encuentra incorporada en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones PAAC 2008 del Ministerio de Educación, y que, en el presente caso, se confi gura una situación extraordinaria e imprevisible, en la cual el cumplimiento de los plazos para el proceso de selección correspondiente, no permitiría la contratación oportuna destinada a aplicar la prueba eliminatoria complementaria en el referido concurso, en la fecha programada, por lo que no se contaría con los servicios necesarios para la realización total del concurso público, comprometiendo la continuidad de una función esencial del Ministerio de Educación; Que, vista la fecha establecida para la aplicación de la prueba eliminatoria, la ausencia del servicio antes indicado, comprometería en forma directa e inminente su realización, y teniendo en cuenta que es función del Ministerio de Educación, según el artículo 5º de su Ley Orgánica desarrollar políticas que promuevan la capacitación, profesionalización y perfeccionamiento del Magisterio, también se comprometería las funciones a cargo del Ministerio de Educación, de manera esencial, por lo que es procedente exonerar por la causal de desabastecimiento inminente, la contratación del servicio de diseño, elaboración, impresión, modulado, embalaje, procesamiento y entrega de resultados de la evaluación aplicable a los postulantes al concurso público a que se refi ere el Decreto Supremo Nº 006-2008-ED; Que, la causal de desabastecimiento inminente, para la exoneración de los procesos de selección, está prevista en el literal c) del artículo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado por el D.S. Nº 083-2004-PCM, la misma que debe ser aprobada por resolución del titular de la entidad, con sustento en los informes técnico y legal que correspondan; Que, de conformidad con el artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, en adelante la Ley, “Se considera situación de desabastecimiento inminente aquella situación extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situación faculta a la Entidad a la adquisición o contratación de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para resolver la situación y llevar a cabo el proceso de selección que corresponda....Cuando no corresponda realizar un proceso de selección posterior, en el informe técnico legal previo que sustenta la resolución que autoriza la exoneración, se deberán fundamentar las razones técnicas que motivan la adquisición o contratación defi nitiva materia de la exoneración”; Que, mediante los documentos del Visto, la Unidad de Abastecimiento de la Ofi cina General de Administración y la Ofi cina de Asesoría Jurídica, respectivamente, señalan que la situación producida se enmarca en las disposiciones del artículo 21º de la Ley y artículo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; Que, mediante Estudio de Mercado Nº 469-2008– ME/SG-OGA-UA-AEM de fecha 12 de mayo de 2008, el Área de Estudio de Mercado, dependiente de la Unidad de Abastecimiento determina como valor referencial de la contratación del servicio de diseño, elaboración, impresión, modulado, embalaje, procesamiento y entrega de resultados, objeto de la presente exoneración, según sus términos de referencia, la suma de S/. 1’195,950.00 (Un millón ciento noventa y cinco mil novecientos cincuenta con 00/100 nuevos soles); Que, mediante Informe Nº 186-2008-ME/SPE-UP de fecha 14 de mayo de 2008 se emite la correspondiente previsión presupuestal, en el presupuesto del año 2008, por la fuente de fi nanciamiento 1- Recursos Ordinarios; Que, asimismo, el artículo 20º literal a) de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado dispone que todas las exoneraciones, se aprobarán mediante Resolución del Titular del Pliego de la Entidad y que la facultad de aprobar exoneraciones es indelegable; Que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 21º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se debe indagar sobre la eventual existencia de responsabilidad respecto al supuesto hecho que motiva la presente declaración de desabastecimiento inminente; De conformidad con lo expuesto en los informes técnico y legal del visto, y en uso de las facultades otorgadas en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cado por la Ley Nº 26510, el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, y sus modifi catorias y de conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la exoneración del proceso de selección por la causal de desabastecimiento inminente, para la Contratación del servicio de diseño, elaboración, impresión, modulado, embalaje, procesamiento y entrega de resultados, para la prueba eliminatoria complementaria en el concurso público para el nombramiento de profesores de educación básica y educación técnico productiva, autorizada mediante Decreto Supremo Nº 006-2008-ED a realizarse el 1 de junio de 2008, hasta por la suma de S/. 1’195,950.00 (Un millón ciento noventa y cinco mil novecientos cincuenta con 00/100 nuevos soles). Artículo 2º.- La contratación exonerada a que se refi ere el artículo primero será fi nanciada con el Presupuesto del año 2008, y por la Fuente de Financiamiento 1 – Recursos Ordinarios. Artículo 3º.- Disponer que la Unidad de Abastecimiento dependiente de la Ofi cina General de Administración efectúe las contrataciones necesarias, a fi n de dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 4º.- Disponer que el Órgano de Control Institucional del Ministerio de Educación ejecute las acciones correspondientes a fi n de determinar las responsabilidades a que hubiere lugar, de ser el caso, por la situación de desabastecimiento inminente del servicio objeto de la presente exoneración, en que se encuentra la entidad. Artículo 5º.- Disponer que se publique la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial “El Peruano”, en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado –SEACE y que se remita, junto con los informes técnico y legal sustentatorios a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en el plazo de diez días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación 203551-1 ENERGIA Y MINAS Modifican autorización para generación de energía eléctrica en central térmica de la que es titular Esco Compañía de Servicios de Energía S.A.C. y prorrogan plazo de ejecución de obras RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 204-2008-MEM/DM Lima, 30 de abril de 2008Descargado desde www.elperuano.com.pe