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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 2 de noviembre de 2008 382736 Exteriores de El Salvador Embajadora Marisol Argueta de Barillas, en abril y julio de 2008, respectivamente; Que, a fi n de dar seguimiento a los acuerdos alcanzados es conveniente que esté presente el Director General de México, Centroamérica y El Caribe, Ministro en el Servicio Diplomático de la República Gonzalo Alonso Zapater Vargas-Quintanilla, durante la realización de las referidas reuniones a realizarse en la República de Guatemala y en la República de El Salvador; Que, por razones del itinerario es necesario autorizar el viaje del citado funcionario diplomático, del 03 al 05 de noviembre de 2008, a fi n que cumpla con la agenda correspondiente; Teniendo en cuenta el Memorándum (SAA) Nº 0700/2008, de 31 de octubre de 2008, de la Subsecretaría para Asuntos de América; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; los artículos 185º y 190º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; en concordancia con el artículo 83º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos; su modifi catoria la Ley Nº 28807, que establece que los viajes ofi ciales al exterior de funcionarios y servidores públicos se realicen en clase económica; su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y el numeral 8.2 del artículo 8º de la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Ministro en el Servicio Diplomático de la República Gonzalo Alonso Zapater Vargas-Quintanilla, a las ciudades de Guatemala, República de Guatemala, y de San Salvador, República de El Salvador, del 03 al 05 de noviembre de 2008, a fin que participe en la I Reunión de la Comisión Mixta de Cooperación Técnica Perú-Guatemala y la III Reunión de la Comisión Mixta de Cooperación Técnica Perú-El Salvador. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 01281 - Promoción, Ejecución y Evaluación de las Acciones de Política Exterior (Política Bilateral), debiéndose rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término del mismo, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes US$Viáticos por día US$Número de díasTotal viáticos US$Tarifa aeropuerto US$ Gonzalo Alonso Zapater Vargas-Quintanilla 1,714.41 200.00 3+1 800.00 30.25 Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término del referido viaje, el citado funcionario diplomático deberá presentar un informe ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 272732-1TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan a Valen Group S.A.C. para operar taller de conversión a gas natural vehicular RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 10619-2008-MTC/15 Lima, 13 de octubre de 2008 VISTOS:Los Partes Diarios registrados con Nºs. 102390, 110866 y 112101 presentados por VALEN GROUP S.A.C., mediante los cuales solicita autorización como Taller de Conversión a GNV para realizar la conversión del sistema de combustión de los vehículos a GNV, para cuyo efecto dispone de personal técnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalación, mantenimiento y reparación de los equipos de conversión, con el propósito de asegurar que éste cumpla con las exigencias técnicas establecidas en el Reglamento Nacional de Vehículos, normas conexas y complementarias, así como en la normativa vigente en materia de límites máximos permisibles. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC, modifi cado por los Decretos Supremos Nºs. 005-2004-MTC, 014-2004-MTC, 035-2004-MTC y 002-2005-MTC, 017-2005-MTC, 012-2006-MTC, 023-2006-MTC, 037-2006-MTC y 006-2008-MTC, se aprobó el Reglamento Nacional de Vehículos, el mismo que tiene como objeto establecer los requisitos y características técnicas que deben cumplir los vehículos para que ingresen, se registren, transiten, operen y se retiren del sistema nacional de transporte terrestre; Que, el artículo 29º del citado Reglamento establece el marco normativo que regula las conversiones de los vehículos originalmente diseñados para combustión de combustibles líquidos con la fi nalidad de instalar en ellos el equipamiento que permita su combustión a Gas Natural Vehicular (GNV), a fi n de que éstas se realicen con las máximas garantías de seguridad, por talleres debidamente califi cados y utilizando materiales de la mejor calidad, previniendo de este modo la ocurrencia de accidentes a causa del riesgo que implica su utilización sin control; Que, mediante Resolución Directoral Nº 3990-2005- MTC/15, se aprobó la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 modifi cada por las Resoluciones Directorales Nºs. 7150-2006-MTC/15 y 4284-2008-MTC/15, la misma que regula el régimen de autorización y funcionamiento de los Talleres de Conversión a GNV y establece las condiciones para operar como tal y los requisitos documentales para solicitar una autorización como Taller de Conversión a GNV ante la Dirección General de Circulación Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, del análisis de los documentos presentados por VALEN GROUP S.A.C., se advierte que se ha dado cumplimiento a los requisitos documentales para solicitar autorización como Taller de Conversión a GNV establecidos en el numeral 6.2 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada por Resolución Directoral Nº 3990-2005-MTC/15 y modifi cada por las Resoluciones Directorales Nºs. 7150-2006-MTC/15 y 4284-2008-MTC/15; en efecto, se han presentado los siguientes documentos: • Solicitud fi rmada por el representante legal de V ALEN GROUP S.A.C., • Copia del Testimonio de Constitución de Sociedad Anónima Cerrada, con fecha 03 de julio de 2002, otorgada por VALEN GROUP S.A.C., ante Notario Público de Lima Cesar Francisco Torres Kruger. • Certifi cado de vigencia de poder expedido por la Ofi cina Registral de Lima de la Superintendencia Nacional Descargado desde www.elperuano.com.pe